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sábado, 20 abril, 2024
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TEPJF desecha intento de inhabilitar a Ulises Mejía Haro, pero reconoce violencia política

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

■ La denuncia fue presentada por la síndica de la capital, Ruth Calderón

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■ Se hizo justicia y se puso en claro que se puede atender a los órganos jurisdiccionales para que limiten los poderes fácticos a través de la ley: Gerardo Espinoza

■ Lo sustancial, que se ratificó que cometió violencia política de género y según el Tribunal, puede estar impedido para participar en los procesos electorales: Ernesto González

 

Luego de que en sesión pública virtual, los magistrados de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ubicada en Monterrey, desecharan la denuncia de la síndica del municipio de Zacatecas, Ruth Calderón, que intentaba inhabilitar al alcalde Ulises Mejía Haro, el director jurídico del ayuntamiento capitalino, Gerardo Espinoza Solís consideró que se hizo justicia y se puso en claro que se puede atender a los órganos jurisdiccionales para que limiten los poderes fácticos a través de la ley.

En la sesión de ayer, el pleno de la Sala Regional resolvió las impugnaciones presentadas en contra de la sentencia emitida por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas identificada con el número de expediente TRIJEZ-JDC-004/2020 y su acumulado promovidas por la Síndica y el Presidente del Ayuntamiento de Zacatecas, respectivamente.

Respecto a la solicitud que realizó la síndica municipal de incluir a las y los sentenciados en el registro nacional de personas sancionadas por cometer violencia política contra las mujeres por razón de género, la Sala Regional determinó desestimar la petición “puesto que los lineamientos de dicho padrón se publicaron con posterioridad al dictado de la sentencia local, debido a ello, no existió la obligación por parte del TRIJEZ de ordenar su registro en dicho padrón”.

En este sentido, Espinoza Solís recalcó que se hizo justicia al momento de que se desechó “la pretensión desproporcionada de tratar de inhabilitar a un grupo de personas por realizar actos ordenados por la ley”, destacando con esto, la importancia de que las autoridades jurisdiccionales se sigan “ciñendo” al respeto de los derechos humanos de las personas, pues quisieron utilizar este juicio para tratar de “aniquilar” políticamente al alcalde y regidores, pero no lo lograron.

“Vemos con agrado la decisión de la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, puesto que la solicitud de la promovente era precisamente que se instruyera al alcalde y a las regidoras y regidores que está relacionadas, que se incluyeran en la lista de autoridades sancionadas en razón de violencia política de género, sin embargo, fue desechada su petición por y la consecuencia que tiene es precisamente que siguen con sus derechos políticos electorales, intocados, presentes y futuros”.

Esto es relevante, subrayó el director jurídico capitalino, ya que en razón de la reforma constitucional al Marco Jurídico Para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, se han ido estableciendo nuevos criterios, nuevas sentencias y se está construyendo entre todos el marco jurídico para protección de las mujeres, sin embargo, señaló que los alcances de esta lucha no deben ser mal utilizados, ni para tratar eliminar contendientes políticos, ni para que haya injusticias en contra de ciudadanos, por lo que reiteró que el que se haya desechado la inhabilitación, es algo bueno.

No obstante, sobre el caso de violencia política de género, de acuerdo con el boletín informativo, “la Sala Regional Monterrey del TEPJF determinó confirmar la sentencia impugnada debido a que el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas sí cuenta con atribuciones para conocer y resolver asuntos relacionadas con violencia política contra las mujeres por razón de género a través de medios impugnativos, cuando se trate de cuestiones relacionadas con el derecho a votar y ser votada en su vertiente del derecho a desempeñar un cargo público, por lo que en el caso concreto, se justificó la intervención de la autoridad local”.

Es decir, ratificó que Ulises Mejía Haro y los regidores relacionados en el conflicto sí cometieron violencia política de género por la “racionalización de recursos y retiro de personal”, la vez que determinaron que las impugnaciones de que el tribunal local valoró indebidamente y que no tenían pruebas para considerar acreditada la violencia política por razón de género fueron “ineficaces”.

Con respecto a la polémica suscitada por la resolución de la Sala Regional de Monterrey, quien se dijo “fundador y militante” de Morena, pero reconocido por ser asesor de la senadora Soledad Luévano y opositor del edil capitalino, Ernesto González Romo, señaló para La Jornada Zacatecas que el que se haya desechado que se incluya a Mejía Haro en una lista nacional es lo de menos, porque lo sustancial es que se ratificó que cometió violencia política de género y de acuerdo con el Tribunal, puede estar impedido para participar en los procesos electorales.

Pero ese no es el único camino, agregó González Romo, pues aseguró que Morena en próximas fechas va a emitir protocolos de protección a mujeres y habrá de establecer que quedarán excluidos de participar en las convocatorias para elegir candidatos y candidatas, quienes hayan cometido violencia política de género. Ese, dijo, es uno de los compromisos de Mario Delgado, aspirante a la dirigencia nacional del partido guinda.

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