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miércoles, 1 mayo, 2024
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En riesgo, 90 días de aguinaldo a maestros tras resolución de Corte

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Por: ALMA ALEJANDRA TAPIA • RAQUEL OLLAQUINDIA •

■ Resolución de la Corte, una mala nueva “como muchas de las que nos han tocado”: Rodarte

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■ Los maestros analizarán estrategias para ver cómo podrán actuar, señala líder disidente

Tras la reciente invalidación de los artículos 9 y 12 de la Ley Estatal de Educación que aprobó el martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), están en riesgo los 90 días de aguinaldo que recibe cada año el magisterio, advirtió Marcelino Rodarte, dirigente del Movimiento Democrático del Magisterio Zacatecano (MDMZ).

El pasado martes los ministros invalidaron una serie de artículos de la Ley Educativa de Zacatecas, relacionados con la evaluación docente y los derechos adquiridos de los maestros durante su vida laboral. Lo anterior, a partir de la controversia constitucional que interpusiera el Presidente de la República en contra de algunas normas contenidas en la referida ley.

Es decir, la Corte determinó que la Legislatura de Zacatecas no puede reconocer derechos adquiridos de los trabajadores de educación que provengan de acuerdos alcanzados entre el magisterio y la autoridad educativa estatal, relativos a beneficios laborales, profesionales, salariales y sociales.

Ante ese escenario, el MDMZ externó su preocupación porque estarían en riesgo los 90 días de aguinaldo conseguidos a nivel local, así como otras conquistas de becas a hijos de trabajadores y que ya están minutadas y las becas de comisión ya las están desapareciendo.

Caso específico del aguinaldo, Rodarte insistió en que todo apunta a que podría desaparecer y quedar en los 60 días que otorga la Federación, toda vez que los otros 30 fueron una negociación local que se da del presupuesto de Zacatecas.

Si bien dijo que hace tiempo el gobernador les empeñó su palabra de que se respetarán los 90 días, “sabemos que generalmente traiciona los acuerdos y las minutas”, es así que los democráticos creen que están ante el latente riesgo de un nuevo despojo.

La resolución de la Corte, insistió Marcelino Rodarte, es una mala nueva “como muchas de las que nos han tocado últimamente” y es así que los maestros analizarán estrategias para ver cómo podrán actuar, creyó que debe haber otras posibilidades de continuar con la inconstitucionalidad, por tanto se reunirán con abogados para ver posibilidades de interpretación.

No obstante, Rodarte dijo que tras saber del recurso que interpuso el Presidente ya se esperaban “resultados fatídicos”, no porque no tengan la razón legal, sino por el interés de la Presidente de la República de echar abajo los derechos de los maestros

Consideró que los artículos 9 y 12 de la Ley Estatal de Educación habían sido un logro para el magisterio, pues se establecía que serían respetados los derechos de los maestros de base, pero se ha visto que ya no hay soberanía en los estados y no se podrá regionalizar ya nada.

Es así que con el fallo de la SCJN, gobierno podrá argumentar que las conquistas locales ya no son válidas y con ello se consolidará el más certero ataque al magisterio.

P10 Santoyo pagos

Con resolución de SCJN “pudiera estar a
discusión” aguinaldo de docentes: Santoyo

Tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que invalidó dos artículos de la Ley de Educación del Estado de Zacatecas, podría ser sujeto a revisión el pago de los 90 días de aguinaldo que año con año reciben los maestros zacatecanos en el mes de diciembre.

El secretario general de Gobierno, Jaime Santoyo Castro, explicó que el resolutivo federal señala que el Congreso del estado no tiene la facultad de legislar, por un lado, sobre derechos adquiridos por los trabajadores de la educación, por lo que invalida el artículo 9, fracción 3, quedando así supeditado el estado a lo que se establezca en la Ley General del Servicio Profesional Docente.

En este sentido, y en cuanto a los 90 días de aguinaldo, apuntó que “si la Ley General no lo prevé, entonces pudiera ser que estuviera a discusión”.

Pese a que desconoció si estos pagos están planteados de alguna forma en la legislación educativa federal, sí aseveró que “no están determinados como un derecho” y por lo tanto nunca podrá ser adquirido como tal.

En relación a si el pago de estos recursos se llevará a cabo a finales de este año, como en los ejercicios anteriores, señaló que “no veo que esta disposición lo garantice”.

Añadió que tendrá que ser la Secretaría de Educación de Zacatecas (Seduzac) la encargada de revisar la cuestión legislativa y presupuestal en ese tenor, y concluyó que esta dependencia finalmente “tendrá que apegarse específicamente a lo que diga la ley, no a lo que se previó en este caso en la Ley de Educación”.

El secretario comentó que con la ley estatal que se había propuesto “se le da una relevancia a los acuerdos entre la secretaría y los sindicatos u organizaciones por encima de la ley y entonces eso se vuelve casuístico, caprichoso, y es un principio constitucional que la autoridad sólo puede hacer lo que la ley le permite o le ordena”.

Explicó, por tanto, que el fundamento utilizado por la Corte está en el artículo 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el que se establece que se concederá a los estados la facultad de legislar sobre aquellos asuntos que no sean competencia federal. Esta cuestión de los derechos adquiridos, concluyó, “sí está reservada a la Federación”.

Esta misma base se argumenta en el caso del artículo 67, fracciones segunda y tercera, los cuales Santoyo Castro puntualizó que en la ley estatal establecían reglas en cuanto a la evaluación docente; un tema que, subrayó, “es el centro de la reforma (educativa). Si permitimos que leyes estatales regulen la evaluación, entonces, qué caso tendría la reforma constitucional”.

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