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jueves, 18 abril, 2024
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Miscelánea Despenalización del cannabis: tres años en espera de la reglamentación indispensable. ¡tres años perdidos!

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Por: AQUILES GONZÁLEZ NAVARRO •

«Será el lunes próximo cuando la SCJN resuelva sobre la despenalización del uso lúdico de la mariguana. Así lo anunció el ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien señaló que, ante la falta de una legislación sobre el tema, el máximo tribunal debe cumplir con su obligación constitucional.” “La Jornada” (25-VI-21.)

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Y es que, ciertamente, han transcurrido casi tres años de que la Suprema Corte expidió la “declaratoria general de inconstitucionalidad derivada de la prohibición absoluta del uso lúdico de la mariguana o cannabis”. El siguiente paso procesal correspondería al Congreso de la Unión como órgano legislativo, para el efecto de que procediera a derogar diversos artículos de la Ley General de Salud que clasifican a la mariguana como droga ilícita.

Para, enseguida, elaborar y emitir el decreto de reglamentación de los diversos usos de la marihuana, mariguana o cannabis: El uso lúdico, el uso terapéutico, el uso textil y el uso alimenticio.

Aun cuando es loable la disposición de la Suprema Corte al ratificar la declaratoria de inconstitucionalidad de penalización de la mariguana, el Máximo Tribunal se encajona en el tema del uso lúdico (o recreativo) de la mariguana, pero no aborda otros, sin lugar a duda, de mayor trascendencia e importancia social que el simple consumo recreativo.

La misma despenalización del uso lúdico como tal se queda corta. Cuando se elabore la reglamentación surgirán interrogantes: la posesión individual de plantas ¿cuántas?, la venta al público en locales comerciales o entre particulares, el suministro gratuito y los espacios públicos de consumo entre otras.
Pero falta lo trascendente desde el punto de vista social: El uso médico o terapéutico. Una vez separada la floración y las hojas que es la parte donde se contienen los cannabinoles (la droga) ¿qué instancia de gobierno las controla y finalmente a donde se remiten para la extracción de las esencias? ¿A las universidades? ¿a los laboratorios autorizados?

¿Y para el uso textil? Si consideramos que los tallos y sus ramificaciones no tienen contenido de canabinnoles, en que momento pueden pasar a las fábricas para la elaboración de prendas de vestir, tenis, mochilas, casas de campaña, papel bond etc.?

¿Y para el uso alimenticio? Las semillas llevan alto contenido de vitaminas del complejo B, aunque tampoco contienen cannabinoles (droga). ¿Pasarían a empresas alimenticias? Es conocida la elaboración de pan y otros productos. En Europa consumen las semillas tostadas cual lo hacemos nosotros con las de calabaza.

¿Y la siembra, cultivo y cosecha de la planta? ¿Será de control exclusivo del estado? ¿y los lugares? ¿Y los trabajadores? ¿Y la vigilancia de la planta, sobre todo en período de floración?

¿Será motivo de concesión a particulares?

¿Será vendida al público en farmacias en forma de cigarrillos, mientras se hace el padrón de usuarios que luego serán sometidos a terapia como se hace en otros países?

Lázaro Cárdenas, uno de los mejores presidentes que ha tenido nuestro México, legalizó la mariguana en 1940, en la pretensión de establecer un “emporio textil”. El gobierno de los Estados Unidos obstruyó tal proyecto, amenazando al gobierno cardenista con bloquear el suministro de vacunas contra la polio y contra la viruela. Se acababa de inventar el hilo nylon y el empresario Du Pont era mano. Para Cárdenas la niñez mexicana fue primero.

En fin. Han transcurrido tres años desde que la Suprema Corte declaró sobre la inconstitucionalidad de penalizar la mariguana. Siendo tarea del Senado la reglamentación dice el periodista Eduardo Murillo en “La Jornada”: “Cabe señalar que aunque la SCJN informó desde hace más de tres años al legislativo que había emitido una jurisprudencia sobre la inconstitucionalidad de penalizar la mariguana, el tema quedó atorado en el Senado, que pidió tres prórrogas para adecuar la ley, pero aún no lo hace.”

El pasado lunes 28 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación debatió sobre la inconstitucionalidad en materia de despenalización del consumo lúdico de mariguana.

Fueron declarados inconstitucionales los artículos de la Ley General de Salud: 235 último párrafo que refería modalidades ilícitas en materia de mariguana, como siembra, cultivo, cosecha, acondicionamiento, comercio, transporte, prescripción médica, suministro etc.; el 237, el 245 que refiere al tetrahidrocannabinol, como el principio activo de la marihuana; el 247 que establece requisitos para investigación médica de substancias del cannabis y, finalmente el artículo 248. Señalados ahora como “contrarios a la Constitución”

Concluida que sea la tarea del Senado en la reglamentación de todos los usos de la marihuana, se abre un amplio panorama de empleos, fábricas y negocios para los mexicanos:

Hilo de cáñamo, tela de cáñamo, tenis, chamarras, lonas, casas de campaña, pantalones, mochilas. El emporio textil a que aspiraba el Presidente Cárdenas.

Hoy millones de mochilas elaboradas con el hilo más resistente del mundo darían la bienvenida a los niños en su regreso a clases presenciales.

Medicamentos para una diversidad de enfermedades: Epilepsia, asma, artritis, parkison, dolores diversos etc.

En tanto México no legisla, los Estados Unidos registran las patentes médicas a diez años.

Papel Bond y papel para cuadernos y libros…

Producción de alimentos: semilla tostada y pastelillos a la marihuana.

En fin: millones de empleos… ¡tres años. Tiempo perdido!

Los chinos ganan en la venta de hilo y tela de cáñamo a los Estados Unidos. Los norteamericanos ganan con el registro de patentes para uso médico. Los países bajos en Europa ganan con la venta de cigarrillos y semillas tostadas y los mexicanos… vemos pasar el tiempo en espera de la reglamentación… ¡tres años! Tiempo perdido.

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