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miércoles, 24 abril, 2024
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El legado de Domingo de Celis y Torices

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Por: LEONEL CONTRERAS BETANCOURT •

Como lo mencionamos en la entrega anterior, en los primeros lustros del México independiente cuando la nueva nación adoptó el sistema federal republicano, como parte de una de la herencia del viejo régimen colonial, una de las fuentes de financiamiento educativa para abrir escuelas y dotarlas de maestros fueron las herencias o fondos piadosos. Tal fue el caso de los caudales que don Domingo de Celis y Torices legó y cuyos réditos del capital que se generaban en rentas de fincas o prestamos en efectivo, deberían según su deseo, utilizarse en favor de las escuelas de la ciudad de Zacatecas.

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Siete  años después en que se inició el litigio en el Juzgado 10 en contra de Esteban Ruiz, que ocupaba una de las casas que habían pertenecido a Celis y Torices y sobre la cual  adeudaba réditos sobre su renta, perdió el juicio por lo que debería entregarla a la autoridad. El problema de rescatar todas las propiedades del finado no terminaba aquí. Los bienes que  don Domingo había heredado a favor de las escuelas eran casas y terrenos que sus hermanos estaban reclamando y ahora el esclarecimiento legal debería hacerse con éstos, pues demandaban la nulidad del testamento. Las escrituras de  las propiedades se encontraban en poder de un albacea, ante lo cual el ayuntamiento carecía de las facultades para poder recuperarlas. El ayuntamiento de la capital demandaba ante la Junta Directiva de Enseñanza Pública (JDEP) le autorizara interponer un juicio legal para rescatar los inmuebles que de acuerdo con la ley de enseñanza ya le pertenecían, pero que seguían sin hacerse efectivos. La mejor forma de recuperarlos era por medio de una transacción comercial para que el albacea dejara de tener injerencia y quedara “absuelto de toda responsabilidad”.1 Tal era la propuesta que hizo Antonio Castrillón, quien en 1833 fungía como jefe político y presidente del ayuntamiento. Por tal razón consultaba a la JDEP preguntándole quién se haría  cargo de  este nuevo litigio y de dónde saldrían los gastos  para pagar el abogado que se encargaría de la defensa del testamento en los términos firmados por el donante.2

El reclamo de los fondos que Torices dejó en su testamento para las escuelas de primeras letras tiene como referente más antiguo la solicitud  que hiciera el ciudadano Joaquín Marfarra y Coyades en representación de otros vecinos, el 2 de diciembre de 1823,3 cuando apenas había cesado en sus funciones la Diputación Provincial. En el escrito que dirigió a los diputados del primer congreso se menciona que: “Habiendo sabido que la Diputación Provincial y el ayuntamiento trataron con ardor sobre el establecimiento de escuelas y que la primera dio sus órdenes para que se establecieran, pero que no quisieron obedecerse, ni se hicieron obedecer. Y sabiendo también que no había fondos en la ciudad para fundación de escuelas, nos manteníamos con la dulce esperanza de que vosotros los padres de este Estado, habías de hacer caer de nuestro corazón el desconsuelo de ver a nuestra miserable juventud crecer en edad, en la malicia, y sin ningunos conocimientos de la religión que profesa”.4

Enseguida, siempre hablando en nombre de sus representados, Marfarra y Coyades agregaba que estaban enterados de la “cantidad de reales para la fundación de escuelas” que había dejado en su testamentaría don Domingo Torices. Los vecinos reconocían el legado del rico acaudalado como un noble gesto que beneficiará a los hijos de sus vecinos y a “otra multitud de pobres que no se os oculta a vuestra vista”. También mencionaba que quizá la escasez de “maestros dignos de vuestra confianza” retrasaría el establecimiento de escuelas.

A los “padres del estado” que no eran otros que los diputados, les pedía que siguieran buscando al sujeto que se encargara de una escuela. Por su parte, él y sus vecinos, sin mencionarlo por su nombre, ya tenían contemplado a uno en la persona de un padre avecindado en la Villa de Guadalupe, a cuya escuela de la que se haría cargo de ser aprobado por el Congreso, acudirían niños de los barrios de “San José, San Juan de Dios, Plazuela y Barrio Nuevo”; “… nos han informado que lee y escribe con algunos principios”.5

Tras recordarles a los diputados que en sus manos estaba lograr la felicidad de la patria, les pedía, “haced pues la vuestra dándonos un maestro para nuestros hijos: religioso, caritativo y amante de los pobres como nos dicen que es el que humildemente os pedimos todos los padres de familia de los puntos dichos”.6

Luego de haber revisado su testamento la comisión de gobierno del propio Congreso consideró que se debería de dejar pasar un año para saber qué hacer. Antes de ese lapso resultaría muy difícil al Ayuntamiento exigir a los albaceas del finado “la cantidad de reales que previene el legado para tan loable inversión”.7

Mientras tanto, lo único que se podía hacer era pedirle al organismo municipal que estuviera “a la mira para cuando llegue el tiempo prefijado por el testador, reclamar de los albaceas la exhibición para poner en práctica la disposición de aquél”. Tal era la solución de la susodicha Comisión, a reserva de la “superior deliberación del Congreso” dada a conocer el 1° de enero de 1824.8

Todavía no se conocía el monto de la herencia que según el testamento se destinaría para la enseñanza pública, pero, tanto habían esperado y tal era el interés y preocupación  de Marfarra y sus vecinos por la instrucción de sus hijos para evitar verlos “crecer en la malicia”, que antes de que se  conociera el monto que se gastaría en el establecimiento de escuelas, ya estaban demandando el maestro con el perfil ideal con el que lo querían.

En el informe de la comisión que se  nombró para que diera cuenta de los capitales de  Torices aparece el  diputado Antonio García. Tres años después seguía sin definirse el asunto. En un comunicado dirigido al ayuntamiento de la capital del Estado, con fecha de enero 14 de 1827, Antonio García manifiesta las siguientes consideraciones: “[…] que el mayor de los  males que aflige a los pueblos es la ignorancia. De que este mal sólo puede cortarse ilustrando al hombre en tiempo de su educación, y por último, que esto sólo puede conseguirse por medio de las escuelas lancasterianas. He pensado hacer un pequeño servicio a la juventud cediendo mis dietas a las escuelas que se establecieren  en el Estado de Zacatecas mientras fuere diputado…] 9

 

Referencias documentales.

 

(Endnotes)

1                AHEZ. Fondo Jefatura Política, Serie Instrucción Pública, Subserie Generalidades, caja 2, enero 25 de 1833.

2                AHEZ. Fondo Ayuntamiento, Serie Instrucción Pública, Subserie Generalidades, caja 2, febrero 7 de 1833.

3                AHEZ, Fondo Poder Legislativo,  Serie Comisión de Gobierno, caja 1, 2 fjs., “Dictamen a la solicitud de Joaquín Marfarra y Coyades para que con el legado de Celis y Torices se establezcan escuelas de primeras letras”,  diciembre de 1823, enero de 1824.

4                Ibid. fj. 1.

5                Ibid. fj. 1 v.

6                Ibid.

7                Ibid. fj.2.

8                Loc. cit.

9                AHEZ. Fondo  Ayuntamiento, Serie Enseñanza. “El Diputado A. García cede sus dietas para el establecimiento de escuelas”, enero de 1827. ■

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