El miércoles 30 de octubre de 2024 la secretaria general del SPAUAZ, Dra. Jenny González Arenas, tomó la definición política de romper el paro que se instaló, desde las 9 de la mañana, en las instalaciones de lo que fue el Superissste. Desde la tarde del día anterior mandó colocar un “resguardo”, que disfrazó de “paro”, para contener, y en su caso expulsar, a quien quisiera manifestarse pacíficamente en contra de la opacidad y manejos turbios del contrato por parte de la dirigencia sindical. Con este acto quedó de manifiesto el estilo de “negociación” de la Dra. González: la violencia. Manifestarse pacíficamente para exigir el cumplimiento de la legalidad o los actos que se consideran equivocados es derecho de todo agremiado. Fiel a su incapacidad de diálogo, la Dra. González negó el derecho a la manifestación pacífica como en su momento negó el derecho a votar en las Asambleas generales a más de 500 agremiados. No contenta con ello, niega el derecho a la libre sindicación mediante la falaz exigencia de “contratación exclusiva” por parte del SPAUAZ, pese a que está establecido en los Estatutos la renuncia a cualquier “cláusula de exclusividad” la Ley Federal del Trabajo asienta su inaplicabilidad en instituciones de educación superior. Lo interesante de la líder sindical es su agudo ojo para “ ver la paja en el ojo ajeno”. En recientes declaraciones a conocida estación de radio, cuando menciona el asunto de las contrataciones por honorarios y se refiere a los dichos del rector, Dr. Rubén Ibarra Reyes, dice: “…que manera de reconocer cómo en un contrato de trabajo que le están haciendo a estos compañeros les están quitando el derecho mínimo de manifestarse”. Claro, el derecho a manifestarse y solicitar información es sólo para los seguidores de la Dra. González, pero cuando a ella se le exige claridad no responde, cuando se manifiesta el descontento mediante paros pacíficos, los rompe. Peor aún, la líder sindical acusa al rector de “creación de plazas de tiempo completo para funciones que, supuestamente, no están reconocidas en el plan de estudios, mientras que otros docentes, con años de experiencia, deben trabajar bajo el régimen de honorarios” (“Docentes de Ciencias Químicas toman el Campus Siglo XXI”. El Sol de Zacatecas, 11/nov/24). Es decir, los docentes contratados en la categoría de “tiempo completo”, bajo el régimen de “tiempo determinado”, son agremiados de “segunda” porque por encima de ellos se deben colocar quienes trabajan bajo la figura de “honorarios”. Lo inquietante del asunto es que quienes se contratan de esa manera no tienen relación alguna con el sindicato, y este carece de interés jurídico en el asunto. ¿Por qué, entonces, el interés de la Dra. González en actuar contra los agremiados al SPAUAZ en defensa de quienes no lo están y quizá ni quieren estarlo? Es obvio: busca “clientela” para el proceso electoral que se avecina en la universidad. Resulta necesario enfatizar algo más en el asunto del paro que inició la Delegación de Ciencias Químicas el lunes 11 en el Campus Siglo XXI. Su pliego petitorio, el que se hizo público a través de redes sociales, no en la página del SPAUAZ, contienen dos puntos muy relevantes. El primero dice: “revisión de las cargas de trabajo de base y TD del semestre agosto-diciembre 2024 donde existen inconsistencias y violaciones al contrato colectivo de trabajo que lesionan los derechos de profesores con mayor derecho, antigüedad y que se han apegado y cumplido los requisitos establecidos en el CCT (Nota: “apegarse” y “cumplir” al ir juntos implican una redundancia innecesaria), en tanto que en el segundo se exige: “Se realice el reconocimiento de la relación laboral de tiempo determinado y de suplencia a la totalidad de las compañeras y compañeros que han cumplido con los requisitos de admisión establecidos en el CCT UAZ-SPAUAZ y que hasta la fecha no han sido reconocidos como parte del personal contratado por la UAZ y que continúan en estatus de contrato por honorarios”. La administración se equivoca si acepta este par de garlitos. Están en unísono con la “doctrina” de la Dra. González y su grupo. Por un lado, se exige revisión de cargas de trabajo porque dicen que hay “inconsistencias”. Afirmaciones que nunca demuestran, son mentiras que reiteran para justificar el uso del chantaje mediante paros y tienen la función de legitimar un acto: retirar las plazas de TC aunque no haya violación, y no la hay. Del otro se enuncia que cumplir los requisitos de admisión al SPAUAZ equivale a tener derecho a ser admitido en la UAZ. De nuevo, no existe fundamento jurídico ni en el contrato, pues no contempla al personal por honorarios, ni en la Ley Federal de Trabajo, para exigir, por la vía legal, que quien es contratado por honorarios, al cubrir los requisitos establecidos en el CCT UAZ-SPAUAZ, sea sujeto de la contratación colectiva. Todas las contradicciones y falacias del grupo neoderechista que usurpó el SPAUAZ no se explican por su carencia de sapiencia del arte de razonar. No, no es por ahí. Son personas de inteligencia sobresaliente, pero también de “hígados negros”. Lo que no pueden ganar mediante la razón o la ley lo toman por la fuerza. Y eso es lo delicado.