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domingo, 15 junio, 2025
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Revisarán situación migratoria de Laurence Maxwell antes de liberarlo

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Xalapa, Ver. Manifestantes al exterior del Penal Federal número 5. Foto: La Jornada

Xalapa, Ver. Autoridades del penal federal número 5 de Villa Aldama, Veracruz, informaron a la familia de Laurence Maxwell Ilabaca, que antes de ser liberado, será presentado a la delegación del Instituto Nacional de Migración, para revisar su estatus migratorio en el país.

A las 14:15 horas de este sábado, en las afueras del penal federal, el diputado Chileno, Jorge Insulza, que ingresó al Penal y habló con las autoridades, notificó a Alberto Maxwell Canales, padre del chileno detenido, la disposición de las autoridades.

«En el caso de Maxwell, como extranjero, él tiene que cumplir todavía un procedimiento en el Instituto Nacional de Migración (para revisar su estatus migratorio), y de ahí ya quedaría libre.

«No va a ser deportado, no nos han notificado nada de eso, se trata solo de un procedimiento porque es extranjero. A él se le han levantado todos los cargos, y por lo tanto él puede continuar su estadía en México sin ningún problema», dijo el legislador.

En este momento, la familia de Laurence Maxwell hace su traslado de Villa Aldama al puerto de Veracruz, en donde se encuentran las oficinas  de la delegación de Migracion.

En tanto, familias de los ocho detenidos en el penal de Villa Aldama, se encuentran en las afueras del reclusorio, en espera de que el resto de los detenidos sean liberados en el transcurso de la tarde.

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Manchester United vence 3-0 al Hull y escala a la cuarta posición

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El volante del Manchester United Marouane Fellaini (centro) disputa un pase aéreo. Foto Ap

Londres. Robin van Persie puso fin a una sequía de goles de un mes al anotar uno de los tantos con que Manchester United derrotó el sábado a Hull por 3-0 para alcanzar el cuarto puesto de la Liga premier y pelear una plaza en la Liga de Campeones.

El delantero Wayne Rooney y el defensor Chris Smalling también anotaron para que el United completara tres triunfos por primera vez bajo la dirección de Louis van Gaal.

Los goles de los Reds Devils los anotaron Chris Smalling (16), Wayne Rooney (42) y Robin Van Persie (66). Con este resultado, el United sumó 22 unidades para situarse en el cuarto peldaño, en la última posición que da acceso a la próxima edición de la Liga de Campeones, a 10 puntos del líder Chelsea, que empató 0-0 con el Sunderland.

En el minuto 15 Chris Smalling adelantó a los locales en una jugada llena de rebotes dentro del área que el central acertó a empujar a las mallas.

Antes del descanso, al 41, el español Ander Herrera amortiguó un centro largo y cedió el balón a Van Persie que se la dejó en bandeja a Wayne Rooney para que acertara con un disparo duro y colocado desde fuera del área.

Con la entrada del medio español, habitual suplente, el equipo de Old Trafford ganó en control y, en un partido cómodo, ofreció un juego vistoso a sus aficionados.

Ya en la segunda parte Van Persie selló el triunfo con un latigazo desde fuera del área al aprovechar un pase de Herrera, que robó el balón en el centro del campo.

El colombiano Radamel Falcao estuvo a punto de marcar en la prolongación (90+1) en una jugada de contraataque que él mismo inició. Cedió para el español Juan Mata, que condujo por la derecha y, tras darle el pase de la muerte, el remate del ‘Tigre’ se topó con el cuerpo de un defensa en la línea de gol.

En otro partido de este sábado el Liverpool venció 1-0 en Anfield al Stoke City con un gol en el minuto 85 de Glen Johnson, que acertó a meter la cabeza con valentía después de que el balón golpeara en el larguero.

Con este resultado el Liverpool queda en la posición once, con 17 puntos, muy lejos de los puestos de cabeza. El Stoke City está una posición por debajo, con 15.

Antes el Arsenal, sexto en la tabla general, ganó 1-0 al West Bromwich Albion, que se encuentra en el peldaño 14. Un gol de cabeza de Danny Welbeck (minuto 60) tras una buena jugada personal del español Santi Cazorla dio los tres puntos al equipo de Arsene Wenger, que esta temporada combina buenas actuaciones con varias decepciones.

Además el Burnley (19) y el Aston Villa (16) empataron 1-1, mismo resultado que cosecharon el Swansea (7) y el Crystal Palace (13). El Queens Park Rangers (18), por su parte, venció 3-2 en su estadio al colista Leicester, en el que marcó el veterano centrocampista argentino Esteban Cambiasso.

