22.5 C
Zacatecas
viernes, 26 abril, 2024
spot_img

La necesaria reforma del Poder Judicial en Zacatecas

Más Leídas

- Publicidad -

Por: Carlos Eduardo Torres Muñoz •

El conocido proceso de transición política en México ha desencadenado también una transición jurídica, que arrancó por lo electoral y se consolidó con el paradigma del modelo de la democracia constitucional, transformando así al Estado mexicano en su conjunto. Quizá el momento cumbre de este proceso lo ha sido la reforma en materia de derechos humanos en 2011. Es a Mauricio Merino, a quien debemos la expresión de “segunda transición”, que versa en materia de rendición de cuentas. Pero a la luz de un análisis constitucional, y a partir de ahí, legal e institucional, podemos hablar de una Gran Transición, que abarca casi todas las materias: electoral, judicial, administrativa, anticorrupción, laboral, etcétera, con un común denominador: la constante conquista de derechos y sus garantías (entendidas no sólo en los términos de nuestro texto Constitucional, sino desde la teoría del garantismo de Luigi Ferrajoli).

- Publicidad -

Es justamente por todo este antecedente, cuyo recorrido se ha simplificado, que es posible celebrar el esfuerzo, ya anunciado, de actualización, modernización y con ello la armonización, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Zacatecas, que data de los arranques de la alternancia local, expresión de la pluralidad que dio origen a la Gran Transición de la que hablábamos. Dicha labor de reforma hace eco de la profunda transición jurídica, y el cúmulo de novedades normativas, que, en muy diversas materias, se han legislado e implementado en las últimas dos décadas. La tarea de dotarse de una nueva Ley Orgánica, debe reconocer en este Poder, a uno que, conforme a las teorías más avanzadas del derecho en el mundo, ha venido a cobrar cada vez más relevancia, ya no solo en el ámbito jurisdiccional, sino también administrativo, democrático y social.

Entre los puntos que la propuesta de Reforma, expuesta por el Magistrado Presidente, Arturo Nahle, podemos destacar: el establecimiento de la siguiente lista de principios para la conducta de las personas servidoras públicas del Poder Judicial: respeto a derechos humanos, igualdad de género, no discriminación, autonomía e independencia, legalidad, imparcialidad, honradez, capacitación y actualización constante, ingreso permanente y ascenso por mérito, disciplina, eficacia, eficiencia e integridad. Este contenido da a la norma propuesta, los instrumentos de legitimidad indispensables para atender los retos más grandes de nuestra circunstancia: la inseguridad, la corrupción, la desigualdad y la cultura de los derechos humanos.

También destaca la propuesta de que los Magistrados, desempeñen funciones no solo de carácter jurisdiccional, con el objetivo de consolidar instancias, al interior del propio Poder Judicial, sin generar más gasto. Esta idea, no solo es prudente en el contexto presupuestal en el que todas las instituciones se encuentran, sino también, en la lógica de la gobernanza institucional: colegiar las decisiones, involucrar a los más altos rangos de la institución, a partir de su participación en los procesos, políticas y estrategias implementadas.

De la misma exposición realizada, se puede apreciar un interesante y plausible avance con respecto al concepto de conflicto de interés, que no sólo actualiza al Poder Judicial, en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sino que avanza en las mejores prácticas y experiencias en la materia.

A reserva de estudiar y analizar a fondo la citada iniciativa, cabe aplaudir la decisión de proponer el cambio, rompiendo la inercia en un Poder que, en los tiempos que corren, requiere de creatividad, iniciativa y lógica proactiva, sin perder la certidumbre, seriedad y profesionalismo. Además, al hacerlo de manera pública, con apertura, en pleno reconocimiento de contrapesos, equilibrios, funciones y roles.

Finalmente, hay que destacar lo que la iniciativa, ya ha logrado: que la suscriban representantes de los tres poderes del Estado: el Ejecutivo (que desde su arranque hizo un llamado en esa dirección), el Legislativo, y el Judicial. Éste es el mejor ejemplo de lo que en este mismo espacio hemos citado reiteradamente: la construcción de un consenso mínimo posible en y desde la pluralidad, que dote al Estado de la fuerza indispensable para realizar su labor, la más y la menos, y en este caso, la más esencial: la de garantizar la seguridad jurídica e integridad de las personas.

@CarlosETorres_

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -