19.4 C
Zacatecas
jueves, 18 abril, 2024
spot_img

Suprema Corte analizará la procedencia de mantener la aplicación del Fondo Minero

Más Leídas

- Publicidad -

Por: ALMA RÍOS •

■ Fueron admitidas Controversias Constitucionales que interpusieron 6 municipios

- Publicidad -

■ Sólo serían beneficiados los promoventes (Villanueva, Sombrerete, Chalchihuites, Mazapil, Melchor Ocampo y Morelos) de tener un fallo a favor: Federico Soto

 

Las Controversias Constitucionales (CC) que interpusieron contra la modificación de la administración del Fondo para el Desarrollo Regional Sustentable de Estados y Municipios Mineros (Fondo Minero) los ayuntamientos de Villanueva, Sombrerete, Chalchihuites, Mazapil, Melchor Ocampo y Morelos, fueron admitidas y están “en espera de resolverse”, dijo Federico Soto Acosta, director general Jurídico de Gobierno del Estado.

El funcionario fue interrogado sobre el estado que guardan los casos de quienes en Zacatecas interpusieron estos recursos legales ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que seguir siendo beneficiarios del Fondo Minero y evitar así que se transfiera al programa de tandas como lo ha definido el Gobierno de México.

El pasado 11 de julio medios nacionales informaron que la Primera Sala del máximo tribunal del país había declarado infundados, por unanimidad, los argumentos del Ejecutivo federal con que pretendió impugnar la admisión de las controversias constitucionales promovidas por más de 20 municipios y el Gobierno del Estado de Chihuahua.

Federico Soto Acosta precisó para el caso de los municipios zacatecanos que luego de haberse admitido las CC “se analizará la procedencia de mantener la aplicación del Fondo Minero” y que en caso de considerarlo así la SCJN, sólo serán beneficiados los promoventes.

Cabe mencionar que Fresnillo, por ejemplo, que en la ejecución anterior de estos recursos obtuvo un monto por el orden de los 119 millones de pesos según informó a este medio su presidente municipal, Saúl Monreal Ávila, no interpuso controversia constitucional por este tema, pero tampoco, precisó por su parte el Coordinador General Jurídico, lo hizo el propio Gobierno del Estado (como sí sucedió con el correspondiente de Chihuahua).

La actualización del tema para el caso zacatecano ofrecida por Soto Acosta indicó que “las controversias que se presentaron por varios municipios ante la SCJN por el tema del Fondo Minero, fueron desechadas; ante esa decisión se interpuso el recurso de reclamación ante la Presidencia de la SCJN, en contra del auto que desecha las Controversias Constitucionales”.

Expuso que la admisión de los recursos de reclamación se fundamentó en los artículos 11 párrafo primero, 31, 51 fracción I y II del artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, -y- 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -