spot_img

Fallo histórico contra la justicia española liberaría a miembros de ETA

Más Leídas

- Publicidad -

Por: La Jornada •

Madrid. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, dictó hoy un fallo histórico, en el que rechaza definitivamente la aplicación de la llamada Doctrina Parot, gracias a la cual el Estado español prolongó de manera retroactiva las condenas a decenas de miembros de ETA.

- Publicidad -

Gracias a esta peculiar aplicación de la legislación penal, que fue avalada por el Tribunal Supremo en el 2006, numerosos militantes y simpatizantes de la organización armada vasca ETA han permanecido en prisión a pesar de haber cumplido ya sus condenas, lo que el Alto Tribunal calificó de “falta muy grave” al Convenio Europeo de Derechos Humanos, al que el Estado español se adhirió. Además de la liberación de los presos que ya no deberían estar en la cárcel, la sentencia también contempla una serie de indemnizaciones a los afectados.

En el 2006, cuando gobernaba el socialista José Luis Rodríguez Zapatero y acaba de fracasar el penúltimo intento de sentar las bases de un proceso de paz al histórico conflicto, el gobierno, la judicatura española y la mayoría de los partidos políticos de oposición –salvo Izquierda Unida y los nacionalistas catalanes y vascos– decidieron aplicar la Doctrina Parot.

Esta aplicación de la ley debe su nombre a que cuando se aplicó por primera vez fue contra el miembro de ETA, Heri Parot, quien cumplió condena por diversos atentados y tenía la fecha de su liberación en el 2011, gracias a las reducciones de condena y beneficios penitenciarios. Pero el Tribunal Supremo adoptó una polémica sentencia en la que decidió estimar “la ejecución de la totalidad de la condena (…) comenzará con las penas más grave” y los beneficios penitenciarios se aplicarán individualmente para cada una de ellas. Así, una vez cumplida la pena más grave, se debe cumplir la siguiente, y así sucesivamente, hasta llegar al límite de los 30 años, lo que alarga la estancia en la cárcel.

Si un miembro de ETA había sido condenado a 400 años, por muchos beneficios penitenciarios que lograra no vería reducida su pena para salir antes de la condena máxima.

Desde que se inició su aplicación, diversos defensores de los derechos humanos y los colectivos de afectados y simpatizantes del nacionalismo vasco levantaron la voz ante lo que calificaron como un “atropello” a las garantías mínimas de un Estado de derecho.

Después de un largo proceso, en el que el gobierno español de Mariano Rajoy ha intentado por todos los medios influir en el fallo, finalmente el máximo órgano de vigilancia de los derechos humanos en Europa le da la razón a las presos afectados por la Doctrina Parot.

El fallo supuso que el Tribunal deliberara durante siete meses y escuchando tanto a los demandantes como la versión de los representantes del Estado español.

Se trata de un veredicto contra el que ya no cabe apelación y que da la razón a la etarra Inés del Río, responsable de la denuncia que dio origen a este procedimiento que tendrá consencuencias para ella pero también para todos los reclusos que se encuentren en su misma situación.

Desde las asociaciones de víctimas de la violencia terrorista más radicales, como la AVT, se exigió al gobierno español que no tome en cuenta el fallo y sigue con la misma política, a pesar de vulnerar los derechos elementales de la justicia y del contundente alegado del Tribunal Europeo.

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -