El encomiable, aunque utópico proyecto para el establecimiento de escuelas públicas en la ciudad de Zacatecas previo al inicio del México independiente, tan utópico que no llegó a realizarse, consideraba poner al frente una Junta Municipal constituida por nueve notables del lugar. Dicha Junta la integrarían funcionarios civiles e integrantes del clero, incluidos frailes de las órdenes mendicantes. Su misión sería la de vigilar a padres y maestros y supervisar el trabajo de estos al frente de los establecimientos.
Para el cobro de las cuotas, la Junta nombraría cuatro recaudadores. Uno por cada dos cuarteles, quienes lista en mano pasarían a recabar casa por casa la contribución semanaria de los padres, entregando las aportaciones cada mes a un «depositario», que haría las veces de tesorero, nombrado por el Ayuntamiento. Así mismo, transcurrido ese mismo plazo se nombrarían cuatro personas encargadas de acompañar a los vocales en sus visitas semanales a las escuelas, quienes haciendo las veces de supervisores se alternarían para poder supervisarlas todas y poder informar «escrupulosamente si asiste el maestro, si enseña con eficacia y puntualidad; si concurren los niños, quienes faltan notablemente, si están provistos de lo necesario, que padres no han pagado…». También determinarían cada cuando y en qué términos se realizarían los exámenes públicos y la asignación de premios para los alumnos más aventajados. El plan contemplaba entonces tanto la supervisión de los vecinos como la evaluación de maestros y alumnos.
Para alcanzar el cuórum legal en las sesiones de la Junta, se debería contar por lo menos con la presencia del presidente, tres vocales y el secretario. Los acuerdos se tomarían por «pluralidad de votos» (por pluralidad queremos entender mayoría). El secretario manejaría dos libros, uno para asentar las actas y acuerdos y un segundo para llevar al corriente los gastos e inventarios de las escuelas. Por otra parte, en sesiones convocadas por la Junta se discutiría sobre cualquier asunto relacionado con la instrucción. Los maestros acudirían directamente a ella a plantear sus problemas y peticiones.
En cuanto al órgano evaluador y fiscalizador, la hipotética integración de la Junta de los nueve notables nos habla de una cohabitación todavía necesaria entre autoridades civiles y eclesiásticas. Salvando las proporciones esta alianza ya se había dado con la creación del Real Patronato o Patronazgo desde el siglo XVI. Pero a lo largo de todo el virreinato, fueron las autoridades civiles quienes mantuvieron su jettatura en los asuntos políticos. A ello se debe quizá que el presidente de la Junta que se proponía crear, fuese una alta autoridad municipal. Por lo demás este rasgo confirma que las autoridades civiles después de la preponderancia de chamanes y sacerdotes en la remota antigüedad, siempre han estado por encima de las religiosas. Por aquello del lema romano de “lo de Dios a Dios y lo del César al César”, reivindicado para el caso mexicano en la reforma liberal encabezada por Juárez que llevó a la separación de la Iglesia y el Estado.



