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viernes, 6 diciembre, 2024
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■ Nos ha negado nuestro derecho de audiencia: integrantes

Acusan al coordinador de la Comisión de Honor y Justicia por irregularidades

■ Se deslindan de dictámenes hechos respecto a impugnaciones

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

Elva Lydia Pérez Garza y Roberto Erubey Serrano García, integrantes de la Comisión de Honor y Justicia del Colegio Electoral del Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (Spauaz), se deslindaron de los dictámenes que se han elaborado respecto a impugnaciones contra el proceso electoral del pasado 11 de mayo, a la vez que acusaron al coordinador de la comisión, Rolando Alvarado Flores, de actuar de manera irregular.

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“El coordinador de la Comisión de Honor y Justicia ha actuado de mutuo propio y sin el consentimiento del resto de la misma, ya que nos ha negado nuestro derecho de audiencia subsecuente y, por consecuencia, no hemos firmado dictamen alguno en relación con supuestas impugnaciones de la jornada electoral”, expresan.

A través de un oficio entregado a la coordinación de Asuntos Laborales del Spauaz, los docentes relataron que el 11 de mayo, después de concluir el conteo de votos, no se dio a conocer que hubiese alguna impugnación, pero al día siguiente, al reunirse las comisiones para hacer un balance del proceso, Rolando Alvarado manifestó verbalmente que había impugnaciones y que al día siguiente las proporcionaría.

Sin embargo, no hubo ninguna comunicación hasta el domingo 14 de mayo, cuando el coordinador convocó a los miembros de la Comisión de Honor y Justicia a una reunión especial que se llevaría a cabo el lunes 15 de ese mismo mes, para dictaminar las impugnaciones.

De acuerdo con Pérez Garza y Serrano García, acudieron a dicha reunión, pero Rolando Alvarado se negó a proporcionarles los documentos referentes a las impugnaciones, inconformidades, incidencias y otro tipo de solicitudes que supuestamente le fueron entregadas, y sólo se los mostró brevemente, sin que ellos pudieran realizar las diligencias correspondientes.

Aunque no se les proporcionó una copia de los documentos, “nos percatamos de que la mayoría de los documentos referidos, y en algunos anexos a la vista, carecían de fecha y hora ciertas que discordaban en ese aspecto entre sí, y además no contaban con sello o cadena de identificación para su seguimiento”.

También indicaron que otra irregularidad observada fue que sólo tenían una firma receptora  manuscrita, seguida de la fecha 11 de mayo de 2023 y la anotación “11:00”, sin precisar si fue por la mañana o por la noche.

Según expusieron, el coordinador de la comisión les solicitó una definición respecto a las impugnaciones, a pesar de que solamente se los leyó y no les proporcionó la documentación, motivo por el que no hubo consenso respecto al dictamen pretendido por Alvarado Flores.

Posteriormente, Pérez Garza y Serrano García comentaron que el 15 de mayo, el coordinador de la comisión convocó a una reunión urgente, a las 18 horas, en las instalaciones del Spauaz, con el único punto de discutir los proyectos de dictaminación de las impugnaciones. Sin embargo, al llegar se percataron de que una parte de los comisionados ya estaban reunidos con antelación y, acto seguido, muchos de quienes estaban ahí se retiraron, de manera que se les negó el derecho a ser escuchados.

Al día siguiente, expusieron, a las 10 horas con 8 minutos, el coordinador de la comisión nuevamente convocó a una reunión a celebrarse a las 10 horas con 34 minutos en un hotel al norte de la ciudad, de igual forma, para dictaminar las impugnaciones, pero a ésta no asistieron por la premura del aviso y por la distancia, lo cual significa un hecho que vulnera su derecho a audiencia.

Ante esa situación, reiteraron que, como integrantes de la Comisión de Honor y Justicia, se deslindan de los dictámenes que ha pretendido imponer Alvarado Flores, ya que las supuestas impugnaciones tienen muchas irregularidades, además de que a ellos se les ha negado el derecho de audiencia.

Es decir, “nos deslindamos de los actos que puedan derivarse sin el consentimiento, la autorización o el aval expreso de nuestra parte”, concluyen el documento Pérez Garza y Serrano García.

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