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lunes, 20 mayo, 2024
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■ En caso de ser requerida por la ciudadanía, entre septiembre y diciembre se recolectarían las firmas de 10% del padrón electoral del estado: diputado

Si revocación de mandato se solicita en actual administración, proceso podría iniciar en septiembre próximo

■ En caso de que el resultado arroje la revocación, la Legislatura local deberá designar un gobernador interino que concluya el sexenio

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

Luego de aprobarse la reglamentación de la Ley de Revocación de Mandato del Estado de Zacatecas, el diputado José Luis Figueroa Rangel informó que a partir de septiembre podría iniciarse el procedimiento contra el gobernador David Monreal Ávila, para lo cual se requerirá del aval del 10 por ciento de los electores; el plebiscito se llevaría a cabo con la instrumentación del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ).

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Comentó que la fracción de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) presentó una iniciativa para que la revocación también se pudiera realizar contra legisladores locales, regidores y presidentes municipales, pero se precisó que no era posible porque la ley federal solo se limita a la presidencia de la República y gobernadores.

Para ello, dijo, se tendría que reformar la ley federal para que este procedimiento se aplique en los demás espacios, pero mientras tanto “creo que nuestra democracia se fortalece con esta figura de revocación de mandato ya reglamentada”.

Por tanto, comentó que solo queda esperar a que se publique esta ley en el estado y que así se instituya como un recurso que puedan solicitar los ciudadanos a partir de septiembre próximo.

Figueroa Rangel recordó que en el dictamen se establece que podría implementarse en la actual administración gubernamental a partir del cumplimiento del tercer año de gobierno, el cual ocurrirá en septiembre próximo.

En caso de que la revocación de mandato sea solicitada por los ciudadanos, entre septiembre y diciembre se llevaría a cabo la recolección de las firmas del 10 por ciento del padrón electoral del estado de Zacatecas.

“Este instrumento fortalece nuestra democracia participativa en el estado y ahora esa decisión queda en manos de los ciudadanos, y ahora solo hay que esperar que se publique en el Periódico Oficial el decreto correspondiente. Al pasar por unanimidad en el Congreso y que el gobernador ha expresado su apoyo a este procedimiento, no tendría que haber ningún contratiempo”, explicó.

EN EL CASO DE ZACATECAS, LA REVOCACIÓN DE MANDATO
SE PODRÍA HACER EN DOS MODALIDADES SI LO APRUEBA EL
CONSEJO GENERAL DEL IEEZ: DE FORMA PRESENCIAL O VIRTUAL

En el caso de Zacatecas, detalló que la revocación de mandato se podría hacer en dos modalidades en caso de que lo apruebe el Consejo General del IEEZ: de forma presencial o virtual, mediante la aplicación móvil de este instituto.

Figueroa Rangel opinó que el hecho de usar la estructura electoral del IEEZ será benéfico porque reducirá costos y en el presupuesto de 2025 deberá considerarse la revocación del mandato para que se realice el próximo año.

En caso de que el resultado del proceso arroje la revocación para el gobernador David Monreal Ávila, precisó que será el Congreso del Estado el responsable de designar un gobernador interino que concluya el sexenio. 

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