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viernes, 26 abril, 2024
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Propone diputado reformar artículos de la Constitución local en materia de revocación de mandato

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

El diputado local por Movimiento Ciudadano, Enrique Laviada Cirerol, propuso ante el pleno de la Sexagésima Cuarta (64) Legislatura las iniciativas con proyectos de Decreto para reformar artículos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas en materia de Revocación de Mandato y por el que se expide también la Ley de Revocación de Mandato del estado de Zacatecas, las cuales fueron turnadas a comisiones para su análisis y dictamen.

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Con respecto a la primera, el legislador señaló que las reformas constitucionales y la consecuente expedición de la Ley Federal de Revocación de Mandato obligan a las legislaturas de los estados a proceder de manera decidida para consolidar y fortalecer este mecanismo democrático de participación directa, mediante el cual, la ciudadanía pueda ejercer su derecho a decidir si la persona que ocupa la titularidad del Poder Ejecutivo en las entidades federativas debe terminar de manera anticipada en el cargo, o continuar hasta la finalización de su periodo constitucional.

Esta previsión legal, dijo, permite ejercer a plenitud el derecho del pueblo a tener un buen gobierno y asegura la capacidad de ejercer su soberanía; por ello, la Revocación de Mandato forma parte de los derechos participativos ciudadanos que han inspirado la esencia de las subsecuentes reformas políticas en el país.

“La revocatoria del mandato constituye un procedimiento a través del cual los electores pueden destituir del cargo público a una persona, en este caso, al gobernador del estado, con anterioridad al término para el cual fue elegido. La revocatoria de mandato se funda en los principios de la democracia participativa y fue establecida en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos desde el 20 de diciembre de 2019”, recordó.

La Constitución local, precisó, ya fue reformada para armonizarla con algunas de las disposiciones de la Constitución General en materia de Revocación de Mandato, de manera que reconoce como derecho y obligación de los ciudadanos de Zacatecas el participar en los procesos de Revocación de Mandato, en los artículos 14 y 15, no obstante, aunque se encuentra reconocido como un derecho la Constitución zacatecana no ha sido reformada para que de forma explícita se establezca el carácter de revocable del cargo de gobernador del estado.

“Así, para poder hacer efectiva la Revocación de Mandato en Zacatecas, lo mismo que para lograr una armonización plena de la Constitución Local con la General, se plantea como necesaria, en primer lugar, una reforma constitucional, en donde se establezca que el mandato del Gobernador del Estado es susceptible de ser revocado, así como las consecuencias y las previsiones que se desprendan en el caso de verificarse dicha revocación”.

En un segundo momento, Laviada Cirerol presentó también la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se expide la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Zacatecas, esto debido a que gracias a la reforma constitucional aprobada en 2019 por el Congreso de la Unión, en la que se integró dicha figura, se creó la Ley Federal de Revocación de Mandato, que señala que los estados establecerán las normas relativas a los procesos de revocación en los gobernadores de las entidades.

Por ello, para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía y dar cumplimiento al mandato constitucional de elaborar toda la normatividad concerniente al proceso de Revocación de Mandato en la entidad, presentó el proyecto de Ley Reglamentaria, la cual consta de 60 artículos, mismos que serán analizados, discutidos y dictaminados en la Comisión Legislativa de Puntos Constitucionales.

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