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viernes, 26 abril, 2024
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El Marqués de Valdegamas y una toma sin razones

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Por: ALBERTO VÉLEZ RODRÍGUEZ • ROLANDO ALVARADO FLORES •

En reunión realizada el 5 de octubre de 2022 el Grupo Plural de Delegaciones (GPD), organización de presión del Sindicato de Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (Spauaz) decidió, entre otras cosas, tomar el Boulevard Adolfo López Mateos el día 14 de octubre de 2022 a partir de las 10 de la mañana. ¿Motivo?: “la exigencia sigue siendo el registro y legitimación de nuestro Contrato Colectivo de Trabajo? Aquí surge la pregunta: ¿no está a registrado y existe incluso una constancia de registro emitida por la autoridad correspondiente? Vamos a los hechos. El pasado 12 de septiembre un ciudadano, miembro del Spauaz, envió una solicitud al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de folio 332589722000934, en la que dice: “Me gustaría saber si el sindicato al que pertenezco tiene registrado ante el Centro Federal de conciliación y Registro Laboral el Contrato Colectivo de Trabajo UAZ-SPAUAZ y si es afirmativa la respuesta, si me pueden proporcionar el número de expediente, antecedente y la fecha de presentación…así como una copia del expediente u oficios que se hayan presentado ante el centro  por parte de a autoridad laboral, o del sindicato o del patrón, con la finalidad de lleva a cabo el registro del contrato colectivo de trabajo UAZ-SPAUAZ”. 

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La solicitud se turnó a la Coordinación General de Registro de Contratos Colectivos que ofreció una respuesta contundente y a la vez muy inquietante. Según se aprecia en la respuesta sí existen dos registros del contrato colectivo UAZ-SPAUAZ (CCT). El primero que se aprecia es de fecha 06/06/1994 con número de registro 48/1994, y el más reciente tiene por número de registro 40/2001, con fecha de 02/04/2001. También se respondió que no se encontraron resultados relativos a trámites recientes conducentes al registro del CCT. Para enfatizar: sí hay registro del contrato con las fechas ya señaladas y no hay trámites recientes para otro registro. Esta respuesta es la razón para lanzar un paro por parte del GPD. Sin embargo, vamos a demostrar que el contenido del oficio de la Coordinación General de Registro (CGR) no sólo no avala los argumentos del GPD, sino que incluso los desmonta. Para ello comencemos con la urgencia que suele presentar tal asociación para organizar sus medidas de presión. Según el GPD es urgente el registro porque el contrato tiene duración de un año, pasado el cual se pierde. Entonces, de acuerdo a la respuesta de la CGR, el contrato ya se perdió porque desde 2002 no hay nuevos registros. Y se perdió con el comité de Arturo Burnes Ortiz, así que corresponde a él y su comité explicar por qué ya no lo registró. Más aún, al ya no haber contrato, el Spauaz deja de tener la titularidad y por ende no tiene derecho a organizar huelgas. Sin embargo, hubo dos huelgas entre 2001 y 2022 ¿No eran válidas? ¿por qué la Junta Local no las desconoció?, ¿acaso hubo y hay acuerdos innombrables como suelen argüir los miembros del GPD? Otro argumento de esta agrupación para justificar sus muchas violencias y rupturas de la legalidad estatutaria consiste en decir que si no hay contrato ya no habrá presupuesto para la universidad. Pero durante los últimos 20 años ese presupuesto no ha faltado. 

Insuficiente, si se quiere, pero todos han cobrado salarios y prestaciones. ¿Es falso el argumento del GPD? Si todo se ha conducido, durante 20 años, como si hubiera contrato, sin haberlo, si todo se ha pagado, incluso las prestaciones por encima de la Ley Federal del Trabajo ¿cuál es la prisa del GPD? Pueden pasar otros 20 años sin problema, ya que el informe de la CGR no justifica ninguna urgencia, antes la clausura. ¿Para qué tomar el boulevard sin antes exigir una explicación a dilectos miembros del GPD? Ya que, entre los fogosos militantes de esa organización, muy preocupados por el contrato hay, al menos, dos ex secretarios generales y varios ex miembros de comités ejecutivos del pasado. ¿Por qué no explican la razón por la cual decidieron no registrar?, ¿por qué no explican las complicidades o contubernios o chantajes o crímenes contra el gremio detrás de esa cancelación concertada del contrato? Escribió el Marqués de Valdegamas en el siglo XIX: “ningún loco ha reconocido jamás el imperio de las verdades matemáticas y metafísicas: a ninguno se le ha visto retroceder en el intento de conciliar cosas contradictorias” con elocuente razón. A menos que se pertenezca a la grey descrita por Donoso Cortés se debe concluir que el documento de la CGR adolece de errores y debe ser enmendado. En soporte de esta interpretación el silencio de los ex secretarios generales que militan en el GPD es elocuente. Si alguno de ellos se pronuncia en contra, y alega que sí registró el contrato, estará demostrando con ese acto que el documento debe ser rechazado. Más aún: si el GPD acepta ese documento como correcto debe exigir la expulsión no sólo de José Juan Martínez Pardo, sino de otros seis secretarios generales y sus comités ejecutivos por cómplices en el despojo. Queda claro que el GPD no busca nada de lo que dice, sino posicionar a sus candidatos.

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