Finalmente el West Ham siguió con su buena trayectoria y alcanzó el quinto puesto al ganar 1-0 al Newcastle (8), que cortó su racha de seis victorias consecutivas.

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Satisfactoria, evolución de Pelé tras operación renal

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El ex futbolista fue intervenido quirúrgicamente hace unas semanas. Foto: Reuters

Sao Paulo. El ex astro brasileño del futbol Pelé continúa con una «buena evolución» en terapia intensiva, y será sometido a diálisis renal hasta este domingo, informó la tarde del sábado el hospital de Sao Paulo donde está internado desde el lunes.

«El tratamiento de soporte renal continuará siendo administrado hasta mañana (domingo) temprano, cuando será detenido», informó el hospital Albert Einstein. «El paciente Edson Arantes do Nascimento (Pelé) continúa con buena evolución, bajo cuidados en la unidad de terapia intensiva. Se mantiene lúcido y estable desde el punto de vista hemodinámico y respiratorio», señaló la nota.

El centro médico señala que Pelé, de 74 años, está sometido a hemodiafiltración, un tipo de diálisis renal con filtración de sangre con la que se sustituye la función de los riñones, explicaron médicos. El hospital había informado más temprano que Pelé continuaba recibiendo antibióticos. «Todos los cultivos recogidos (sangre y orina) están negativos», señaló un boletín emitido por la mañana.

Algunos medios locales publicaron desde el jueves por la noche que ‘O Rei’ podría haber sufrido una septicemia por no reaccionar a los antibióticos y que su estado era «delicado».

El miércoles, el propio hospital había informado que Pelé estaba siendo sometido a un tratamiento antibiótico intravenoso. Al día siguiente, que presentaba «inestabilidad clínica» y más tarde que había sido trasladado a terapia intensiva, lo que despertó las alertas sobre su salud.

Sólo el viernes el centro médico reconoció que Pelé estaba siendo sometido a hemodiálisis. Por la noche dijo que estaba respondiendo a los antibióticos. -Sólo un riñón- Nombrado como Mejor Atleta del siglo XX por el Comité Olímpico Internacional en 1999, Pelé ingresó al hospital la noche del lunes después de que unos exámenes rutinarios revelaran un cuadro de infección de orina. ‘O Rei’ había sido intervenido el pasado 13 de noviembre de cálculos renales en este mismo hospital y dado de alta dos días después.

La prensa brasileña había publicado que Pelé tiene un sólo riñón y que el otro le fue retirado en una cirugía hace muchos años, pero el hospital dijo a la AFP que no podía confirmar esas informaciones. Sin embargo, el agente del ex astro, José Fornos, conocido como Pepito, dijo a la AFP que «hace muchos años que tiene sólo uno, desde cuando aún jugaba».

El eterno ’10’, que en 1 mil 363 partidos marcó el récord de 1 mil 281 goles, es reconocido como uno de los mejores jugadores de todos los tiempos.

Edson Arantes do Nascimento, nacido el 23 de octubre de 1940 en un hogar humilde de la ciudad de Tres Coraçoes, en el estado de Minas Gerais (sureste), logró tres títulos mundiales con la selección de Brasil (1958-1962-1970, el primero con 17 años), marcando 77 goles en 91 juegos con la camiseta auriverde.

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Llegan restos de “Chespirito” al DF

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El cuerpo del comediante mexicano Roberto Gómez Bolaños "Chesperito" llegaron a la ciudad de México. Foto: La Jornada

Toluca. Esta tarde llegaron al aeropuerto de la ciudad de Toluca, en un avión privado procedente de Cancún, los restos de Roberto Gomez Bolaños «Chespirito».

En medio de un dispositivo de seguridad, llegó la aeronave que trasladó el cuerpo del comediante mexicano, acompañado de su esposa e hijo.

El cortejo fúnebre salió del aeropuerto, escoltado por motocicletas y unidades de seguridad, así como varios vehículos, sobre paseo Tollocan y tomará la autopista Toluca-México.

En las inmediaciones del aeropuerto se implementó un operativo de seguridad, no se registraron problemas, y fue poca la gente que se vio afuera del aeropuerto, esperando que saliera el cortejo.

