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jueves, 25 abril, 2024
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Los tiempos en que se establecieron las dos escuelas de P.L. de la ciudad de Zacatecas

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Por: LEONEL CONTRERAS BETANCOURT •

Las dos escuelas públicas de primera enseñanza del Ayuntamiento de Zacatecas que abrieron sus puertas en 1786 son herederas de la tradición pedagógica de los jesuitas, quienes antes de ser expulsados ya enseñaban las primeras letras a los hijos de los criollos.

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El 22 de abril de 1768, al siguiente año de haber ocurrido la expulsión de los jesuitas de los dominios de la corona española, tuvo lugar una reunión de cabildo en la ciudad de Zacatecas. En ella, el escribano real del ayuntamiento dio lectura a la Real provisión expedida por el Consejo de Indias, el 5 de octubre anterior, en la que se conminaba a los comisionados de temporalidades (1) para que, “sin la menor dilación” se subrogara la enseñanza de las primeras letras, latinidad y retórica, que habían tenido a su cargo los padres jesuitas, pasando a ser administrados dichos tipos y niveles educativos por maestros y preceptores (sacerdotes) seculares previo examen de oposición (2).

 Desde que accedieron a la corona del Imperio Español, los Borbones, para no compartir el poder, que sobre la educación ejercían los jesuitas, utilizaron, como uno más de los pretextos para expulsarlos, al decir del monarca Carlos III, el atraso que existía en la enseñanza del latín y las letras. La expulsión de los jesuitas generó un vacío educativo en aquellas partes del Imperio español en donde la Compañía de Jesús había establecido instituciones educativas como fue el caso de Zacatecas.

Para llenar el hueco que en la educación había dejado la salida de la Compañía de Jesús en el nuevo mundo, como parte de las preocupaciones de Carlos III, una fue la de instruir o dotar de “luces” a sus súbditos. Instruirlos o educarlos. Fue precisamente este monarca quien, en la primera máxima luminosa, fijó la instrucción de la juventud por medio de maestros de escuelas de primeras letras como una de sus prioridades.

De esta manera, durante el reinado de Carlos IV, cuando ocurrió la reapertura del Colegio Seminario de San Luis Gonzaga, en 1785, el mismo que había sido fundado por los jesuitas, el ayuntamiento de Zacatecas, con los fondos de aquél, asumió y tomó bajo su mando la dirección de dos escuelas de primeras letras. 

Antes de la apertura del Colegio Seminario San Luís Gonzaga, y con ella el establecimiento de las dos escuelas referidas, es probable que hayan existido en la capital de la provincia y en otros reales, ciudades, pueblos y villas, escuelas particulares, y también parroquiales, que se crearon como obras pías. Aunque no tenemos la total certeza en cuanto a que si al inaugurarse el sistema de intendencias, existían en el territorio de Zacatecas curas doctrineros de las órdenes mendicantes que se ocupaban de la educación de los indios, es probable que sí. Esto en virtud porque, a finales del siglo XVII, y a mediados del siguiente, por lo menos en la ciudad de Zacatecas, las parroquias de los pueblos de indios estuvieron asistidas por los frailes de dichas órdenes. 

Por el año de  1773, el Rey de España, haciéndose eco de la queja que le hiciera llegar en senda representación, el Franciscano Fray Bernabé de Amarilla, que trabajaba en la Reducción (reservación) de San Fernando de Chacón, en Buenos Aires, Argentina, dio instrucciones, por medio de una Real cédula, para que los estipendios y sínodos que correspondían a los curas doctrineros, en todos los dominios del imperio, no se les regatearan, y por el contrario, se les  entregaran de manera íntegra para su sostenimiento (3). Y es que sucede que los prelados de sus respectivos conventos se quedaban con los sueldos que les correspondían a los doctrineros. Esta situación estaba provocando su deserción o movilidad de un lugar a otro en detrimento de la educación de los indios y demás sujetos que acudían a las clases en las que se les enseñaba, sobre todo, la religión cristiana y el castellano. Esta Real cédula llegó a la Nueva España en 1774, y tras ser recibida por el Virrey Antonio Bucareli y Ursúa, la remitió a la provincia de Zacatecas para su conocimiento y cumplimiento por parte de los Oficiales Reales de la misma. Además de la religión y el idioma, algunos doctrineros introdujeron la enseñanza de las primeras letras.   

Referencias:

1. Las Juntas municipales de temporalidades, también conocidas como “Temporalidades”, fueron los órganos o comités encargados en cada municipio en donde los jesuitas habían tenido propiedades. Sus funciones consistieron en realizar los inventarios, resguardar y poner a subasta dichos bienes, una vez que fueran autorizadas por las Juntas Provinciales y de la Real Junta Superior de Aplicaciones, dependientes de la Real Hacienda.

2. AHEZ, Fondo Ayuntamiento, Serie Enseñanza Thestimonio acerca de la fundación del colegio de San Luis Gonzaga, y de los capitales que tenía al establecerse el año de 1767, 27 fojas, f. 9.v.

3. ARHZ, Serie Cargos y datas, “Libro de Asientos de Reales cédulas, órdenes y despachos de los excelentísimos señores virreyes, desde 8 de junio de 1774 en adelante”.

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