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jueves, 18 abril, 2024
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Propone diputada reformar Código Penal para que la violación dentro del matrimonio se persiga de oficio

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

En sesión de la Comisión Permanente de la 64 Legislatura, la diputada local por el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Maribel Galván Jiménez, propuso reformar el Código Penal del Estado para que el delito de violación, dentro del matrimonio, concubinato o relación de pareja, se persiga de oficio. 

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Además, Galván Jiménez propuso dentro de dicha reforma, aumentar el castigo para quien tenga relaciones sexuales con mayores de 17 años y menores de 18, obteniendo su consentimiento por medio del engaño; pasando de tres a seis años de prisión y multa de 200 a 365 cuotas, a una pena de 10 a 30 años de prisión y multa de 200 a 365 cuotas.

Para este fin, la legisladora morenista expuso los antecedentes y motivos necesarios para reformar el último párrafo del artículo 236 y la fracción IV del artículo 237 del Código Penal para del Estado, luego de recordar que el primero de junio de 2016, se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones del Código Penal, entre ellas, dichos artículos, no obstante, no representó un avance en la defensa, reconocimiento y protección de los derechos de las víctimas de estos delitos, principalmente las mujeres con el reconocimiento de la violación cuando esta sucede entre cónyuges, concubinos o parejas. 

Lo anterior, explicó desde tribuna, es que antes no se reconocía como tal bajo el argumento del débito carnal entre los miembros de un matrimonio, según criterios retrógrados y contrarios a la libertad como premisa básica de cualquier democracia. Sin embargo, en esa reforma se estableció que, para tales efectos, era necesaria la querella de parte, lo cual es materia de esta iniciativa.

Por otra parte, continuó Galván Jiménez, el artículo 237 fue modificado para incluir como un tipo de violación a lo que antes era concebido como estupro. Cabe señalar que Zacatecas es de las pocas entidades que han optado por suprimirlo como tal y considerarlo como una modalidad de violación, lo que implica una reacción más fuerte del Estado ante las agresiones sexuales de las personas adolescentes, lo cual debe ser valorado desde una perspectiva de género y de protección al interés superior del menor.

La legisladora subrayó que la edad que se consigna en la fracción IV del artículo en cuestión, resulta contradictoria con la establecida en la fracción primera del mismo artículo, razón por la cual es necesaria su armonización, por ello planteó la necesaria querella para la persecución penal del delito de violación cometido entre cónyuges, concubinos o la pareja, pues es importante señalar que reporta determinadas consecuencias que pueden ser nocivas para la plena protección de los derechos de las mujeres.

De igual forma, indicó que es necesario reconocer que en la iniciativa que transformó el delito de estupro en violación equiparada no se alegó nada respecto a la punibilidad, la cual debe estar en concordancia con el espíritu de esa reforma que era proteger de manera mucho más enérgica a las infancias, siendo que ya que no resulta lo suficientemente útil el sólo hecho de integrar la fracción IV del artículo 237 como una forma de violación más si no se armoniza con la punibilidad que corresponde a un delito de naturaleza sexual, especialmente porque se comete en contra de menores.

Expuesto lo anterior, la coordinadora de la fracción parlamentaria de Morena propuso reformar el último párrafo de artículo 236, para que al texto ya existente, que dice: “Si entre el activo y el pasivo de la violación existiera un vínculo matrimonial, de concubinato o relación de pareja, se impondrá la pena prevista en el párrafo primero del presente artículo”, se agregue: “Este delito se perseguirá de oficio”.

Mientras que la reforma a la fracción IV del artículo 237 aumentaría el castigo expuesto en el mismo, quedando de la siguiente forma: “A quien tenga cópula con persona mayor de dieciséis años y menor de dieciocho obteniendo su consentimiento por medio del engaño, se le aplicará de ‘diez a treinta’ años de prisión y multa de doscientas a trescientos sesenta y cinco cuotas”.

A la propuesta de reforma presentada por la diputada se adhirieron las diferentes fracciones parlamentarias representadas en la Legislatura local. La iniciativa se turnó para su estudio y dictamen a la Comisión Parlamentaria de Justicia.

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