El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) revocó ayer, por unanimidad, una resolución del órgano de justicia intrapartidista del Partido de la Revolución Democrática (PRD) al determinar que diversos integrantes de la Dirección Ejecutiva Estatal sí tenían derecho a participar con voz y voto en sus sesiones. Además, por mayoría de votos, confirmó un acuerdo del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) relacionado con la cobertura de una vacante en una magistratura del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJEZ), al considerar que el instituto carece de facultades para realizar una nueva asignación una vez concluido el proceso electoral.
En el juicio ciudadano TRIJEZ-JDC-007/2026, promovido por Martín González Serrano y otros militantes del PRD, el pleno concluyó que la resolución partidista carecía de debida fundamentación y motivación, ya que los actores sí tenían reconocida su calidad de integrantes de la Dirección Ejecutiva Estatal y, por tanto, el derecho a participar activamente en sus sesiones. El tribunal consideró incorrecto que el órgano de justicia del PRD negara esos derechos con el argumento de que la reforma estatutaria aún no había sido validada por la autoridad electoral.
En el segundo asunto, TRIJEZ-JDC-010/2026, promovido por Raúl García Martínez, excandidato a una magistratura del TSJEZ, el tribunal confirmó el acuerdo del IEEZ que rechazó reconocerle un supuesto derecho preferente para ocupar la vacante generada en la Primera Sala Penal. El proyecto de la magistrada Maricela Acosta Gaytán consideró que el Consejo General del IEEZ actuó correctamente al declararse incompetente para realizar una asignación posterior a la conclusión del proceso electoral.
No obstante, la sentencia precisó que corresponde al Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial del Estado ejecutar el mecanismo previsto en el artículo 96 de la Constitución local para cubrir una vacancia definitiva en una magistratura.
La resolución fue aprobada por mayoría de dos votos contra uno, luego de que la magistrada Teresa Rodríguez Torres emitiera un voto particular al argumentar que el Órgano de Administración Judicial no tiene facultades para decidir quién debe ocupar una vacante permanente, sino únicamente para informar a la Legislatura sobre la existencia de la vacante y los resultados de la elección, ya que la propia Constitución establece que el cargo corresponde a la persona del mismo género que obtuvo el segundo lugar en la votación.
La magistrada ponente respondió que el proyecto no atribuye al Órgano de Administración Judicial la facultad de designar discrecionalmente a una magistratura, sino únicamente la de materializar el procedimiento previsto por la Constitución para hacer efectiva la sustitución. La magistrada presidenta, Gloria Esparza Rodarte, respaldó esa interpretación, por lo que el proyecto fue aprobado por mayoría.



