La Asociación Nacional de Procuradoras, Procuradores y, ex Procuradoras y ex Procuradores de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (ANPPPNNA) tomando en cuenta la lamentable postura que en tiempos recientes han adoptado tanto autoridades educativas, como medios de comunicación, padres de familia, redes sociales y sociedad en general, en relación a acontecimientos generados en diversas escuelas en las que se ven involucrados niñas y niños a los que se han indebidamente estigmatizado, junto a sus familias en detrimento del pleno ejercicio de sus Derechos Humanos Fundamentales, nos permitimos realizar el siguiente Pronunciamiento: Primero. La niñez y la adolescencia en la República Mexicana, gozan plenamente del Interés Superior de la Niñez descrito por el Artículo 4° párrafo décimo primero en los siguientes términos: en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el Interés Superior de la Niñez y la Adolescencia, garantizando de manera plena sus derechos, traducidos en la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Segundo. Este principio debe guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez. Tercero. En tal sentido, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, cumple con los siguientes propósitos: 1. Reconocer a niñas, niños y adolescentes como titulares de derechos, con capacidad de goce, de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad; 2. Garantizar el pleno ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes; 3. Establecer los principios rectores y criterios que orientarán la política nacional en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes, así como las facultades, competencias, concurrencia y bases de coordinación entre la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; y la actuación de los Poderes Legislativo y Judicial, y los organismos constitucionales autónomos, y, 4. Establecer las bases generales para la participación de los sectores privado y social en las acciones tendientes a garantizar la protección y el ejercicio de los derechos de niñas, niños y adolescentes, así como a prevenir su vulneración. Cuarto. En este contexto, la sociedad en su conjunto debe propiciar un entorno de armonía y bienestar que evite la revictimización y menos aún, la estigmatización de niñas, niños y adolescentes, siendo que ante cualquier conflicto o conducta violenta, las autoridades escolares deben actuar inmediatamente a partir de los protocolos ya establecidos con la finalidad de dar parte a las procuradurías de protección infantil y adolescente y, a la Fiscalía General de Justicia en los estados. Quinto. Se debe prohibir por todos los medios, las manifestaciones o actuaciones que promueven la estigmatización, pues constituye una conducta que desacredita y que lleva a una persona a ser vista como inferior o diferente, además, representa prejuicios, rechazo y discriminación, afectando negativamente el desarrollo personal, la autoimagen, las relaciones sociales y acceso a derechos vinculados con la educación o la salud. Sexto. La estigmatización de niñez y adolescencia vulnera gravemente sus derechos, por ello, las autoridades escolares, los padres de familia, los medios de comunicación y las redes sociales, deben contribuir a edificar un entorno de paz y, ante cualquier conflicto, evitar emitir juicios y comentarios que hieren y dañan especialmente a la niñez y adolescencia, por lo que deben esperar e informarse debidamente, sobre la actuación de las autoridades conforme a la normatividad aplicable. Séptimo. La Declaración de los Derechos del Niño de 1959, la Convención de los Derechos del Niño de 1989, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, constituyen referentes internacionales y nacionales que nos reafirman que lo más importante de nuestra sociedad son las niñas, los niños y los adolescentes; nos obligan a trabajar en conjunto, sociedad y gobierno, para evitar la desigualdad, la discriminación, la estigmatización y garantizar en todo momento y en cualquier espacio, el acceso de la niñez y la adolescencia a una vida libre de violencia. En este contexto, la ANPPPNNA se pronuncia para que el Estado Mexicano, adopte las medidas especiales para proteger en todo momento, juicio o procedimiento administrativo, a las niñas, niños y adolescentes en situaciones de vulnerabilidad como son quienes han sido víctimas de violencia, abuso o explotación.
Álvaro García Hernández
Director general de la Asociación Nacional
de Procuradoras, Procuradores,
ex Procuradoras y ex Procuradores de
Protección de Niñas, Niños y Adolescentes
HYPERLINK «mailto:[email protected]» [email protected]




Es un tema de suma importancia la protección de los derechos de niños, adolescentes y jóvenes, éstos últimos, aún menores de edad. Porque los intereses diversos de los gobiernos del orbe, no respetan nada, hablo de los países en conflicto bélico, las noticias e imágenes que vemos, lo evidencian. Este grupo es el más vulnerable y el que menos culpa tiene, por lo que debería condenarse como vil asesinato atentar contra la niñez, adolescencia y jóvenes. Las instituciones y organizaciones internacionales deberían hacer su trabajo que les corresponde y sancionar severamente tales actos.
Buenos dias para todos;el 2 de octubre marca un antes y un después del nepotismo y la crueldad de los del poder;cada sexenio trae tristeza y dolor;desde un ángulo de reflexión cómo ciudadanos,laceran a la sociedad,por inteteses personales.