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viernes, 29 marzo, 2024
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La cabeza del SPAUAZ

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Por: ALBERTO VÉLEZ RODRÍGUEZ • ROLANDO ALVARADO FLORES •

En nota del 23 de mayo, en La Jornada Zacatecas, Enrique Viramontes Cabrera, docente de preparatoria, declara que, a su juicio, el desempeño del comité ejecutivo del SPAUAZ fue mediocre. Con sus palabras: “un desastre”. ¿Lo fue? ¿Qué elementos tenemos los agremiados para hacernos una opinión informada del asunto? ¿Por qué resulta importante hacerlo? Veamos los argumentos de Cabrera para sustentar su afirmación: “Se trabajó eficientemente para desorganizar, subordinar, destruir y matar la escasa organización sindical que había y que hizo posible dos huelgas y la defensa en el papel del Contrato Colectivo de Trabajo (CCT)”. El comité ejecutivo 2017-2020 fue encabezado por el Dr. Pedro Martínez Arteaga y un equipo de trabajo integrado por diferentes corrientes universitarias. Su logro más notable fue impedir que el anterior dirigente del comité ejecutivo, I. Q. Crescenciano Sánchez Pérez, fuera expulsado del SPAUAZ por haber modificado el CCT sin haber seguido los procedimientos establecidos para ello. Por lo demás, no hubo mejora en las condiciones laborales plasmada en nuevas cláusulas en el CCT beneficiosas al gremio, el monto de los dineros de varias obligaciones contractuales de la UAZ hacia el SPAUAZ disminuyó (e.g. el apoyo al festejo del día del maestro), no se firmó el convenio de adeudo de la UAZ con el ISSSTE y no se hizo ninguna presión al respecto, al contrario, se mantuvo la posición de postración ante la rectoría. Tampoco se logró el reconocimiento de las plazas por defunción, separación o jubilación, así que por lo pronto están perdidas. No se hizo ningún avance relativo al problema del incumplimiento de los tiempos para entrega de las cargas de trabajo por parte de los directores, ni se obtuvo el monto faltante en las cuentas de retiro de los agremiados. Se avaló, por omisión, la contratación por honorarios y el conjunto de prácticas de ingreso a la UAZ violatorias del contrato. Para resumir: no hubo mejora en las condiciones laborales, no hay certeza en el empleo, no existe garantía de depósitos a las cuentas individuales, no hay cumplimiento del contrato. Ahora, desde el punto de vista organizativo la situación es peor: se deshabilitó a la Asamblea General, se manipuló a la Coordinadora de Delegados, se evidenció la toma unilateral de decisiones, en fin, el diagnóstico de Cabrera es acertado. Pergeña también tres escenarios posibles: el primero es la afirmación de la inercia con otro Comité Ejecutivo funcional a los intereses de la rectoría, el segundo consiste en la liquidación del SPAUAZ, por amplia incompetencia y, tercero, una refundación de la organización sindical. Si concebimos estos escenarios desde el punto de vista de la teoría de los juegos es claro que si los agremiados, por propia voluntad o inducidos, eligen el escenario I ganan tres años más de manipulaciones a favor de la rectoría, mientras que la administración central gana una cobertura para legitimar sus actos de despojo. Caer en el escenario II es la derrota total para los agremiados, aceptación de la incapacidad de participar en las decisiones de la universidad y triunfo indiscutible de la patronal, pero esta pierde el halo romántico para sus políticas. Refundar el SPAUAZ era, en las condiciones previas a la pandemia, muy improbable, con la pandemia resulta aún menos probable. Sin embargo esta es la opción a la que deben apostarle los agremiados, porque representa la posibilidad de tomar en sus manos la conducción del sindicato. Falso de toda falsedad es que el SPAUAZ quede acéfalo sin comité ejecutivo, no está diseñado como sindicato vertical, que así lo hayan reorganizado para los fines de la rectoría es comprensible, pero la cabeza del SPAUAZ son los agremiados en Asamblea general. Si se quiere reunir a esta se puede, con voluntad y estricto apego al artículo 23 de los Estatutos, y sería el único movimiento legal a partir del 27 de mayo. He aquí el procedimiento y la propuesta. Durante el periodo de prehuelga hubo dos citatorios a Asamblea general, que no tuvieron mayoría, si se cita de nuevo por tres Asambleas delegacionales (art. 21) la primera citación permitiría recalibrar el quórum porque: “Para efectos del cálculo del quórum se tomará como base el número total de miembros del Sindicato que no tengan 3 o más faltas a las Asambleas generales a lo largo del año natural”. Entonces en la primera citación a la Asamblea general se define el quórum con los que asistan al considerar las otras dos que ya hubo en febrero, lo que permitiría que en la segunda citación se obtenga la mayoría requerida. Con la Asamblea reunida con quórum legal se decide el comité ejecutivo. Este tipo de propuestas apegadas a la norma suenan descabelladas para algunos porque prefieren hacerle el juego a la rectoría con sugerencias, esas sí fuera de toda norma, como: extender el plazo del secretario general o nombrar un comité interino, que demuestran el grado de dependencia de una figura vertical y la escasa capacidad para la deliberación y conducción colectiva que exigen los Estatutos. Con independencia de las conveniencias de la rectoría los sindicalizados deben decidir los tiempos, espacios y medios para decidir lo que creen que más les conviene.

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