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jueves, 25 abril, 2024
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Plan B, ¿democracia sin instituciones (ni garantía de derechos)?

■ Con respeto y aprecio a la memoria de Don Fernando Díaz Alonso, radiodifusor que hizo de su medio, espacio para la comunidad con inédita generosidad.

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Por: Carlos Eduardo Torres Muñoz •

Hay que decirlo: si algo salió bien en nuestro proceso de transición a la democracia, fue el órgano del Estado que organiza las elecciones. El ejemplo de profesionalismo, capacidades técnicas, carrera, mérito y servicio de este órgano constitucional autónomo, incluso es referencia para otros que hemos venido construyendo en esta etapa de consolidación democrática y modernización institucional en México. En el documento INFORME QUE, POR INSTRUCCIONES DEL CONSEJERO PRESIDENTE, RINDE LA SECRETARÍA EJECUTIVA AL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, EN RELACIÓN CON LA INCIDENCIA EN LA FUNCIÓN ELECTORAL DE LOS DECRETOS DE REFORMA POR LOS CUALES SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LAS LEYES GENERALES DE COMUNICACIÓN SOCIAL, DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS, DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES Y DE PARTIDOS POLÍTICOS, ASÍ COMO DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, Y POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY GENERAL DE LOS MEDIOS DE IMPUGNACIÓN EN MATERIA ELECTORAL (1), se da cuenta con precisión (y preocupación) de los riesgos que el ya mencionado Plan B, tiene para la garantía de derechos, en referencia a la reducción de casi el 85% del Servicio Profesional Electoral Nacional. En el recuento de los derechos afectados, se encuentran: el derecho a la identidad, el de asociación política, el de igualdad y secrecía del voto, el de elegir libremente a representantes y gobernantes, el de renovación de los poderes por medio de elecciones libres y auténticas, el de la información y transparencia en las elecciones, el de participación en condiciones de equidad y, de ser electo, el de la justicia en materia electoral, el de participación política y discusión de la agenda pública; lo anterior porque, como se ha establecido de manera reiterada, los derechos cuestan; más que ideas abstractas para que sean realidad, se requiere de políticas que implican acciones, estrategias, presupuesto, personal y materiales indispensables para su realización. Sin personal a cargo de las tareas que permiten que dichos derechos sean más que una mera idea en la Ley, lejos de ser un reconocimiento, pasan a convertirse en una ofensa para la ciudadanía. 

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El documento también analiza, de manera exhaustiva y pormenorizada, los riesgos que implica el referido Plan B para la protección de los datos personales, recorriendo la legislación y las obligaciones que en la materia rigen al Instituto Nacional Electoral, identificando en dos clasificaciones tales riesgos, los de seguridad y los de dato personal. En los primeros enlista el robo, divulgación interna no autorizada, el mal tratamiento, la consulta y/o modificación no autorizada, de información reservada y/o confidencial; fallas o errores en la operación; ejecución no autorizada de transacciones y destrucción no autorizada de información. En lo referente al riesgo de dato personal, el documento identifica el robo, extravío o copia no autorizada; el uso, acceso o tratamiento no autorizado; daño, alteración o modificación no autorizada y la pérdida o destrucción no autorizada. Todo lo anterior se relaciona con el mandato relativo a la instalación de los Módulos de Atención Ciudadana, “preferentemente en inmuebles de dominio público bajo la premisa del ahorro de rentas”. En este aspecto, creo, sin embargo, que tanto la expresión “preferentemente” permite cierto margen, como existen alternativas de diálogo, colaboración y construcción de alternativas o cuando menos de un análisis conjunto, en lo que hace a este último punto, con el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), cuestiones que quizá el INE puede abordar, en la lógica de construir acuerdos, tanto al interior, como al exterior, que fortalezcan sus argumentos, y expongan la disposición a explorar opciones de reducción presupuestal. Esto, con la perspectiva puesta en una narrativa de disposición a un ejercicio pleno de deliberación respecto a las propuestas, con miras a una futura reforma, que debe plantearse con todos los actores e instituciones posibles, incluyendo al propio INE, con base en este documento ya citado, pero también a otras instituciones como el INAI, el Tribunal Electoral, los organismos locales en la materia, y terceros independientes al proceso (en lo que cabe) que realicen un análisis colaborativo, multidisciplinario y exhaustivo, de qué reducciones, mejoras y oportunidades de ahorro existen. 

Por lo pronto, coincido en que, esta reforma ni es pertinente ni es prudente ni es necesaria, y en política, lo que es impertinente, imprudente e innecesario, es un error.

Notas:

(1) Disponible en https://repositoriodocumental.ine.mx/xmlui/handle/123456789/147695

@CarlosETorres_

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