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El Papa reza en mezquita de Estambul

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Siguiendo los pasos de su antecesor, Benedicto XVI, quien visitó Turquía en 2006, Francisco rezó junto al gran muftí de Estambul, Rahmi Yaran, dentro de la mezquita del sultán Ahmet del siglo XVII. Foto Sfor

Estambul. Con la cabeza inclinada y las manos entrecruzadas por delante, el papa Francisco rezó este sábado durante dos minutos, en silencio y mirando hacia el este, en el interior de una de las mezquitas más importantes de Estambul, mientras centró la atención en asuntos religiosos en la segunda jornada de su visita de tres días a la nación musulmana.

Siguiendo los pasos de su antecesor, Benedicto XVI, quien visitó Turquía en 2006, Francisco rezó junto al gran muftí de Estambul, Rahmi Yaran, que tenían las palmas hacia el cielo durante una oración musulmana dentro de la mezquita del sultán Ahmet del siglo XVII.

«Ojalá dios lo acepte «, dijo Yaran al Papa al final de la oración que tuvo como objetivo mostrar respeto por el Islam y fomentar lazos más fuertes entre las dos religiones.

El portavoz del Vaticano, el reverendo Federico Lombardi, calificó el momento como una «adoración» silenciosa.

Lombardi, que estaba detrás del papa, dijo que Francisco comentó en dos ocasiones al muftí que «adoramos» a Dios y no sólo lo alabamos y glorificamos.

El ambiente era notablemente distinto del primer día, donde se veía al Papa sencillo y frugal algo incómodo con la pompa y el protocolo impuesto por la visita de Estado.

Una vez que el megapalacio del presidente Recep Tayyip Erdogan, la guardia de honor y la escolta a caballo quedaron atrás, el pontífice se dedicó a demostrar respetos a la jerarquía musulmana, saludar a la pequeña comunidad católica y a reunirse con el líder espiritual mundial de los cristianos ortodoxos.

Previamente, el pontífice asintió, sonrió y alzó la vista con asombro cuando Yaran lo guió por el interior de la Mezquita Azul, famosa por sus mayólicas azules y cúpulas en cascada. Escuchó atentamente mientras Yaran explicaba a través de un intérprete ciertos versículos del Corán.

Al obsequiar al Papa una mayólica decorada con un tulipán azul, Yaran dijo que rogaba a Dios que la visita «contribuya a que el mundo se lleve bien y viva en paz».

«Necesitamos oraciones. El mundo realmente necesita oraciones», dijo Yaran.

Benedicto XVI visitó Turquía en 2006 en medio de mayores tensiones entre cristianos y musulmanes y el Vaticano añadió al itinerario en el último minuto una parada en la mezquita, en un intento de mostrar su respeto por el islam.

Francisco visitó después la cercana Iglesia de Santa Sofía, el principal templo bizantino de Constantinopla -actual Estambul- antes de convertirse en mezquita tras la conquista musulmana de la ciudad en 1453. La iglesia de Santa Sofía es ahora un museo, aunque algunos grupos islámicos quieren volver a convertirla en un centro de oración para su fe.

El papa Pablo VI, que realizó la primera visita papal a Turquía en 1967, se arrodilló para rezar en el interior de Santa Sofía, lo que provocó protestas de turcos que afirmaron que había violado el carácter laico del complejo abovedado. Todos los ojos se volvieron hacia Francisco para ver si él haría lo mismo pero, atento para no herir sensibilidades en Turquía, evitó orar dentro del edificio.

A mitad de su recorrido, la llamada musulmana al rezo de la Mezquita Azul se hizo eco en las paredes de mármol de Santa Sofía, ahogando la voz de la directora del museo que escoltó al pontífice en su visita.

Unas pocas decenas de simpatizantes fuera de Santa Sofía ondearon una combinación de la bandera turca y la del Vaticano. Uno de ellos portaba una pancarta en la que podía leerse: «Tú eres Pedro».

En las próximas horas Francisco se reunirá con Bartolomé, la verdadera razón de su visita a Turquía.

Las dos ramas del cristianismo representadas por Bartolomé y Francisco se separaron en 1054 debido a sus diferencias sobre el poder del papado, Los dos jefes espirituales participarán de una liturgia ecuménica y firmarán una declaración conjunta como parte del proceso de reunificación de las iglesias.

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Rescatan a 12 hondureños en Tabasco tras ser plagiados

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Migrantes en la estación de tren en Arriaga, Chiapas, el 26 de junio de 2014. Foto: La Jornada

México, DF. Autoridades federales rescataron a 12 hondureños en una zona rural conocida como Rojo Gómez en el municipio de Tenosique, Tabasco. Los extranjeros habían sido plagiados dos días atrás por un grupo de presuntos extorsionadores y secuestradores dedicados a cometer ilícitos en contra de migrantes.

