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■ Uso indiscriminado de estos podría colapsar el sistema

Advierte especialista sobre abuso de los derechos humanos como defensa

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Por: ALEJANDRA CABRAL •

«No todo puede ser un derecho humano y no todo puede reclamarse», expuso Gustavo Garduño Domínguez en una capacitación este viernes ante personal de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ), al advertir que el reconocimiento indiscriminado de violaciones a derechos humanos entre particulares podría llevar al colapso del sistema de protección en México.

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Contrario a la idea convencional de que solo el Estado o particulares que actúan con poder de autoridad pueden violar derechos humanos, Garduño explicó que, bajo la teoría de la eficacia horizontal de los derechos humanos (Drittwirkung der Grundrechte), incluso un particular que bloquea una carretera o un aeropuerto para manifestarse podría estar incurriendo en una violación de este tipo, un escenario que, advirtió, ya ha sido planteado ante tribunales en México. 

El ponente calificó esta interpretación como una «amenaza» pues consideró que podría convertir cualquier disputa civil −desde el cobro de una deuda hasta un desalojo− en una presunta violación de derechos humanos.

«Estamos en una época de altísima hipersensibilidad en la vida cotidiana”, advirtió el jurista al señalar que esto se manifiesta en litigantes que invocan derechos humanos incluso frente a situaciones como el cobro insistente de una deuda. «Ya esto está sucediendo. Se está abusando del argumento de los derechos humanos», dijo.

Para ilustrar hasta dónde puede llevarse el argumento, Garduño compartió una experiencia propia: en un vuelo reciente sin suministro de agua, pensó que podría argumentarse que la aerolínea violó su «derecho humano a la protección de la salud». «Si las comisiones se ponen intrépidas, van a empezar a responder preguntas como la que acabo de hacer de manera afirmativa. Y es verdad que va a cambiar por completo la forma de estudiar el derecho», advirtió.

Garduño señaló que, pese a que la discusión sobre esta teoría comenzó en México desde 2003 o 2004, las comisiones de derechos humanos y el Poder Judicial de la Federación aún no han fijado una postura sobre sus alcances. “No han querido declararse con claridad sobre esto, porque va a resultar sumamente impráctico cuando lo hagan”, afirmó.

Explicó que uno de los problemas consiste en determinar si el particular señalado actúa con funciones de autoridad o si se trata de una relación entre particulares. Una autorización, concesión, registro o licencia del Estado puede ser un indicio para determinarlo, señaló, pero no constituye un criterio definitivo.

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