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miércoles, 24 abril, 2024
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Notas sobre un análisis en torno a la lucha anticorrupción en México

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Por: RICARDO BERMEO •

En el Informe País 2020, en una breve nota teórica, sus autores afirman que… “el origen de la corrupción está en la captura de las instituciones del Estado para utilizarlas con propósitos excluyentes y para conservar o incrementar el poder de un grupo sobre otros, ya sea con fines políticos o económicos, o ambos”.

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A esta idea central de la captura agregaríamos las dos ideas señaladas en la entrega anterior: la de que para descapturar el Estado se requiere apoyarse en las partes sanas del mismo; en los funcionarios y servidores públicos decididos a evitar que la corrupción continué, con todas las consecuencias extremadamente corrosivas que conocemos, entre otras, dando pie a violaciones a los derechos humanos con efectos muy negativos en el acceso a los servicios vinculados al cumplimiento efectivo de estos derechos, propiciando el crecimiento de la delincuencia organizada, etc.

También es muy importante analizar cómo se redefine -ampliándolo- el concepto de corrupción de Transparencia Internacional habitualmente utilizado, donde se le define como “la apropiación del poder público para fines privados”, y en general, a las definiciones centradas en la relación Agente-Principal, (corruptor-corrompido), ya superadas por aproximaciones teóricas que introducen análisis de redes, a los poderes fácticos, abordajes antropológicos, incluyendo los fenómenos de macrociminalidad, asociándolo a las perspectivas de género, y derechos humanos, junto a enfoques teóricos con mayor capacidad para dar cuenta y razón de las posibles -múltiples- causas y consecuencias social-históricas de la corrupción.

En un documento de Investigación de la Universidad de Birmingham, citado por Baez y Ledeneva, los investigadores afirman que… “la mayoría de los países sistemáticamente corruptos se consideran tan corruptos ahora como lo eran antes de las intervenciones anticorrupción”. En esa misma dirección, en el Informe País 2020 antes mencionado, presentado el pasado dirigida por Mauricio Merino, académico comprometido con históricamente la lucha contra la corrupción y en el origen de la creación institucional del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), en ella el equipo de investigación realiza una evaluación donde concluyen en el mismo sentido, que…. “El combate a la corrupción ha fracasado debido a los múltiples defectos en la implementación de principios y normas jurídicas para enfrentar el fenómeno”. La diferencia -significativa- con otros países, es que aquí contamos con la plataforma, el diseño institucional y el marco normativo del Sistema Nacional Anticorrupción, robusta y destacable a nivel mundial, reconocida por los autores del Informe País (formaron parte de su creación).

Cabe destacar que esa evaluación del Informe País 2020, coincide -en parte- con diversas reflexiones internas elaboradas por destacados integrantes del SNA, señaladamente integrantes de la parte ciudadana, en general han motivado intervenciones en las que ellos mismos han participado, que buscan una revisión profunda de las causas de los escasos resultados de los múltiples esfuerzos, sin duda valiosos y relevantes, pero que no han conseguido hacer “despegar” al SNA, y lograr que éste entre en una dinámica progresiva que lleve a un funcionamiento más productivo, pero la significativa relevancia del diseño institucional y del marco normativo que ya señalé, están orientando los esfuerzos de todos ellos – incluyendo los renovados esfuerzos a nivel estatal- que parten del reconocimiento de la importancia de no dejar caer esa creación institucional, renovando los esfuerzos de todos y de todas, ciudadanos y funcionarios comprometidos con la justicia y el Estado de Derecho, decididos a hacer un frente común, en el diagnóstico y las recomendaciones se enumeran los puntos principales, que a juicio de los autores del Informe País, se requiere atender especialmente, con la intención de evitar la burocratización del SNA.

Entre las conclusiones y hallazgos fundamentales, del Informe País 2020, relacionados con la Administración Federal, en el periodo que corresponde a la existencia del SNA, los autores señalan 10 puntos entre los cuales rescato para este texto los siguientes:

Los problemas relativos a la designación de cargos que en la administración pública federal siguieron el sistema de botín. Los problemas relacionados con el Servicio Profesional de Carrera, las instituciones donde se aplica, son pocas, y sin que se dé un cumplimiento cabal ahí donde existe un marco normativo relativo al mismo; el problema de la discrecionalidad en el manejo del presupuesto, y zonas de opacidad en las transferencias presupuestarias, gastos indirectos y adjudicación de contratos; que las recomendaciones elaboradas por la Auditoría Superior de la Federación no generaron cambios significativos en las prácticas a las que apuntaban, repitiéndose por ello las mimas áreas de riesgo en anteriores ejercicios fiscales; que el Sistema Nacional de Transparencia reconociendo sus indudables logros, no consiguió la máxima publicidad en la información en posesión de los sujetos obligados; que la gran mayoría de los hechos sancionados, son por asuntos administrativos poco relevantes; y que existe una fragmentación de criterios, instituciones sin conexión de sentido entre los procedimientos sancionatorios sin conexión con el combate a la corrupción, y termina señalando problemas relacionados con las instituciones del SNA, le falta cumplir a cabalidad sus mandatos, que la Política Nacional Anticorrupción no ha tenido aplicación práctica, y que hay una desviación respecto a los fines originales del SNA.

Se trata sin duda de un análisis que debemos estudiar con detenimiento, nos ayudará sin duda, a mejorar el funcionamiento del Sistema Nacional -y Estatal- Anticorrupción.

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