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■ No puede expedir constancias a candidatos que no resultaron electos en elecciones judiciales de 2025

Carece el IEEZ de las facultades para cubrir vacante de magistrada fallecida

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Por: Jaqueline Lares Chávez •

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) determinó que carece de facultades legales para realizar una nueva asignación de magistraturas o expedir constancias a candidatos que no resultaron electos en el Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial 2025, luego de analizar las solicitudes relacionadas con la vacante generada por el fallecimiento de la magistrada Oyuki Ramírez Burciaga.

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Durante sesión extraordinaria celebrada este miércoles, el órgano electoral aprobó por unanimidad de las seis consejerías presentes (con la excusa de la consejera Gabriela Elizabeth Muñoz Rodríguez por posible conflicto de interés) el acuerdo mediante el cual respondió a las solicitudes formuladas por el presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas, el Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial y el ciudadano Raúl García Martínez.

La discusión surgió a partir del fallecimiento de la magistrada Oyuki Ramírez Burciaga, quien fue electa en el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025 para ocupar la magistratura correspondiente al segundo cargo de la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

El secretario ejecutivo del IEEZ, Jorge Chiquito Díaz de León, explicó que el 18 de mayo de este año el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia notificó formalmente al instituto sobre el fallecimiento de la integrante del Poder Judicial y solicitó determinar qué persona debería ocupar la vacante, además de emitir la documentación correspondiente para que tanto el Poder Judicial como la Legislatura del Estado realizaran los actos institucionales necesarios para la integración del máximo órgano de justicia de la entidad.

Posteriormente, el ciudadano Raúl García Martínez, excandidato a magistrado, promovió diversas solicitudes ante el instituto electoral. Entre ellas pidió la expedición de documentación certificada relacionada con los resultados de la elección de magistraturas, así como una constancia en la que se acreditara que obtuvo la mayor votación entre los candidatos hombres que no alcanzaron una magistratura en la Primera Sala Penal, argumento con el que buscaba ser considerado para ocupar la vacante

Asimismo, solicitó que el Consejo General realizara formalmente la asignación del cargo vacante y notificara tanto al Poder Judicial como a la Legislatura local para proceder con la toma de protesta correspondiente.

A estas peticiones se sumó una consulta formulada por el Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial del Estado, mediante la cual se pidió al IEEZ informar quién había obtenido el segundo lugar en la votación correspondiente a dicha magistratura y, en su caso, si existía alguna persona que cumpliera con los supuestos previstos por la legislación para ocupar la vacante.

Al analizar las solicitudes, el Consejo General revisó el marco constitucional y legal que reguló la elección extraordinaria de integrantes del Poder Judicial del Estado y concluyó que las atribuciones del Instituto Electoral finalizaron una vez concluido formalmente el proceso electoral extraordinario.

Durante la exposición del proyecto se recordó que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió los últimos medios de impugnación relacionados con la elección judicial el 14 de septiembre de 2025, por lo que un día después el Consejo General declaró oficialmente concluido el proceso electoral extraordinario.

A partir de ese momento, se explicó, quedaron agotadas las facultades que la legislación electoral otorga al IEEZ respecto a la organización, cómputo, validación y entrega de constancias de mayoría derivadas de la elección judicial.

El acuerdo aprobado señala que la Constitución local y la legislación electoral facultan al instituto únicamente para efectuar los cómputos de la elección, declarar la validez de los resultados, asignar los cargos derivados de la votación y entregar las constancias de mayoría a quienes obtuvieron el triunfo en las urnas.

Sin embargo, no existe disposición legal que permita al organismo electoral emitir constancias de segundo lugar, reconocer derechos derivados de posiciones posteriores en la votación o realizar nuevas asignaciones una vez que las personas electas han rendido protesta e iniciado funciones.

El Consejo General advirtió que realizar actos de esa naturaleza implicaría extender indebidamente sus competencias y vulnerar los principios de legalidad, certeza y definitividad que rigen la materia electoral.

De acuerdo con el análisis jurídico presentado, aunque la Constitución y la Ley Orgánica del Poder Judicial establecen que las vacantes por fallecimiento pueden ser ocupadas por la persona del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en la votación para ese cargo, la legislación no atribuye al IEEZ la facultad de efectuar dicha determinación una vez concluido el proceso electoral.

Por ello, el organismo consideró que cualquier actuación posterior relacionada con la integración del Poder Judicial corresponde a otras instancias y no a la autoridad electoral.

Como parte de la resolución, el Consejo General acordó remitir a la Legislatura del Estado, al Tribunal Superior de Justicia y al Órgano de Administración Judicial los resultados oficiales de la elección correspondientes a la magistratura involucrada, con el propósito de que dichas autoridades cuenten con la información necesaria para actuar dentro del ámbito de sus respectivas competencias.

Además, se determinó notificar formalmente el acuerdo a Raúl García Martínez y publicar la resolución en los medios institucionales del organismo electoral.

Durante la sesión no se registraron intervenciones por parte de las consejeras y consejeros electorales, por lo que el proyecto fue sometido directamente a votación y aprobado con seis votos a favor.

Con esta determinación, el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas fijó su postura respecto a la vacante generada en la Primera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, al sostener que la legislación vigente no le permite intervenir en la asignación posterior de magistraturas una vez concluido y declarado firme el proceso electoral extraordinario de 2025.

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