En Zacatecas la violencia política contra las mujeres ha llegado incluso al feminicidio y ha provocado la renuncia de cientos de candidatas, advirtió la feminista María Luisa Sosa de la Torre tras la conferencia “La defensa y garantía de los derechos político-electorales de las mujeres en plural en el sistema democrático”, impartida por Elizabeth Olvera Vázquez, titular de la Defensoría Pública Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Desde el Auditorio Felipe Borrego Estrada, la activista también expresó su desacuerdo con la llamada “8 de 8” y defendió el principio de “3 de 3 contra la violencia”, con el objetivo de garantizar que ningún agresor acceda al poder.
Añadió que en Zacatecas sigue pendiente la creación de una defensoría jurídica electoral para mujeres, propuesta planteada desde 2017 cuando se legisló sobre violencia política de género. Explicó que la iniciativa no prosperó porque las autoridades electorales argumentaron que serían juez y parte.
Recordó que en el proceso electoral de 2024 cerca de 300 mujeres dejaron sus candidaturas, muchas de ellas bajo el argumento de “razones personales” que en realidad reflejan presiones y conflictos en territorio.
Paz Barrón, lesbiana y activista de la diversidad sexual, denunció un caso de usurpación de las cuotas arcoíris por parte de una diputada federal que, dijo, no es reconocida por la comunidad ni impulsa agenda LGBT.
En respuesta, la conferencista señaló que el tema tiene retos, mencionó que el tema abre un debate sobre la autoadscripción, apuntó como ejemplo a casos notorios en el Istmo de Tehuantepec, y resaltó el papel de la ética política y de la vigilancia de la sociedad civil.
Durante su ponencia, Olvera Vázquez abordó casos emblemáticos que marcaron precedentes antes de que la violencia política contra las mujeres en razón de género estuviera reconocida en la ley.
A partir del caso de Rosa Pérez Pérez, presidenta municipal de San Pedro Chenalhó, Chiapas, cuyo expediente quedó registrado como SUP-JDC-1654/201, se contó con un referente para comprender que la violencia política puede operar no sólo en campañas o procesos electorales, sino también durante el ejercicio del cargo, explicó.
Citó el caso de Ocotequila, en Copanatoyac, Guerrero (TEE/JEC/004/2022), donde mujeres nahuas lograron ejercer por primera vez su derecho al voto en la elección del comisario municipal, después de que durante años se les excluyera bajo el argumento de los usos y costumbres. El tribunal anuló la elección, ordenó repetirla y dispuso medidas para garantizar su participación, incluida la traducción de la sentencia a lengua indígena.
La nueva elección se realizó el 13 de febrero de 2022, y por primera vez las mujeres no sólo votaron sino que también participaron como candidatas. En esa jornada votaron más mujeres que hombres: 504 frente a 320, lo que fue señalado como un precedente en el reconocimiento de sus derechos político-electorales.
Olvera Vázquez también citó la sentencia SUP-JDC-12624/2011, que consolidó la paridad como principio constitucional y definió sus dimensiones vertical (alternancia en listas) y horizontal (distribución entre distritos o municipios). Añadió que estos criterios impiden evadir la paridad y obligan a que las suplencias sean del mismo género que la candidatura propietaria.



