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sábado, 20 abril, 2024
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Morena presenta iniciativa con la que busca que se tipifique el delito de “fraude a la salud”

■ Plantea una pena de 2 a 20 años de prisión a quien engañe a sus pacientes realizando cirugías, tratamientos o recetando medicamentos innecesarios para obtener un beneficio económico

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

El diputado local por Morena, Ernesto González Romo, presentó en sesión ordinaria de la 64 Legislatura una iniciativa de decreto para adicionar los artículos 180 quáter y 180 quinquies del Código Penal del Estado a fin de tipificar el delito de «fraude a la salud», que cometerían aquellos que engañen a sus pacientes realizando cirugías, tratamientos o recetando medicamentos innecesarios para obtener un beneficio económico, proponiendo una pena de 2 a 20 años a quien lo haga. 

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El artículo 129 de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas, dijo desde tribuna el diputado, establece la protección social en salud como un mecanismo por el cual el estado garantizará el acceso efectivo, oportuno, de calidad sin desembolso ni discriminación a los servicios médicos quirúrgicos. Sin embargo, señaló, la desigualdad que históricamente se ha vivido en el país está presente también en la atención a la salud de los ciudadanos. 

“Ante la saturación que frecuentemente padecen los hospitales de servicio público, muchas personas optan por atenderse en clínicas y nosocomios particulares, pero en muchos casos en lugar de encontrar una atención más particular y pormenorizada, se topan con personajes que buscan lucrar con la enfermedad y el malestar físico del paciente que pasa a convertirse en víctima de auténticos fraudes en la salud que les hace perder dinero y más, aún la oportunidad de tener un diagnóstico apropiado”, precisó. 

Al hablar de “fraude a la salud”, explicó, se hace referencia a la acción que realiza un profesional médico, quien engañando a su paciente le indica la necesidad de tomar medicamentos, realizar cirugías o practicarse estudios innecesarios con el único propósito de obtener un beneficio económico. Las cirugías innecesarias o injustificadas, añadió, son aquellas intervenciones quirúrgicas que se realizan a pesar de no contar con un razonamiento científico que sustente la necesidad del procedimiento resolutivo del problema que aqueja al enfermo.

“Al llevar a cabo estas prácticas se le realizan lesiones quirúrgicas al paciente y se les somete a riesgos a su salud, sólo por obtener dinero rápido, y éste es un problema que ha crecido de manera notoria. Muestra de ello son las cesáreas; según encuestas nacionales de salud, ha habido un incremento exponencial de cesáreas innecesarias. De 2000 a 2018 se incrementaron las cesáreas en un 33.7 por ciento, mientras que en el sector privado el aumento fue de 60.4 por ciento”, expuso el morenista. 

Es en este escenario, de acuerdo con González Romo, que se deben tomar acciones jurídicas que garanticen una atención oportuna y óptima de la persona que busca el servicio médico y que le sea garantizado su derecho a la protección de la salud establecido en la Ley General en la materia. Por eso, propuso adicionar el Articulo 180 quáter y el Articulo 180 quinquies que señalen que comete el delito de fraude a la salud, el profesional médico que, engañando a su paciente, realice cirugías, tratamientos médicos, ordene estudios o recete medicamentos innecesarios para obtener un beneficio económico; y a quien cometa el delito de fraude a la salud se le impondrá una pena de 2 a 20 años de prisión y una multa de 300 a 500 unidades de actualización de medida y actualización. La iniciativa se turnó a comisiones para su estudio y dictamen. 

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