Los presuntos responsables lograron escapar.

Familiares de los hondureños habían realizado varios depósitos bancarios a los secuestradores. Con base en esas denuncias se inició el operativo en donde se logó rescatar a los extranjeros quienes, entre la maleza, se encontraban atados de manos, informó este sábado el Instituto Nacional de Migración.

Los 12 extranjeros, una mujer y 11 hombres (entre ellos dos menores de edad) de origen hondureño, fueron puestos a disposición del Ministerio Público Federal en Tenosique para realizar las investigaciones correspondientes.

Testimonios de los hondureños rescatados señalan que al detectar la presencia de las autoridades federales, el grupo delictivo se escapó.

El Instituto Nacional de Migración ratifica que estos operativos se realizan en cumplimiento a su compromiso con la protección de la seguridad e integridad física de los migrantes, independientemente de su situación migratoria, con pleno respeto a los derechos humanos y a la normatividad vigente, aseguró el organismo dependiente de la Secretaría de gobernación.

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Dictan auto de formal prisión a 4 jóvenes detenidos el 20NovMex cerca del AICM

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Protestas del 20 de noviembre en los alrededores del aeropuerto capitalino. Foto: La Jornada

México, DF. El juez décimo penal de Delitos No Graves del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal dictó el auto de formal prisión contra los cuatro jóvenes que fueron consignados al Reclusorio Norte, luego del enfrentamiento que se registró entre policías de la Secretaría de Seguridad Pública capitalina y un grupo de jóvenes con el rostro cubierto en Boulevard Puerto Aéreo y la avenida Ignacio Zaragoza.

De acuerdo con la causa penal 364/2014, José Manuel Morales Ruiz y Miguel Ángel Lara Mosso serán procesados por los delitos de ataques a la paz pública y ultrajes a a autoridad. Mientras que a Samantha Buendía Hernández y Alejandro Cabrera Ávila, además de las referidas imputaciones, también se les acusó de la portación de objetos aptos para agredir.

Los cuatro jóvenes llevaran el procedimiento en libertad debido a que son delitos no graves, luego del pago de una fianza que hicieran por cerca de 100 mil pesos cada uno para poder salir del reclusorio Norte, donde habían sido consignados por la Procuraduría capitalina, tras su presunta participación en la confrontación de uniformados y el grupo de jóvenes encapuchados el pasado 20 de Noviembre.

De acuerdo con el expediente, los jóvenes estuvieron en el referido punto cuando intentaban llegar al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y fueron replegados por efectivos policiacos por lo que también se informó, intentaron prender fuego a una pipa que contenía combustible que presuntamente secuestraron en Circuito Interior.

Según el expediente que remitió la Subprocuraduría de Proceso al juez de Delitos No Graves, dos de los jóvenes dieron positivo en los exámenes de manejo de explosivos, pues supuestamente se les encontraron rastros de pólvora.

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Director de cárcel de Venezuela será acusado por muerte de 35 presos

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Reos del Centro Penitenciario David Viloria son trasladados este viernes a la morgue del Hospital Central Antonio María Pineda para reconocer los cadáveres de sus compañeros muertos por intoxicación, en Braquisimeto, Venezuela. Foto Xinhua

Caracas. La Fiscalía General de Venezuela informó este viernes que acusará ante un tribunal al director de la cárcel Uribana, en el occidente del país, por su presunta responsabilidad en la muerte por envenenamiento de 35 presos que asaltaron la enfermería de la prisión.

La Fiscalía dijo que el director de la cárcel, Julio César Pérez, será imputado por varios cargos. El jefe de la prisión fue detenido por agentes del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), tras una orden de arresto de la Fiscalía.

El Ministerio Público designó a un equipo multidisciplinario para investigar lo ocurrido en la prisión, donde los internos asaltaron la enfermería, echaron mano de fármacos y los ingirieron con alcohol, según la versión oficial.

El presidente de la Comisión de Cultos y Régimen Penitenciario de la Asamblea Nacional (Congreso), William Ojeda, informó que la ministra de Asuntos Penitenciarios, Iris Varela, constató en el lugar de los hechos que los presos ingirieron fármacos de manera masiva y descontrolada.

«Buscaban drogarse y asaltaron el centro de medicina: acetaminofén y antibióticos, estando ellos en huelga de hambre», señaló Ojeda en una rueda de prensa en la que explicó el avance de las investigaciones.

