En sesión de la Comisión Permanente de Legislatura del Estado realizada este martes, se propuso corregir la denominación del “Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Zacatecas” en la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y se presentó la iniciativa de Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, a fin de garantizar la autonomía de los sindicatos.
En primer momento, la diputada Susana Barragán Espinosa propuso modificar una fracción del artículo 48 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, a efecto de otorgar la debida certeza jurídica de su existencia, al “Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Zacatecas”.
Argumentó que es necesaria la corrección de la denominación a esta institución educativa, ya que actualmente es incorrecta, puesto que aparece como “Colegio de Educación Profesional y Técnica de Zacatecas”.
Detalló que el Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado fue creado con el objeto de contribuir al desarrollo estatal mediante la formación de recursos humanos calificados conforme a los requerimientos y necesidades del sector productivo y de la superación profesional del individuo, resaltando la importancia del apoyo gubernamental para responder a las necesidades del estado de Zacatecas.
Asimismo, la diputada Karla Esmeralda Rivera Rodríguez, en conjunto con los legisladores Jesús Padilla Estrada y Marco Vinicio Flores Guerrero, propusieron homologar la legislación local con la adición del artículo 69 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.
Según expuso, el objeto de la propuesta es establecer en el artículo 123 bis de la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, que los sindicatos del Estado deberán ejercer su vida interna con autonomía en su funcionamiento, administración y procesos electorales.
Para ello, se señala que ningún servidor público debe coaccionar, inducir o amenazar a las personas trabajadoras para que participen o se abstengan de participar en campañas sindicales. Asimismo, se plantea establecer que presionar jerárquicamente a subordinados para respaldar o rechazar una candidatura, también será considerada un acto de injerencia sindical.
De igual forma, en la iniciativa se prohíbe condicionar servicios institucionales, apoyos, licencias, ascensos, estímulos o beneficios laborales a cambio del voto sindical, o utilizar programas sociales con fines proselitistas



