Las llamadas fotomultas seguirán vigentes en la Ciudad de México, luego de que el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló ayer las disposiciones que regulan las infracciones detectadas mediante sistemas tecnológicos, tras discutir dos proyectos con posturas contrapuestas.
Por seis votos contra dos, la mayoría determinó que el propietario del vehículo puede responder solidariamente por el pago de una infracción, aunque no haya sido quien conducía, sin que ello implique atribuirle la conducta sancionada.
El pleno avaló los artículos 60, último párrafo, y 64 del Reglamento de Tránsito, así como el 34, primer párrafo, de la Ley que Regula el Uso de Tecnología para la Seguridad Pública, ambos de la Ciudad de México.
Objetos del debate
Los asuntos derivaron de juicios de amparo promovidos por dos propietarios de automóviles que impugnaron diversas sanciones. Uno de ellos, a cargo del ministro Giovanni Figueroa Mejía, combatió desde junio de 2025 un total de 13 fotomultas que le marcaron por exceso de velocidad.
El proyecto de Figueroa generó el debate, pues proponía amparar al quejoso y declarar inconstitucional el sistema al considerar que responsabiliza injustamente al propietario sin acreditar que conducía. Otro, de la ministra Sara Irene Herrerías Guerra, sostenía lo contrario y que las normas distinguen entre quien comete la infracción y la responsabilidad solidaria del dueño respecto del pago.
Figueroa defendió que las cámaras permiten identificar el vehículo, pero no necesariamente a quien lo conducía, por lo que rechazó trasladar al propietario el pago mediante la responsabilidad solidaria.
“La responsabilidad solidaria no puede penetrar en el derecho administrativo sancionador, con todo respeto, porque de lo contrario se derrumbaría el fundamento de cualquier sistema punitivo, según el cual cada uno responde de sus propios actos”, dijo.
La única en apoyar su propuesta fue María Estela Ríos González, quien sostuvo que “las multas de tránsito deben sustentarse en la acreditación de la conducta infractora y en su atribución al conductor efectivo”.
En contraposición, Herrerías Guerra pidió la palabra, pese a que su proyecto sería discutido después, y sostuvo que responsabilizar solidariamente al propietario del pago de la multa no implica atribuirle la infracción.
“La solidaridad tiene sentido precisamente porque quien materialmente comete la infracción y quien responde solidariamente de su consecuencia económica pueden ser personas distintas”, defendió.
El ministro presidente, Hugo Aguilar Ortiz, sostuvo que el sistema “resuelve incluso problemas de corrupción”, mientras Lenia Batres Guadarrama señaló que el propietario “no es un tercero cualquiera”, pues puede decidir quién conduce, y afirmó que “es más confiable la fotomulta” y reduce la discrecionalidad de los agentes públicos.
“La fotomulta, en múltiples sentidos, ha hecho más confiable y medible la existencia real de una infracción”, dijo.
Tras rechazar por seis votos contra dos la propuesta de Figueroa, el pleno aprobó sin discusión, por la misma mayoría, el proyecto de Herrerías sobre el amparo directo en revisión 1555/2026.



