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jueves, 28 marzo, 2024
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CDHEZ llama a diputadas y diputados a legislar el derecho a la identidad de género

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Por: La Jornada Zacatecas •

María de la Luz Domínguez Campos, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ) llama a las diputadas y diputados locales a legislar el derecho a la identidad de género, como un derecho autónomo y justiciable, se informó en un comunicado.

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Domínguez Campos indicó que lo anterior es necesario en virtud a que en Zacatecas persisten normas, actos, prácticas administrativas y actitudes discriminatorias en contra de la comunidad de la diversidad sexual, particularmente en las oficinas del Registro Civil en las cuales se niegan la realización de trámites de nuevas actas de nacimiento por identidad de género, por ello, señaló que es urgente regular un procedimiento administrativo ágil que les dé certeza jurídica a las personas que soliciten el reconocimiento de este derecho, el resguardo del acta de nacimiento primigenia y la expedición de una nueva acta.

En el marco del foro denominado “La identidad de género es un derecho humano”, convocado por la diputada Mónica Borrego Estrada, la ombudsperson afirmó que las autoridades estatales y municipales tienen la obligación de respetar, promover, proteger y garantizar los derechos humanos de todas las personas, incluidas las personas trans, y por supuesto no ejercer ningún acto de discriminación, por razones de preferencias sexuales, expresión de género o cualquier otra condición que atenten contra su dignidad y tengan por objeto anular o menoscabar los derechos y las libertades fundamentales de dichas personas.

Dijo que el derecho a la identidad de género tiene su base en el derecho internacional y por lo tanto, las servidoras y servidores públicos estatales y municipales no deben ser omisas en conocer, interpretar y aplicar todo el marco jurídico internacional y nacional que prohíbe cualquier acto de discriminación en contra de las personas trans, por el contrario, deben garantizar el derecho a la identidad de género.

Señaló que de conformidad con los “Principios de Yogyakarta”, la identidad de género ha sido definida como la convicción personal e interna, tal como cada persona se percibe así misma, la cual puede corresponder o no, al sexo asignado y registrado en su acta de nacimiento. Esta convicción es esencial para el desarrollo de su personalidad y constituye uno de los aspectos de la autodeterminación, la dignidad y la libertad de las personas.

Apuntó que al respecto la Suprema Corte ha señalado en diversas sentencias que, la identidad de género es un elemento constitutivo y constituyente de la identidad de las personas, por lo que su reconocimiento por parte del Estado resulta de vital importancia para garantizar el pleno goce de los derechos humanos de las personas trans.

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