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jueves, 28 marzo, 2024
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Revisión realizada por la ASE al Issstezac no finca responsabilidad a algún funcionario o ex funcionario

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

El resultado no ha sido entregado a la Comisión de Vigilancia de la 63 Legislatura

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El documento tiene 32 observaciones, entre ellas, que el Instituto no ejerce de manera adecuada la atribución de realizar visitas de verificación a los entes públicos

Hay incumplimiento de la ley al no haber ingresado 30% de cuotas y aportaciones al Fondo de Pensiones y cuyo monto, entre 2015 y 2019, debió ser de mil 55 millones 601 mil pesos

 

La Auditoría Superior del Estado (ASE) concluyó con el proceso de auditoría al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (Issstezac), y aunque no ha sido entregada a la Comisión de Vigilancia de la Legislatura del estado, destaca que el documento cuenta con 32 observaciones, sin que se finque responsabilidad a algún funcionario o ex funcionario.

Entre los resultados destaca que el Issstezac no ejerce de manera adecuada la atribución de realizar visitas de verificación a los entes públicos, por lo que la ASE recomienda ejercer esa atribución para verificar registro de trabajadores, veracidad de nóminas, altas, bajas y modificación de sueldos, veracidad de aportaciones, entre otros.

Otra observación refiere a que el instituto no cuenta con los dictámenes elaborados por contador público de marzo de 2015 a marzo de 2020, por lo que sugiere que se sigan las disposiciones establecidas en el artículo 16 de la Ley del Issstezac, relativo a que los entes públicos que anualmente cuenten con 300 o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, estarán obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el instituto, por medio de contador público autorizado.

También recomienda al Issstezac emitir la reglamentación establecida en la ley, necesaria para realizar las diligencias de carácter administrativo para revisar o comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, a cargo de un visitador y sujeta a las formalidades y procedimiento, establecidos por esa Ley y su Reglamento.

La auditoría presenta evidencia de tres convenios de colaboración con municipios de Zacatecas, Fresnillo y Juan Aldama. Es decir, de 26 entes públicos señalados en ley Issstezac del 2015, faltan 23 convenios.

En ese sentido, la recomendación señala que deberá contar con un convenio celebrado con los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del estado, así como los gobiernos municipales y demás organismos públicos estatales y municipales y que los mismos se encuentren sancionados por el Poder Legislativo, a efecto de que establezcan las formas de pago de las cuotas y aportaciones, así como la posible afectación de aportaciones en los términos de lo dispuesto por el artículo 9 de la Ley de Coordinación vigente.

En el tema de tabuladores, sólo se cuenta con la tabulación del Colegio de Bachilleres del Estado de Zacatecas (Cobaez) entre 2017 y 2019, mientras que el resto de los entes públicos no cumplen con dicha obligación, por lo que la ASE recomienda una programación para visitas de verificación y así constatar el cumplimiento de los entes públicos.

“El Instituto deberá, de manera inmediata, regularizar esta situación (falta de tabuladores) solicitando por la vía oficial correspondiente a los entes públicos obligados, el cumplimiento de su responsabilidad de remitir al Issstezac el tabulador de sueldos y salarios de los trabajadores a su servicio, a más tardar el quince de febrero de cada año, enfatizando que este deberá estar debidamente depositado ante la instancia de conciliación y arbitraje competente”.

Sobre ello, la recomendación señala que se deberá suscribir los convenios necesarios con otras instituciones de seguridad social a efecto de identificar ingresos por conceptos de pensiones, verificar el adecuado cumplimiento de obligaciones fiscales, principalmente en lo que corresponde a las retenciones de Impuesto Sobre la Renta debido a que un sólo pensionado puede obtener dos o más pensiones, e identificar posibles casos de duplicidad de pensiones.

Otra observación detalla que hay incumplimiento de la ley al no haber ingresado el 30 por ciento de las cuotas y aportaciones al Fondo de Pensiones y cuyo monto, entre 2015 y 2019, debió ser de mil 55 millones 601 mil pesos.

“En virtud de lo anterior, la entidad fiscalizada deberá acatar lo establecido en el artículo 132 y 134 de la Ley del Issstezac, a fin de contribuir a la mejora de la liquidez financiera que permita incrementar el saldo del Fideicomiso Fondo de Pensiones en el porcentaje y por los conceptos establecidos en dicha Ley, y evitar consumir en su totalidad el saldo del mismo”, expone la recomendación.

Respecto a los adeudos por omisión del entero de aportaciones y retenciones, la auditoría indica que el instituto deberá sancionar a los entes públicos que infrinjan las disposiciones de la ley, y en caso de que alguno no entere los recursos, se dé aviso a la Secretaría de Finanzas para que esta deduzca el recurso correspondiente.

En el tema de adeudos, la auditoría expone que, entre 2010 y 2020, se adeuda al Issstezac 458 millones 885 mil pesos por concepto de clientes, deudores diversos, préstamos a derechohabientes documentos por cobrar y contribuciones por recuperar.

Para atender esta situación, el Instituto deberá realizar las acciones pertinentes para la recuperación de los montos de cuentas y documentos por cobrar a su favor respecto de los saldos reflejados al mes de enero de 2020, principalmente los correspondientes a Clientes, Deudores Diversos y Contribuciones por Recuperar, que involucran un monto de 359 millones 705 mil pesos, con la finalidad de contar con recursos que le permitan hacer frente a sus compromisos financiero.

Sobre la administración del Issstezac, la recomendación es que se lleve a cabo la disminución de por lo menos el 35 por ciento de las unidades administrativas, una revisión de las plantillas del personal de confianza, base y temporal, con el fin de establecer medidas para su disminución atendiendo a su pertinencia, y reducir los gastos de funcionamiento, que integre el Capítulo 1000, 2000 y 3000, en al menos el 35 por ciento.

La auditoría manifiesta que el Instituto deberá fortalecer el Fideicomiso de Fondo de Pensiones, con las aportaciones previstas en el artículo 132 de la Ley del Issstezac y, en coordinación con los entes públicos adscritos, deberá implementar acciones para que en la medida de sus posibilidades consideren incrementar la base de derechohabientes. Para ello, las alternativas son: incremento de aportaciones de entes públicos, homologación de tasas de aportación e incrementar base de derechohabientes

Por último, la ASE señala que la hotelería debe conservarse siempre y cuando se sigan las diversas indicaciones, entre ellas una reestructura administrativa en la que disminuyan plantillas de personal y prestaciones, y se reduzcan salarios a personal de confianza y se eliminen direcciones, subdirecciones y departamentos.

También se sugiere ceder estos espacios en calidad de franquicias, arrendamiento, o club vacacional (Paraíso Caxcán), o bien, membresías para agremiados con costo para aumentar su rentabilidad.

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