El borrador del emplazamiento a huelga del Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (SPAUAZ) está en proceso de revisión de parte de las delegaciones sindicales; hasta el momento, además del incremento salarial de 20 por ciento, la principal exigencia refiere a la asignación de las cargas de trabajo en tiempo y forma.
Al respecto, el documento señala que los procedimientos establecidos en la norma para que la Rectoría, los directores de las unidades académicas y el sindicato otorguen las cargas de trabajo de manera bilateral,
“Con la finalidad de que el sindicato pueda desempeñar las funciones que le corresponden conforme al Contrato Colectivo de Trabajo, que incluyen de manera enunciativa, mas no limitativa, el procesamiento de carga de trabajo de tiempo determinado, suplencias y obra determinada en las unidades académicas, centros y dependencias de la Universidad, se requiere que además de la información por duplicado y en formato electrónico, se tenga acceso total al sistema que actualmente se utiliza en la Coordinación de Personal de la UAZ, como anteriormente se tenía, que toda la información pueda ser descargada en formato Excel”, expone.
De acuerdo con el documento, el plazo improrrogable para la entrega de los proyectos definitivos de cargas de trabajo del personal académico de base, suplentes, tiempos determinados y por obra determinada, a la Coordinación de Personal de la UAZ, Planeación y al Comité Ejecutivo del SPAUAZ, será para el semestre non a más tardar del 2 al 10 de marzo y para el semestre par del 10 al 20 de septiembre.
En cuanto a las sanciones por los retardos en el proyecto que se menciona, esto es, por no entregar los proyectos de carga de trabajo a las instancias antes indicadas en los plazos establecidos, el sindicato exige a las autoridades que se implementen las sanciones establecidas en la norma.
“Esta cláusula es reiteradamente violada e incumplida, precisamente porque ninguna de sus autoridades respeta los plazos y términos para la entrega de los proyectos de asignación de grupos, actividades y cargas de trabajo, olvidando que la finalidad de la entrega oportuna es dar a conocer dichas cargas de trabajo para que, en caso de existir violaciones a los derechos laborales de los docentes, se enmienden y se respeten los derechos del personal”, alade.
Desde la perspectiva del SPAUAZ, este es un problema endémico y de cada semestre, por lo que la manera de reparar la violación es que la patronal entregue en lo sucesivo, en tiempo y forma las cargas de trabajo relativas a los semestres pares y nones en la forma y plazos previstos.
Para el caso del semestre julio-diciembre 2024, la solicitud es que deben repararse por completo las violaciones y actualizar la nómina a más tardar el 05 de diciembre de 2024como fecha límite para que no exista afectación en el pago de salario y prestaciones. Para el caso del semestre enero-junio 2025 deben repararse por completo las violaciones a más tardar y actualizar la nómina el 09 de enero de 2025 como fecha límite.