La reciente lucha magisterial por la abrogación de la Ley del ISSSTE, nos brinda una oportunidad para fortalecer el debate de las ideas, sobre su viabilidad. El problema es tal, que en su análisis no bastan perspectivas parciales y superficiales, pues son justamente esas, algunas de las razones por la que los diseños y reformas de muchos sistemas de pensiones, en el intento de atenderlo, han acrecentado el problema.
No debe estar en la “mesa de debate” el evidente y gran perjuicio que, para varias generaciones, provocaron las reformas que dieron origen en México a las AFORES. Me refiero al resquebrajamiento de la solidaridad en la seguridad social.
Claro que, desde una perspectiva meramente social, el deseo y la expectativa natural, sería volver al sistema de beneficio definido, abrogando la Ley; no obstante, en materia de pensiones, la visión cortoplacista o parcial (social, financiera y/o políticamente hablando) puede, lejos de beneficiar, causar perjuicios inestimables, como pasó justamente con las AFORES.
La percepción general sobre un sistema de pensiones deseable se caracterizaría por buenas pensiones garantizadas hasta la muerte. Visto a detalle y con mayor perspectiva analítica, sería aquel que 1) garantice acceso universal a la población que la necesita (sea por vejez, invalidez o muerte); 2) con un monto que permita sustituir razonablemente el nivel de ingreso antes del retiro y/o mantener un nivel de vida digna; y 3) que mantenga además un equilibrio financiero, que evite en medida de lo posible, requerir aportaciones adicionales por parte del Estado.
Pero ¿qué sucede cuando los sistemas fueron mal diseñados?, y más aún, cuando ante el problema las soluciones planteadas resultaron perjudiciales. Regresar al estatus previo generaría altos costos principalmente financieros, además conduciría a la paradoja de acrecentar con ello justamente el problema que se pretende atender.
Si alguna vez hemos escuchado sobre los problemas estructurales de una nación, este es un claro ejemplo; al problema le subyace la complejidad de su corrección.
En este, la causa de fondo no se soluciona, pues el problema no se generó a partir del pago de la primera pensión, sino desde la falta de afiliación de una gran parte de la población, a los sistemas de seguridad social contributiva. En México cerca del 50 por ciento de la población económicamente activa se encuentra sin afiliación al IMSS, ISSSTE, ISSFAM u otros sistemas similares.
La corrección de fondo implicaría entonces la utopía de regresar el tiempo para garantizar que todos los ahora adultos mayores que no tienen pensión por no haber cotizado en estos sistemas pudieran cotizar desde su primer trabajo. O bien, darles una pensión a cargo de un sistema al que nunca cotizaron, lo que implicaría acrecentar su presión financiera y por tanto el tamaño del problema.
¿Qué queda entonces? Mitigar la ausencia o insuficiencia de pensión (el problema actual). ¿Cómo? La primera alternativa, es reformar; la segunda generar mecanismos alternativos de intención.
En ambos casos, el Gobierno Federal ha hecho algunos esfuerzos importantes. Destaco dos:
La reforma a la Ley del IMSS durante 2020
Se orientó a mejorar los montos de cotización (incrementado las cuotas patronales) para a la vez, mejorar la expectativa del monto de pensión incrementado las reservas de las cuentas individuales.
Intenta también mejorar la posibilidad de acceso a la pensión mediante la disminución de las semanas de cotización y por lo tanto el incremento de la densidad de cotización.
Finalmente, constituye el Fondo de Pensiones para el Bienestar, como un mecanismo subsidiario a cargo del Estado para fortalecer el monto de las pensiones que se encuentren por debajo del salario promedio registrado en el IMSS (aproximadamente 17 mil 900 en la actualidad), que se convierte en una nueva forma de pensión mínima garantizada.
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores
En mi opinión, la mejor política pública de la llamada 4T. Esta pensión que ahora es de carácter universal, representa justamente, un ingreso básico garantizado para el adulto mayor, además, categorizado como derecho constitucional.
Para las personas adultas mayores sin derecho a pensión en un sistema como el IMSS, es simplemente la garantía de un ingreso en la vejez. Para el caso de las personas con derecho a pensión, es un ingreso complementario que mejora sus percepciones en la etapa de retiro, que, en el caso del IMSS, con su reforma ya de por sí, tiene mejor expectativa.
¿Son insuficientes los esfuerzos? Sí. ¿Son reprochables? De ninguna manera.
¿Qué falta? Mucho; pero principalmente, articular esos esfuerzos a través de reformas al marco jurídico que integre derechos y reduzca disparidades e inequidades.
Además, una discursiva político-social verdaderamente ética, que haga visibles para la ciudadanía, las virtudes de los esfuerzos, incluso desde una perspectiva técnica que cobra auge a nivel mundial y principalmente en américa latina,como alternativa para mitigar el problema de las pensiones: los sistemas multipilar, de los que hablaremos en próximas ocasiones.



