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■ Perla Trejo será sustituida como secretaria general por Lorena Jiménez

Avala el Consejo Universitario BUAZ nombramiento de nueva administración

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

El Consejo Universitario, máximo órgano de gobierno de la Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas (BUAZ), avaló el nombramiento de los nuevos integrantes de la administración central; como se había previsto, Perla Trejo Ortiz no será secretaria general y fue sustituida por Lorena Jiménez Sandoval. Además, en la sesión de este jueves se aprobó el Protocolo de Actuación para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Sexual.

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Como secretario académico se nombró a Hans Hiram Pacheco García, como secretaria administrativa a Angélica Colín Mercado, como coordinadora de Docencia a Regina Compeán González, como coordinador de Investigación y Posgrado a Jorge Isaac Galván Tejada, como coordinadora de Vinculación a Argelia López Luna, como coordinador de Personal a Raúl Federico García Pérez, como coordinadora de Infraestructura a Gloria Espinoza Valadez y como coordinador de Finanzas a Salvador del Hoyo Soto.

La aprobación de la conformación de la administración central para el periodo 2025-2029 fue por mayoría, ya que se contabilizaron cuatro votos en contra, 10 abstenciones y 61 a favor.

Por otra parte, se aprobó el Protocolo de Actuación para la Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia Sexual, el cual señala que las sanciones aplicables por motivo de la comisión de una conducta relacionada con violencia sexual, una vez valoradas las circunstancias atendiendo a las perspectivas transversales y de acuerdo con la edad de la víctima, son variables según quien las cometa y de la gravedad del incidente.

Para funcionarias y funcionarios, las sanciones pueden ser las que se enumeran a continuación: amonestación por escrito y que obre en el expediente personal; inhabilitación para desempeñar otro cargo de funcionaria o funcionario en la universidad, ya sea de representación o por designación; remoción o destitución de su cargo; y rescisión de la relación laboral.

Para estudiantes, las sanciones pueden ser las siguientes: amonestación privada; amonestación por escrito y que obre en el expediente personal. obligación de participar en cursos de capacitación y sensibilización sobre el tema; suspensión hasta por 15 días; suspensión hasta por un año; y expulsión definitiva.

Para docentes, las sanciones son: amonestación privada, amonestación por escrito y que obre en el expediente personal; obligación de participar en cursos de capacitación y sensibilización sobre el  tema; cambio definitivo de su lugar de adscripción; y rescisión de la relación laboral.

Por su parte, las sanciones para el personal administrativo son: amonestación privada; amonestación por escrito y sobre en el expediente personal; obligación de participar en cursos de capacitación y sensibilización sobre el tema; cambio definitivo de su lugar de adscripción; y rescisión de la relación laboral.

Para personas ajenas a la universidad, en el caso de proveeduría, la sanción será la rescisión de contrato de prestación de servicios y/o bienes y restricción de acceso a las instalaciones de la universidad.

Igualmente, si el acto se comete por motivo de la orientación sexual, identidad y/o expresión de género de la víctima o por ser integrante de la comunidad LGBTTTIQ+ la Coordinación de Igualdad iniciará procedimiento administrativo paralelo por discriminación por orientación sexual.

De acuerdo con el protocolo, son autoridades para imponer las sanciones establecidas en la esfera de su competencia específica, el Consejo Universitario, Rectora/Rector, el Tribunal Universitario y las Directoras o Directores de Unidad Académica.

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