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jueves, 2 mayo, 2024
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Legisladores sin sentencia firme por violencia de género podrán relegirse

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Por: La Jornada •

El Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó los lineamientos para la continuidad (o elección consecutiva) de legisladores, en los que establece que las personas acusadas –en el ámbito administrativo– de cometer violencia política pueden ser postuladas, salvo que en su sentencia se indique la prohibición.

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Destacó que son los partidos los que tienen la responsabilidad de verificar los antecedentes de sus potenciales abanderados.

Cabe precisar que frente a sentencias penales, no hay posibilidad de que obtengan una candidatura los señalados como responsables de haber cometido violencia en cualquiera de las modalidades.

Así, el Consejo General aprobó la siguiente acotación en los lineamientos que impactan en las postulaciones: deberán (los partidos) cerciorarse de (que sus aspirantes) no tengan resolución firme de una autoridad competente que les haya sancionado administrativamente por violencia política contra las mujeres en razón de género, donde expresamente se señale impedimento para ser postulado para un cargo de representación popular.

Al preguntarle si la resolución implica dejar la puerta abierta en favor de violentadores, la presidenta del instituto, Guadalupe Taddei, sostuvo que el INE no está siendo permisivo con las personas señaladas, y mucho menos está inventando reglas, sino que sólo puntualiza lo que ya está en la Constitución y en la ley.

No hay que equivocarnos ni adjetivizar lo que está en los lineamientos. ¿Qué se decidió?, que sólo cuando hay una sentencia firme en el tema administrativo y que la misma establezca que pierden sus derechos a ser postulados, en ese momento se le dicta la situación (prohibición), dijo en entrevista al término de la sesión.

Subrayó que la valoración referida en el acuerdo la deberán hacer los partidos. Para algunas partes deberá ser suficiente con que estén en el registro (de personas señaladas de cometer violencia política, para darles o no una candidatura); para otros será necesario que esté establecido en sentencia firme que pierde sus derechos políticos, dijo.

Cuando (la prohibición) no esté en el expediente, pero hay uno en la parte administrativa, toca a los partidos valorar la pertinencia o no de que esas personas sean candidatos.

Durante la sesión, consejeras hicieron énfasis en que la problemática de violencia política contra las mujeres va en ascenso; de 21 quejas en 2020, se incrementaron a 301 en el año en curso.

La consejera Norma de la Cruz invitó a los partidos a hacer una valoración real de las personas que pretenden postular a una candidatura, y revisar en especial a los reincidentes, e incluso tener en cuenta si están en el registro nacional en la materia. Destacó que si bien el artículo 38 constitucional sólo habla de lo penal, “aquí sí la responsabilidad es de ustedes… ¿Cómo le van a explicar a las mujeres, que somos 52 por ciento del electorado, que están cómodos con postular a personas que ya han sido sancionadas?

Fuera, servidores de la nación

El Consejo General dio cumplimiento a una sentencia del Tribunal Electoral que le ordenó rehacer directrices con medidas preventivas para evitar la injerencia y/o participación de servidores públicos que manejan programas sociales en el proceso 2023-2024, en especial para los servidores de la nación.

El INE confirmó por esta vía las restricciones a ese sector y a otros funcionarios que manejan programas sociales, quienes no podrán, por ninguna circunstancia, ser funcionarios de casilla, observadores ni capacitadores o supervisores electorales. Además, no pueden condicionar programas sociales ni amenazar o condicionar la entrega de los mismos, y en general evitar la entrega de recursos o la coacción del voto por esta vía.

Los lineamientos prevén abrir procedimientos sancionadores para investigar las quejas en esta materia y, además, dar vista a autoridades de fiscalización.

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