Ricardo Hernández León, denunció la resistencia de la 60 Legislatura de notificar y enviar un informe circunstanciado a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), respecto de la queja que interpuso el pasado 5 de noviembre en contra del acuerdo de los diputados mediante el que se designaron a los seis nuevos consejeros del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ).
Razón por la que ayer 12 de noviembre presentó una nueva queja ante la Sala Superior en contra de la misma Legislatura por bloquear su derecho de justicia pronta y expedita en los plazos que dicta la ley. Refirió al tribunal y en entrevista, que la falta de envió de la documentación, evidencia que los diputados no tienen los elementos para sustentar el nombramiento de los nuevos consejeros.
El ex consejero electoral explicó que cuando se pone un recurso en contra de cualquier autoridad o partido político, la Ley Federal del Sistema de Medios de Impugnación en sus artículos 17, 18 y 20, señala que éstos como autoridad impugnada deberán mandar en lo inmediato (24 horas máximo) a la sala competente la documentación correspondiente del recurso interpuesto.
La responsabilidad es notificar por la vía más expedita, y aunque la 61 Legislatura tuvo conocimiento de la impugnación de Ricardo Hernández el pasado martes cinco de noviembre a las 17:30 horas, hasta ayer en la tarde no había enviado nada, aseguró el impugnante quien dijo que le comentaron que quizás ayer lo mandarían. Sin embargo ya hubo un retraso de casi cinco días hábiles.
Aludió a que la Ley de Medios de Impugnación también señala que dentro de las 24 horas siguientes a que se presentó la queja, la autoridad además de notificar de la queja, está obligada a mandar un informe circunstanciado con expedientes de los actos legales acreditados.
Al no haberse hecho, como interesado, Hernández dijo que el lunes se comunicó a la Sala Superior y le informaron que no habían recibido nada, hizo lo propio en la Legislatura y le comentaron que el retraso fue porque no tenían la documentación completa y estaban en espera de que algunas comisiones la aprobaran.
Otro de los artículo de la Ley General de Medios, refirió, establece que si la autoridad no notifica en el plazo señalado, la impugnación se resolverá con los elementos que se tengan en el recurso de queja y se darán por ciertos los hechos constitutivos de la denuncia.
Comentó que el artículo 20 de dicha ley emana que si la autoridad incumple con su obligación, se le requerirá el informe un plazo no mayor de 24 horas, con el apercibimiento que de no cumplir, se tomarán las medidas necesarias por los medios de apremio que se juzguen.
En el nuevo recurso de queja de Hernández León, envió al tribunal el acuse de recibo del JDC que interpuso en Congreso local el pasado 5 de noviembre, a fin de que la Legislatura aclare a los magistrados porque no ha enviado y de no hacerlo, los diputados podrían ser sujetos a medidas preventivas como una multa o simplemente no podrán hacer valer sus derechos.
Ricardo Hernández comentó que incluso en la página de la Sala Superior del TEPJF existe la manera electrónica de enviar el documento para hacerlo llegar en tiempo y forma.
A consideración del quejoso, la tardanza obedece a que la Legislatura no tiene toda la documentación para fundar y motivar en primera instancia la determinación de la no ratificación de los consejeros electorales y segundo, la elegibilidad de los electos. “A mí se me hace complicado que vayan a acreditar que los ahora consejeros son elegibles”.
Los seis nuevos consejeros del IEEZ de los cuales se apela su ilegibilidad son José Manuel Carlos Sánchez, Brenda Mora Aguilera, Felipe Andrade Haro, Joel Arce Pantoja, Otilio Rivera Herrera y Rocío Posadas Ramírez. Existen otras tres impugnaciones adicionales a las de Hernández.