Explicó que 145 internos amotinados participaron en el asalto a la enfermería, de los 3 mil que están recluidos en la prisión, ubicada en el estado de Lara.

En grupo de internos inició el lunes una huelga de hambre, en protesta por la mala calidad de los alimentos y contra la directiva del penal.

Ojeda afirmó que los guardianes «le acercaban comida y ellos la rechazaban».

«En Uribana no hay armas ni drogas; algunos privados de libertad presumieron que podrían drogarse con estas medicinas y las mezclaron con alcohol (absoluto)», aseveró.

Dijo que una vez en el puesto de medicinas hicieron un «cóctel con todas las pastillas que consiguieron a su paso, mezclándolo con alcohol absoluto».

«Hasta hoy, según informa la ministra, quien está en el lugar, hay 35 fallecidos por la ingesta indebida y masiva de fármacos. Buscaban drogarse», reiteró.

Ojeda señaló además de las víctimas mortales hay 20 presos que se encuentran en estado delicado en el hospital donde fueron trasladados. Agregó que desde el miércoles que se ha hecho una clasificación de los presos que presentaron mareos y están en observación.

«Hubo una acción de insubordinación por parte de un conjunto de privados de libertad en ese centro, que tiene nuevo régimen penitenciario. Habían algunos que recién llegaban de centros policiales y pretendieron protestar por la disciplina, el rigor que impera en favor del trabajo y estudio en el centro penitenciario», indicó.

La organización no gubernamental Observatorio Venezuela de Prisiones (OVP), dijo que en 2013 murieron 506 presos en hechos violentos en cárceles venezolanas y que este año las cifras siguen aumentando.

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Retoma trabajos AGP para fijar fecha de diálogo con autoridades

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Asamblea General Politécnica en la ESCA del Casco de Santo Tomás. Foto: La Jornada

México, DF. Hoy la Asamblea General Politécnica (AGP) retoma los trabajos para definir la fecha en la que se convocará a las autoridades para reanudar el diálogo en búsqueda de la solución del conflicto que se vive en el Instituto Politécnico Nacional (IPN) desde hace casi dos meses.

Los alumnos en paro iniciaron ayer el debate sobre ese y otros asuntos en la Escuela Superior de Comercio y Administración (ESCA) del Casco de Santo Tomás y decretaron realizar un receso durante la madrugada de hoy.

De acuerdo con algunos politécnicos, los representantes estudiantiles que trabajan a puerta cerrada, abordarán hoy las propuestas de recalendarización que han formulado las asambleas de distintas escuelas, en las cuales exponen sus necesidades particulares.

Hasta antes del receso, según comentaron estudiantes, se había aprobado la redacción de la carta compromiso que pretenden que firme el director general del Instituto, Enrique Fernández Fassnacht, así como la participación del funcionario en los trabajos previos a la convocatoria para la Comisión Organizadora del Congreso Nacional
Politécnico.

El martes pasado fue suspendida la sesión de la mesa de diálogo que sostienen los politécnicos con funcionarios federales luego de que una parte de los jóvenes que se encontraban a las afueras del auditorio “Alejo Peralta”, donde se celebraba la reunión, manifestaron su descontento con el trabajo que llevaban a cabo sus representantes.

De acuerdo con representantes de la AGP en la mesa de diálogo, se trató de una minoría, cuyas opiniones y propuestas serían siendo atendidas en la sesión del organismo de representación estudiantil que se lleva a cabo en la ESCA.

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Resolución completa del juez que ordenó la liberación de detenidos el 20NovMx

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Familiares e integrantes del plantón frente a oficinas del decimoséptimo juzgado federal con sede en Xalapa, Veracruz, festejaron tras recibir la noticia de auto de libertad a los 11 detenidos en el 20 de noviembre. Foto: La Jornada

México, DF. El juzgado 17 de distrito en materia penal con sede en Xalapa, Veracruz, estableció que las acusaciones formuladas por elementos de la Policía Federal y por la Procuraduría General de la República (PGR) en contra de 11 personas detenidas como presuntos responsables de actos vandálicos cometidos en el Zócalo capitalino el pasado 20 de noviembre, resultan inverosímiles y que no se ajustan a “las reglas de la lógica básica”.

