A la 1:38 p.m. del martes pasado, de manera sorpresiva Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, manifestó su decisión a través de redes sociales, al publicar una carta que envió al presidente Andrés Manuel López Obrador, en la que da a conocer su renuncia, argumentando que “su ciclo ha terminado” y quiere sumarse a la consolidación de la “transformación de México”, porque consideró importante que, desde esos espacios, le den la oportunidad de tener incidencia en la consolidación de un país más justo y más igualitario, en el que sean prioridad quienes menos tienen y más lo necesitan. Señaló también, que “espera seguir colaborando hacia el México que todas y todos queremos”.
Dos horas y catorce minutos después (3:52 p.m.), Claudia Sheinbaum virtual candidata presidencial por MORENA, posteó una foto con el aún ministro y escribió: “me reuní con Zaldívar y acordamos trabajar juntos, para avanzar en la “transformación del país”. No precisó el día de la reunión.
Obviamente, López Obrador aceptó la renuncia. Sin embargo, hasta el momento de escribir la presente, el Senado aún no daba su aprobación, por eso Zaldívar, todavía ostenta el cargo.
Antes de realizar mis comentarios, se debe aclarar que el ministro fue nombrado desde diciembre de 2009 y, conforme al penúltimo párrafo del artículo 94 CPEUM, durará en su cargo 15 años, por lo que habrá de concluirlo en diciembre de 2024. Al momento de hacer pública su renuncia, resta poco más de un año.
También, fue elegido por el Pleno de la SCJN como presidente por cuatro años, del 2 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2022, sin poder ser reelecto para el periodo inmediato posterior. Esto según dispone el párrafo cinco del artículo 97 constitucional.
Como ministro, Zaldívar siempre ha mostrado sumisión y obediencia hacia AMLO y por eso trató de “recompensarlo” de la siguiente manera: en 2021 López Obrador, junto con los legisladores de MORENA, impulsó una propuesta para ampliar por dos años el mandato de Zaldívar, argumentando que era fundamental para realizar una profunda reforma al Poder Judicial. Las protestas e inconformidades de la oposición se manifestaron en repudio a esta flagrante violación a la Carta Magna cometida por el propio mandatario.
No obstante, la reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación se publicó en junio de aquel año, pero ante la presión de que fue objeto, el “pudor y vergüenza” de Zaldívar, permitió rechazar la propuesta del Ejecutivo, para la ampliación de su mandato y concluyó su presidencia justo el 31 de diciembre de 2022 en términos de ley.
¿Por qué entonces la renuncia? Es una incógnita. ¿En qué puede colaborar con el equipo de la virtual candidata? Sería difícil dar respuesta. Lo que sí podemos afirmar es que el ministro está constitucionalmente impedido para desempeñar cargos públicos. Como vemos, existen muchos cuestionamientos:
1.- La renuncia de ministros debe aceptarse siempre que existan causas graves, conforme señala el penúltimo artículo 98 de la CPEUM: “Las renuncias de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia solamente procederán por causas graves, serán sometidas al Ejecutivo y, si éste las acepta, las enviará para su aprobación al Senado”. Hasta ahora se desconoce la causa grave en que incurrió y motivó a Zaldívar para presentar su renuncia.
2.- En el caso de que el Senado aprobara la renuncia de Zaldívar… ¿qué pretenderá? ¿un cargo en la administración pública, cuando la hoy candidata ocupe la presidencia? ¿gobernador de Querétaro? ¿legislador? No se sabe que busca, porque si atendemos al primer párrafo del artículo 101 del mismo texto encontramos: “Las personas que hayan ocupado el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado de Circuito, Juez de Distrito o Consejero de la Judicatura Federal , así como Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán, en ningún caso, aceptar ni desempeñar empleo o encargos de la Federación, de las entidades federativas o de particulares, salvo los cargos no remunerados en asociaciones científicas, docentes, literarias o de beneficencia”.
3.- Además, el segundo párrafo del mismo precepto constitucional, continúa impidiendo la posibilidad de desempeñarse como abogados o litigantes en procesos judiciales: “Las personas que hayan ocupado el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia, Magistrado de Circuito, Juez de Distrito o Consejero de la Judicatura Federal , así como Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral, no podrán dentro de los dos años siguientes, a la fecha de su retiro actuar como patronos, abogados o representantes en cualquier proceso ante los órganos del Poder Judicial de la Federación”.
No encuentro cuál pudiera ser la tarea INMEDIATA encomendada al todavía ministro, dentro del equipo de Claudia Sheinbaum, porque estando por iniciar las precampañas, resultaría muy difícil entender, que le pidiera llevar a cabo actos de proselitismo en colonias, barrios, municipios, comunidades… o bien, que le encargara organizar escenarios para los eventos como, por ejemplo, acomodar sillas, mesas, reparto de propaganda ¿o, qué?