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sábado, 12 octubre, 2024
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Pierde Contraloría Interna de Guadalupe dos juicos ante tribunal de justicia administrativa

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Por: RAFAEL DE SANTIAGO •

Organismo municipal habría aplicado una ley derogada a funcionarios

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La Contraloría Interna de Guadalupe, que encabeza Carlos Jesús Salmón Buenrostro, perdió dos juicios ante el tribunal de justicia administrativa, por parte de Jorge Rada y Asociados, Asesores Fiscales.

La contraloría aplicó una ley para servidores públicos que estaba derogada en el caso de dos funcionarios municipales, a los que se buscó inhabilitar por no haber presentado su declaración patrimonial.

El licenciado Jorge Rada explicó que se intervino en el asunto, puesto que se acercaron dos servidores públicos a quienes se les quería suspender por no haber presentado sus declaraciones patrimoniales. En este sentido, aclaró que sus clientes le exhibieron dos documentos donde comprobaban su declaración patrimonial, aunque ésta no se había hecho en tiempo y forma.

Sin embargo, la contraloría interna expuso en los medios de comunicación que los servidores públicos habían sido suspendidos. Aunque hubo una irregularidad, pues las sentencias se dieron a conocer un mes después de darlas a la luz pública.

Otra irregularidad que se observó fue que a uno de los funcionarios implicados solamente se le suspendió durante un mes, mientras que a otro se le impuso una suspensión de tres meses sin explicar el criterio para tal determinación.

Jorge Rada señaló que además al inicio del procedimiento, la contraloría interna basó sus sanciones aplicando una ley para servidores públicos que anteriormente ya había sido derogada y que no estaba vigente.

“Aplicaron una ley que no estaba vigente y esas irregularidades se expusieron en la demanda; se declaró por unanimidad la sentencia en la que declaran nulo el procedimiento y la sanción, pues el tribunal consideró que los funcionarios sí habían presentado su declaración”.

En este caso sólo ameritaría una amonestación en privado. Sin embargo, se aplicó una sanción que no tomó en cuenta la intencionalidad o negligencia del servidor público.

Rada añadió que el tribunal finalmente determinó dar un plazo de 15 días hábiles, y si los trabajadores fueron inhabilitados se deberán reintegrar sus salarios caídos por haber sido suspendidos de manera ilegal.

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