El juzgador explicó en su resolución que en el caso de la acusación de homicidio en grado de tentativa tuvo que reclasificarla por el delito de lesiones en contra de un agente, pero advierte que no hay manera de que los inculpados (ahora en libertad) no pudieron intentar asesinar al agente federal ya que los golpes que presuntamente lanzaron lo hicieron “causándose daños ellos mismos; de modo que no resulta lógico deducir que si unas personas pretenden privar de la vida a otra, se hagan daño ellas mismas”, ya que los golpes daban en el escudo o equipo antimotín del policía y los que los lesionados eran los agresores.

En cuanto al cargo de asociación delictuosa, el juzgador considera que la imputación resulta “inverosímil” y que no se ajusta a las reglas de la lógica básica porque en primer lugar los acusados no fueron detenidos junto a la valla metálica que rodeaba Palacio Nacional, los policías federales afirmaron que estaban en posesión de cohetones, bombas motolov y “pero no fueron asegurados esos objetos para tener la certeza de su existencia”.

Por lo que se refiere a la acusación de motín, el órgano del Poder Judicial de la Federación resalta que ninguno de los acusados se conocía entre sí, que la PGR y los agentes no pudieron probar que pertenecían alguna organización delictiva, y señala que los teléfonos celulares de los 11 fueron “rastreados” y sus cuentas de redes sociales revisadas, sin encontrar ningún elemento que los inculpara de la comisión de un delito.

Esta es la resolución completa:

Sustentado en el principio de Presunción de Inocencia, Juzgado Federal

Se ordena inmediata libertad de 11 personas detenidas el pasado 20 de noviembre en el Zócalo de la Ciudad de México

Asunto: El Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, informa que dentro de la causa penal 45/2014, iniciada en contra de once personas detenidas en el Zócalo de la Ciudad de México el pasado 20 de noviembre de los corrientes, resolvió la reclasificación del delito de homicidio en grado de tentativa, previsto en el artículo 302, en relación con el 12, párrafos primero y segundo, y sancionado en los diversos numerales 63 y 307 del Código Penal Federal, cometido en agravio de un agente de la autoridad, por el de lesiones,  previsto por el artículo 288 del Código Penal Federal, imputado a los detenidos por el Agente del Ministerio Público de la Federación.

Asimismo, a las 09:00 horas de este día dictó auto de libertad por falta de elementos a favor de los once detenidos, debido a la insuficiencia de pruebas aportadas por el Agente de Ministerio Público de la Federación para acreditar en su totalidad los elementos del cuerpo de los delitos de:

a) Lesiones, previsto en el artículo 288 del Código Penal Federal cometido en agravio de una persona;

b) Asociación delictuosa, previsto y sancionado en el artículo 164, párrafo primero, del Código Penal Federal; y

c) Motín, previsto y sancionado en el artículo 131, párrafo primero, del Código Penal Federal.

Por tal motivo, se giró oficio al Juez Tercero de Distrito en Materia de Amparo Penal en Tepic, Nayarit, para que por su conducto, se gire boleta de libertad en favor de las tres mujeres que se encuentran recluidas en el centro Federal de Readaptación Social de Tepic, en Nayarit.

Para los mismos efectos, se giró oficio al Juzgado Primero de Distrito en Procesos Federales en el Estado de Veracruz, con residencia en Villa Aldama, para que se deje en libertad a los ocho hombres.

Se giró oficio al Cónsul General de la República de Chile en México, por haber solicitado asistencia consular uno de los indiciados de nacionalidad chilena, así como al Juzgado Décimo Segundo de Distrito de Amparo en Materia Penal en el juicio de amparo 1203/2014, para su conocimiento y efectos legales conducentes.

El Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, con residencia en Xalapa, se declara incompetente por razón de territorio para conocer de este asunto, declinando la competencia a favor del correspondiente Juzgado de Distrito en Procesos Penales Federales en el Distrito Federal, ya que los hechos ocurrieron en la Ciudad de México.

Resolución:

En su resolución, el juez de la causa estableció que por lo que respecta al delito de homicidio en grado de tentativa, para que exista el mismo, se requiere que los sujetos activos sin calidad específica, tengan el propósito de cometer el delito, así como que inicien su ejecución mediante actos idóneos, pero que el ilícito no se consume por causas independientes a su voluntad.

De esta manera, el dicho de los agentes aprehensores, contenido en la puesta a disposición y su ratificación por los elementos adscritos a la División de Fuerzas Federales de la Policía Federal, no demuestran la intención de privar de la vida al agente de la autoridad y tampoco que se ejecutaron actos idóneos encaminados directa e inmediatamente para la realización del delito de homicidio y que no se hubiera llevado a cabo por causas ajenas a la voluntad de los agentes.

