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jueves, 25 abril, 2024
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El nuevo rector

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Por: ALBERTO VÉLEZ RODRÍGUEZ • ROLANDO ALVARADO FLORES •

Excepto por coincidencias de baja probabilidad y dramatismo extremo, el final de las instituciones humanas no acontece como un huracán. Tarda, languidecen mucho tiempo, por inercia, descuido o apatía. Y al fin se desvanecen en la irrelevancia, aunque sigan ahí, consumiendo recursos. El miércoles 17 de febrero de 2021 el Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (SPAUAZ)firmó, en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, el “convenio de conjuramiento de huelga”. No hubo huelga por decisión unilateral del comité ejecutivo, o del secretario general, o de las circunstancias. Más bien, por la incapacidad de planificar las acciones y el desdén por los ordenamientos jurídicos. Citemos a un gran neoliberal: “Nada distingue con más claridad las condicione de un país libre de las que rigen en un país bajo un Gobierno arbitrario que la observancia, en aquel, de los grandes principios conocidos bajo la expresión “supremacía de la ley”.” (Friedrich Hayek “The Road to Serfdom” University of Chicago Press, 1944). Difícilmente se podría estar en desacuerdo con la afirmación de Hayek, excepto que se acuda a otra teoría legal. Por lo pronto notemos la arbitrariedad con la que se culminó el emplazamiento a huelga: el artículo 26, fracción c, de los Estatutos del SPAUAZ confiere la atribución de emplazar, estallar y levantar la huelga a la Asamblea General. Por ende, si no se completó el quorum en el plebiscito se debía reponer todo el proceso para que fuesen los agremiados quienes decidieran sobre qué hacer ante los ofrecimientos de la rectoría. Sin embargo, así como la patronal manipula los tiempos para obligar a una decisión no pensada, de la misma manera el comité ejecutivo no planifica adecuadamente los diferentes momentos del proceso de huelga. Situación que obliga a que instancias no autorizadas decidan asuntos que no les competen. Y ya se sabe: según el artículo 31 cuando un secretario, o coordinador, del comité ejecutivo se toma atribuciones que corresponden a otra instancia puede, y debe, ser removido. ¿Se tomarán los artículos del Estatuto en cuenta? ¿se buscarán otras interpretaciones para eludir las responsabilidades? ¿a alguien le importa? Más aún: el proceso entero de toma de decisiones está viciado porque el plebiscito se debe realizar por delegaciones, no concentrado la votación en un único espacio. Si la cuestión esencial a todo sistema jurídico es la reducción de la arbitrariedad en la toma de decisiones, se puede argumentar que en el SPAUAZ la ley falla casi por completo, deja a los agremiados en la indefensión y las decisiones se toman de manera discrecional por instancias legalmente incapaces. Un comité ejecutivo no puede decidir emplazar o levantar una huelga, es decisión de la Asamblea. Tampoco puede cambiar el procedimiento plebiscitario estipulado en los Estatutos, mucho menos debería suspender las reuniones quincenales de la Coordinadora de Delegados o las mensuales de la Asamblea General. Pero las mencionadas acciones son moneda corriente en el SPAUAZ. ¿Qué significa esto? Una afirmación cotidiana para explicar la situación es. “los estatutos no están adecuados a la realidad”. Se puede demostrar que no es así, acontece que no se siguen por decisión arbitraria del comité. Pero, para mantener la fantasía de unos ordenamientos jurídicos rebasados, se afirma la pretensión de realizar un “Congreso Sindical” para reformar esos Estatutos ya caducos. Nunca se llegan esas fechas, aunque son ya 10 años de pretextos. Entretanto la “rebasada” normatividad se sustituye por caprichos, ocurrencias, o letanías. Incluso los “logros y conquistas” son resultado de la imposición del patrón antes que de la iniciativa de los agremiados. Hace ya mucho que el estilo de negociación es no negociar, solicitar informes, esperar respuestas. Cancelada toda iniciativa por la absurda necedad de esperar hasta que conteste el patrón los oficios, el sindicalismo está inmóvil, burocratizado. Por su lado la patronal no lo está, y ofrece lo que quiere. Docima los tiempos, calcula las discusiones, y al final se hace lo que el representante estatal estipula porque la decisión no la toman las instancias correctas. Durante los últimos años el esquema precedente se ha repetido por ende el patrón es el único que gana mientras los agremiados no aprenden a negociar. ¿Qué gana el patrón? Cumplir sus compromisos con el gobierno federal, y en esto es un auténtico experto. Prometió desaparecer plazas, y cumplió. Volvemos al principio de este texto: el SPAUAZ está ahí: cobra cuotas, hace prestamos, organiza reuniones, pero no logra mejorar las condiciones laborales de sus miembros. Como ya se ha dicho en otras ocasiones, el SPAUAZ carece de fuerza real porque son los grupos los auténticos actores de la vida política universitaria. Lo son porque son quienes movilizan a los docentes. Esto se puede apreciar en el resultado del plebiscito del pasado 16 de febrero. Se quiere culpar a la pandemia de la falta de quorum, no es correcto, o al menos no es determinante. Los sindicalizados sí asistieron a votar por secretario general, pero no a decidir el emplazamiento a huelga. ¿La razón? Los grupos políticos universitarios a tienen calculado que sin incentivos no hay movilización, y prefirieron dejar desierto el plebiscito antes de incurrir en más costos. Después de todo, ya hay rector nuevo. ■

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