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El juicio de amparo se fortalece con la reforma

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Por: Ulises Mejía Haro •

El pasado 15 de septiembre, la Presidenta Claudia Sheinbaum presentó ante el Congreso, una iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, del Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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La iniciativa tiene como objetivo fortalecer el sistema de justicia mexicana a través de la modernización y armonización de la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para mejorar el acceso efectivo a una justicia más rápida, transparente y eficiente.

Las modificaciones planteadas responden a la necesidad de armonizar el marco normativo con las realidades tecnológicas actuales, garantizando al mismo tiempo la protección de los derechos humanos frente a actos de autoridad.

Propone, terminar con el uso abusivo o dilatorio de los recursos administrativos y judiciales en materia fiscal que obstaculizan el pago de créditos firmes, así como su prescripción. La reforma dispone agilizar el cobro de impuestos, poniendo fin a prácticas recurrentes de algunos grandes empresarios y grupos monopólicos de interponer una cadena de amparos sobre amparos para postergar por años el pago de impuestos, afectando con ello que estos recursos se orienten a obras públicas y programas sociales. 

Entre los cambios más relevantes destaca la implementación formal del juicio de amparo en línea, mediante el uso de tecnologías de la información que permitirán a las partes procesales realizar promociones, recibir notificaciones y consultar expedientes a través de plataformas electrónicas seguras. 

La Ley de Amparo, amplía el reconocimiento del interés legítimo, tanto individual como colectivo, como fundamento para promover el juicio de amparo. Precisa la definición de interés legítimo, delimitando los sujetos legitimados para promover un amparo, manteniendo en el centro el interés legítimo como figura que protege a las personas contra actos de autoridad. Tratándose de interés legítimo, la norma, acto u omisión reclamado deberá ocasionar en la persona quejosa una lesión jurídica individual o colectiva real y diferenciada del resto de las personas, de tal forma que su anulación produzca un beneficio cierto en caso que se otorgue el amparo. Con ello, se da un paso importante hacia una justicia más incluyente y participativa.

Otro punto sustancial de la reforma es el fortalecimiento de las disposiciones sobre cumplimiento de sentencias. Se propone la posibilidad de sancionar a los servidores públicos que incumplan las resoluciones emitidas por los órganos jurisdiccionales, reafirmando así el principio de obligatoriedad de las decisiones judiciales. Esta medida busca erradicar prácticas de impunidad y garantizar que los fallos judiciales se traduzcan en resultados concretos para las personas beneficiadas.

En el ámbito fiscal y administrativo, las reformas al Código Fiscal de la Federación introducen nuevas disposiciones que clarifican los medios de defensa y ajustan la actuación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa al entorno digital. Se prevé la integración de expedientes electrónicos fiscales, además de mejorar los procesos de notificación y acceso a la información para los contribuyentes. Se propone la improcedencia del recurso de revocación contra actos de procedimiento administrativo de ejecución respecto de créditos fiscales firmes, así como su prescripción.

El dictamen subraya que el nuevo marco normativo contribuirá a consolidar un sistema judicial más ágil, transparente y confiable, en el que las tecnologías de la información se conviertan en herramientas efectivas para garantizar los derechos de las personas.

Con la aprobación de esta reforma, el Congreso de la Unión avanza en la construcción de una justicia moderna, accesible y cercana a la ciudadanía. La actualización de la Ley de Amparo y su legislación complementaria marca un paso firme hacia un Estado de Derecho más sólido y acorde con las necesidades del siglo XXI, fortaleciendo la confianza de la sociedad en sus instituciones.

En el Senado de la República mediante una reserva desafortunada se aprobó en el dictamen una modificación del Tercero Transitorio, respecto a la iniciativa original de la presidenta de México, introduciendo la retroactividad de la ley, lo cual generó un debate innecesario, críticas y preocupaciones legítimas, por lo que la presidenta Claudia Sheinbaum solicitó ajustes en la minuta turnada por el Senado a la Cámara de Diputados para eliminar los efectos retroactivos como lo dispone la Constitución, que prohíbe la aplicación retroactiva de leyes en perjuicio de las personas. La presidenta afirmó que “en su gobierno no se avalarán actos contrarios a la Constitución”. En el dictamen de la Cámara de Diputados se realizó la corrección para quedar como sigue:   

Tercero Transitorio. Los asuntos que se encuentren en trámite a la entrada en vigor del presente Decreto, continuarán tramitándose hasta su resolución final conforme a las disposiciones aplicables vigentes a su inicio.

Al término de la presente entrega, ya aprobamos en el pleno de la Cámara de Diputados en lo general y se está en la discusión de reservas en lo particular.

*Diputado Federal por Zacatecas.

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