Asimismo, de las declaraciones de los mismos elementos adscritos a la División de Fuerzas Federales de la Policía Federal, se advierte que muchos de los golpes que propinaban los agresores daban en el escudo y equipo de protección del ofendido, causándose daños ellos mismos; de modo que no resulta lógico deducir que si unas personas pretenden privar de la vida a otra, se hagan daño ellas mismas, esto es, su intención no se ve encaminada a privar a una persona de la vida, porque sin justificar el actuar de los agresores, se trata de una contienda que se origina porque advirtieron los agentes aprehensores que se veía amenazado el Estado Mayor Presidencial y por eso decidieron intervenir.

 

Además, al sostener que esos golpes tenían como destino final el equipo de protección del agente de la autoridad, esos datos revelan que no se utilizaron medios idóneos para privar de la vida a una persona, pues lejos de causarle daño al ofendido, se lo causaban los mismos sujetos activos del delito; esto es, a través de esas manifestaciones no se demuestran los actos encaminados directa e inmediatamente a la realización del delito de homicidio, porque no se puede provocar un homicidio causándose un daño el propio agresor, lo que indica que los golpes que aplica a la víctima no causan el daño suficiente para privarlo de la vida, por lo tanto, se trata de actos que no son idóneos.

Agrega el órgano jurisdiccional que, en suma, de acuerdo con los hechos consignados y según las pruebas ofrecidas por el órgano acusador, no puede establecerse con certeza que los actos ejecutivos de los agentes fueron idóneos para poner en peligro la vida del pasivo, máxime que ni siquiera las lesiones están clasificadas y no se puede constatar si pusieron o no en peligro la vida del ofendido.

Concluye en su resolución que toda vez que los hechos consignados son que los sujetos activos del delito, causaron alteraciones en la salud del pasivo del delito, agente de la autoridad, sin que se demuestre que llevaron actos idóneos encaminados directa e inmediatamente para privarlo de la vida, y que no se hubiera producido esa conducta por causas ajenas a la voluntad de los activos, se arriba a la conclusión que no está demostrado el elemento subjetivo del delito consistente en la intención de privar de la vida a una persona.

Con base en lo anterior, determinó reclasificar el delito por el de lesiones, previsto por el artículo 288 del Código Penal Federal.

Por otra parte, el órgano jurisdiccional advirtió algunas inconsistencias en las declaraciones de los agentes aprehensores, ya que el número inicial de «alborotadores» no es el mismo en todo momento, pues en un primer instante se menciona que son 30, después dice que se le suman dieciséis o dieciocho y finalmente sostienen que las personas que intervienen en la trifulca y quieren huir son asegurados, siendo detenidos los once inculpados que se encuentran a disposición de este juzgado federal.

Luego, al no explicar o dar una razón fundada el por qué variaron el número de participantes que provocan la zozobra entre los manifestantes que pacíficamente acudieron a manifestarse al Zócalo de la Ciudad de México, crea incertidumbre y resta credibilidad a su dicho, porque no se explica que si en total fueron de cuarenta y seis a cuarenta y ocho, finalmente sólo sean once las personas detenidas.

Otro aspecto que genera inverosimilitud en el dicho de los agentes aprehensores, deriva de que en su intervención para salvar a su compañero de la agresión tumultuaria, los activos del delito llevaban piedras, palos y bombas molotov, así como petardos,  pero no fueron asegurados esos objetos para tener la certeza de su existencia; además, conforme a la cadena de custodia, en el formato II denominado «procesamiento de los indicios o evidencias por la policía facultada y/o peritos» se advierte que los únicos objetos asegurados fueron los equipos telefónicos de los inculpados, de tal manera que no se tiene la certeza de la existencia de algún palo, piedra o algún objeto con el que se le pudiera causar un daño.

Este juzgador no le otorga valor probatorio alguno a las declaraciones de los agentes aprehensores, en términos del artículo 285 del Código Federal de Procedimientos Penales, al no reunir los requisitos del diverso numeral 289, fracción IV de la misma ley procesal, al no ser claras y precisas, generando dudas sobre la sustancia del hecho y circunstancias esenciales.

Por lo que hace al delito de asociación delictuosa, este órgano jurisdiccional considera que la información que se contiene en el oficio de puesta a disposición y en las respectivas diligencias de ratificación de los agentes de la Policía Federal que lo signaron, es inverosímil y no se ajusta a las reglas de la lógica básica, motivo por el cual no puede asignársele el valor demostrativo que pretende otorgarle la Representación Social, ni siquiera como indicio, en términos del artículo 285 del Código Federal de Procedimientos Penales, por las siguientes razones.

