Si la voluntad de las autoridades fuera realmente apegarse a la ley para resolver el caso de Brenda Quevedo, acusada por Isabel Miranda de Wallace como cómplice del secuestro y asesinato de su hijo hace 20 años, la solución sería “sencilla”, sostiene la abogada Karla Micheel Salas, defensora de esta mujer. “Tendría que declararse el no ejercicio de la acción penal de inmediato”.
Los 170 tomos del expediente “dan la impresión de ser un monstruo de mil cabezas, pero a la vez contienen un universo de evidencias abrumadoras sobre violaciones al debido proceso y a los derechos humanos, incluido el ejercicio de tortura sexual y tratos degradantes dentro del sistema penitenciario”.
La litigante y feminista asumió recientemente, junto con un equipo de abogados, la representación jurídica de Quevedo Cruz, una de los seis coacusados del caso Wallace. Reconoce que lo que hoy enfrentan los defensores es un escenario muy distinto al de hace dos décadas.
“A raíz de la resolución de la Suprema Corte de anular la sentencia contra Juana Hilda González, el caso vuelve nuevamente al debate público pero bajo una luz distinta. Ya no es determinante el ‘asesinato de carácter’ que se cometió gracias a la maquinaria de propaganda que manejaba la señora Wallace y la complicidad de medios dominantes. Hay una perspectiva crítica de la sociedad ante la práctica de tortura. Y hay todo un cuerpo de nuevas leyes que protejen los derechos humanos que antes no había”.
Menciona, por ejemplo, que cuando leyó las dos recomendaciones más recientes de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) por violaciones graves a los derechos humanos y procesales de Quevedo, dirigidas al ex fiscal general Alejandro Gertz Manero, “inmediatamente me saltó una nota de pie de página del documento firmado por la comisionada Rosario Piedra, donde se asienta: se entiende por caso Wallace el supuesto secuestro y homicidio de un hijo de la empresaria”.
Esa misma nota señala que se inició una “investigación” –entrecomillado en el original– con la exposición pública de los presuntos delincuentes… con el apoyo público del “entonces presidente” (Felipe Calderón) y que “posteriormente, se conoció que a estas personas se les violentaron sus derechos humanos”.
Esto –dice– “imprime un giro importante en la perspectiva con la que las instituciones del Estado trataron siempre las numerosas denuncias, acciones penales y amparos presentados por las seis víctimas. Todas cayeron en saco roto. Ninguna autoridad los escuchó.
“Al citar el hecho como ‘supuesto secuestro y asesinato’ cuestiona la existencia misma del crimen ante la abrumadora evidencia de un montaje y pone en relieve la colusión de las autoridades. Y al hablar del caso Wallace en general, engloba también a los otros presos procesados en el mismo expediente”.
Destaca que dicha resolución, en sí misma, constituye un quiebre importante del rol que tuvo la CNDH a lo largo de los primeros 10 años, cuando –sobre todo durante la gestión de Raúl Plascencia– desechó todas las querellas de las víctimas. En la resolución de 2025, la comisión sostiene que la desatención de la FGR “denota y demuestra una conducta sistemática y reiterada” de dicha institución, de lo que tomamos debida nota, puesto que con este tipo de acciones se vulnera el Sistema No Jurisdiccional de Protección de los Derechos Humanos… y se pone en relieve todo el aparato de colusión de servidores públicos que existió”.
Nuevo juez ¿nuevos ojos?
Hoy la causa penal contra Brenda Quevedo ha recaído bajo la responsabilidad del juez electo Carlos Alberto Rico Mondragón, del primer distrito. Cómo se va a conducir frente a este caso emblemático está en veremos.
–¿Le correspondería entonces a él reabrir las carpetas de investigación y decretar el no ejercicio de la acción penal por haber tortura de por medio?
–El delito de tortura no prescribe. Y está comprobado que a lo largo de todo el proceso nunca se investigaron las denuncias por tortura de manera debida. Las carpetas se pueden reabrir si hay voluntad política, pero también si hay una recomendación desde el ámbito internacional.
A petición de la madre, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Detenciones Arbitrarias hizo su propia investigación. En 2020 determinó que su privación de la libertad carecía de bases legales, por lo que solicitó su liberación inmediata.
Karla Salas cita un antecedente importante. Por una resolución similar del grupo de la ONU fue liberada en 2016 Nestora Salgado, quien había sido comandante de la policía comunitaria de Olinalá, Guerrero. Pasó dos años y medio en prisión acusada por supuesto secuestro por algunas familias manejadas por la mismísima Isabel de Wallace.
También se interpuso una demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en 2023 fue admitida.
“Otro antecedente fue el proceso de Digna Ochoa. Aparentemente, el caso estaba cerrado y logramos que se reabra, aunque fuera después de 20 años” (la defensora de derechos humanos veracruzana fue asesinada el 19 de octubre de 2001. La entonces procuraduría de justicia del Distrito Federal dio carpetazo alegando “suicidio simulado”. En 2021 la Corte Interamericana de Derechos Humanos demostró que fue un asesinato y ordenó la reapertura de la investigación). El equipo de la defensa en el litigio de este caso emblemático fue encabezado por Karla Salas y David Peña.
–Si se demuestra judicialmente que en el proceso contra Brenda y los demás hubo tortura ¿se tendría que ordenar la libertad?
–Debería. Pero en este caso el juez tiene la obligación de dar vista a lo que dice la fiscalía. Y la FGR resolvió desechando las denuncias y pruebas del delito de tortura. Puede, entonces, analizar el caso como violaciones graves a los derechos humanos y cómo, entre éstos, la tortura influye en todo el tratamiento del caso, empezando por el hecho mismo de que Brenda lleva 20 años sin que se emita sentencia. Lo que esperamos de este juez, electo por la sociedad, es que vea el caso con ojos distintos a los jueces del pasado y dicte ya una sentencia.
¿Qué puede hacer Ernestina Godoy?
“Pero es cuestión de tener la voluntad de hacerlo. En este caso, la fiscal general Ernestina Godoy podría ordenar una revisión integral del mismo y desembarcar en la orden de liberación. Otra opción donde también puede jugar el Poder Ejecutivo es que el mecanismo para la preliberación de personas con prisión prolongada y víctimas de tortura, que depende de la Secretaría de Gobernación, tome cartas en el asunto”.
–¿Es opción el recurso de la SCJN?
–Podría, pero es un camino muy largo.
Como litigante de causas penales de alto impacto, es notable el perfil de esta abogada (que además de feminista hace montañismo y maratones). Fue abogada de Norma Andrade, fundadora de Nuestras Hijas de Regreso a Casa y madre de Lilia Alejandra, una chica de 17 trabajadora de la maquila en Ciudad Juárez, asesinada en 2001; logró una sentencia de la Corte Interamericana en el caso de Campo Algodonero (sobre las jóvenes desaparecidas y asesinadas en esa franja desértica de la frontera norte).
–¿Cuál es tu conclusión, después de revisar el caso?
–El mapa de investigaciones muestra que la tortura no fue un hecho aislado ni carente de denuncia. Fue comunicada a múltiples autoridades durante más de una década. La respuesta estatal no fue esclarecer los hechos, sino fragmentarlos, archivarlos o declararlos insuficientes. El caso exige una revisión integral, la reapertura o impulso de las carpetas vigentes, el cumplimiento de las recomendaciones de derechos humanos y la investigación efectiva de la tortura y tortura sexual con estándares de debida diligencia, independencia y perspectiva de género.