En sus declaraciones, los imputados declararon no conocerse entre sí ni pertenecer a ningún grupo delictivo, la realidad es que ninguno de ellos reconoció haberse encontrado en el lugar específico en el que -según el parte informativo- ocurrieron los hechos, que fue en la valla metálica puesta justo enfrente de la entrada principal de Palacio Nacional; además de que ellos no se ubicaron en las circunstancias de modo de ejecución del delito que se les atribuye; de ahí que dichas declaraciones de los inculpados, lejos de servir como un indicio que corrobore el parte informativo, lo contradicen.

Establece el juez de la causa que de dichos elementos de prueba no se advierte la relación que guarda la información que se contiene en aquellos oficios con los inculpados, ni cuál es la razón por la cual pudiera considerarse que constituyen indicios para establecer que los inculpados, en conjunto, forman una asociación o banda de tres o más personas con propósito de delinquir; máxime que no se ofreció prueba fehaciente ni nada se dice al respecto en el pliego de consignación respecto a que los inculpados entre sí o como miembros de diversas células de personas, se integren con el propósito de delinquir.

Se establece de igual modo que del restreo que realizó la Dirección General de Prevención de Delitos Cibernéticos de la Policía Federal, por medio de Internet de los correos electrónicos, Facebook y redes sociales de los inculpados, la realidad es que tampoco aportan datos incriminadores para acreditar los elementos del cuerpo del delito de asociación delictuosa, previstos en el artículo 164, párrafo primero, del Código Penal Federal, consistentes en la existencia de un grupo de personas asociadas o de una banda; que ese grupo o asociación esté integrado por un número mínimo de tres personas; y, sobre todo, que dicha asociación o grupo de personas tenga el propósito de delinquir, para lo cual se requiere acreditar la existencia de un acuerdo previo de voluntades entre los integrantes respecto a la intención que persiguen; por tanto, no puede considerarse como indicio.

Por todo lo hasta aquí expuesto, ante la insuficiencia probatoria aportada por la Representación Social de la Federación y al no encontrarse demostrado en autos, en un grado indiciario de certidumbre jurídica que lleve a estimar demostrada la actualización de los elementos del cuerpo del delito de asociación delictuosa, procede dictar auto de libertad por falta de elementos para procesar, con las reservas de ley, en favor de los inculpados, al menos por lo que respecta al ilícito mencionado.

En lo que respecta al delito de Motín, de la descripción típica hecha por el legislador federal, se desprende que dicho delito es de realización tumultuaria -participación de masas- que ponen en peligro la seguridad del Estado, por el uso de violencia con la que se expresa una inconformidad, cuyo único fin se hace consistir en hacer, a través de actos violentos o de manera intimidatoria hacia la autoridad, el uso de un derecho, reconocido o no por las autoridades o pretextando su ejercicio o evitar el cumplimiento de una ley.

Por tanto, para que se actualice el injusto, es necesario que la Representación Social demuestre que la agrupación efectivamente generó violencia, así como que la finalidad de esa conducta era la de causar un menoscabo a la autoridad del Estado o presionar a éste, a fin de que tome una decisión en determinado sentido.

En esa tesitura, este Juzgado de Distrito considerando que no hay prueba suficiente que evidencie que los indiciados se ubican en las circunstancias de modo, tiempo y lugar de ejecución del delito de motín, según los hechos materia de la consignación, pues como ya se indicó, de sus declaraciones ministeriales se advierte que -en todo caso- sólo se ubican en las de tiempo y parcialmente de lugar.

Así, ante la insuficiencia probatoria aportada por la Representación Social de la Federación y al no encontrarse demostrado en autos, en un grado indiciario de certidumbre jurídica que lleve a estimar demostrada la actualización de los elementos del cuerpo del delito de motín, procede dictar auto de libertad por falta de elementos para procesar, con las reservas de ley, en favor de los inculpados, al menos por lo que respecta al ilícito mencionado.

Como consecuencia de lo anterior, este órgano jurisdiccional dictó auto de libertad a los 11 inculpados por los delitos de lesiones, motín y asociación delictuosa, como se establece en los párrafos anteriores.

Asimismo, es de destacar que parte de la defensa de los inculpados estuvo a cargo de Defensores Públicos Federales del Instituto de Defensoría Pública Federal.

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