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jueves, 18 abril, 2024
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Cambios aberrantes (primera parte)

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Por: César Esquinca Muñoa •

En los dos últimos años hemos sido testigos del sometimiento del Poder Legislativo a los designios del titular del Ejecutivo, materializado en la aprobación de diversas leyes, como por ejemplo la de energía eléctrica y la de hidrocarburos -sin cambiarles ni una coma por así haber instruido a los legisladores-, leyes de dudosa constitucionalidad cuya suerte la definirán los órganos jurisdiccionales competentes.

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Esa sumisión, preocupante porque sin duda vulnera el principio de división de poderes que ha sido una constante en los códigos fundamentales del México independiente, desde la Constitución de Apatzingán de 1824 que lo consagró en su artículo 12 hasta la vigente Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 que lo recogió en su artículo 49, ha motivado severos cuestionamientos de todos los sectores sociales, sin que esto parezca importarle a los diputados y senadores del partido político en el gobierno y sus aliados.

También hemos sido testigos de una desproporcionada concentración del poder político y de recursos económicos en el Ejecutivo, amén de una clara embestida en contra de órganos autónomos que pueden y deben servir de contrapeso que evite excesos en las materias que son de su competencia, aunado a una actitud intolerante hacia los medios de comunicación y los intelectuales que exponen -así sea con la mayor mesura- juicios críticos en contra de diversas políticas y acciones del gobierno, proceder que en su conjunto parecen encaminarnos a un régimen dictatorial.

La preocupación por la aprobación de reformas legales que parecen contravenir mandatos de la Norma Suprema, se ha tornado en alarma por lo acontecido en el Congreso de la Unión al aprobarse la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación con un aberrante transitorio, que si se analiza conjuntamente con otras tendenciosas iniciativas presentadas por el líder de los senadores de Morena, llevan a considerar que en el fondo lo que se busca es obtener el control de este Poder, que sumado a lo antes expuesto respecto al Legislativo, tarde o temprano desembocará en un régimen dictatorial, se repite, que tire por la borda los esfuerzos realizados por personas de todas las ideologías para construir un sistema democrático en el que prevalezca el Estado de derecho.

Esto es así, porque sin que fuera materia de la iniciativa formulada por el Presidente de la Suprema Corte -no por el Pleno- que el titular del Ejecutivo hizo suya, en un artículo décimo tercero transitorio introducido a la sesión subrepticiamente y a última hora por un senador del Verde Ecologista -quizás el más corrupto de los partidos políticos, aliado incondicional de Morena-, que no fue discutido e incluso ni siquiera conocido por algunos de los senadores, sin ningún fundamento legal y con el único deleznable argumento de implementar la reforma constitucional de 11 de marzo de 2021, se determina que la persona que a la entrada en vigor de la ley ocupe la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal durará en ese cargo hasta el 30 de noviembre de 2024, y se amplía en dos años los periodos de duración del encargo de cada uno de los Consejeros de la Judicatura Federal, contraviniendo lo dispuesto expresamente en los artículos 97 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el principio jurídico que previene que no es válido expedir normas que tengan un destinatario cierto, como en este caso lo son quienes a la fecha ocupan esos cargos.

Es importante recordar que hasta antes de la reforma constitucional en materia de justicia de 31 de diciembre de 1994 -la más importante en el tema, muy por encima de la del 11 de marzo de 2021-, el citado artículo 97 establecía: “La Suprema Corte de Justicia cada año designará uno de sus miembros como Presidente, pudiendo éste ser reelecto”.

Actuando con pragmatismo dado el poco peso político de la Corte, que incluso se veía obligada a negociar el presupuesto del Poder que encabezaba con funcionarios de segundo o tercer nivel de la Secretaría de Hacienda, por lo general los ministros elegían presidente a quien tenía mejores relaciones con el titular del Ejecutivo, reeligiéndolo año tras año hasta el término del sexenio correspondiente, lo que generaba dudas respecto a la independencia del Máximo Tribunal.

Por esa razón en la reforma de 1994 se cambió el sistema al modificarse el artículo 97 para establecer, en la parte que interesa: “Cada cuatro años, el Pleno elegirá de entre sus miembros al Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el cual no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior”, considerándose que al no coincidir ese periodo con el sexenio del Ejecutivo, se evitaba la intromisión de éste en la designación de aquél y una cercanía entre ambos que no es lo mejor para la independencia del Poder Judicial Federal, sin perjuicio, claro está, de la necesaria colaboración entre los tres Poderes que integran la Federación.

Siendo ésta la disposición vigente, resulta más que evidente la inconstitucionalidad del artículo décimo tercero transitorio de la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación aprobada por el Senado el 15 de abril en curso, ya que ninguna ley secundaria puede estar por encima del mandato constitucional que en este caso establece con meridiana claridad que el Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durará cuatro años en el cargo y no podrá ser reelecto para el periodo inmediato posterior.

Esto es, lo dispuesto en el transitorio décimo tercero de la Ley Orgánica en cita, en el sentido de ampliar el periodo del actual Presidente del Máximo Tribunal, que concluye en diciembre de 2022, hasta el mes de noviembre de 2024, entraña una disfrazada reelección inmediata en el cargo que es abiertamente contraria a lo ordenado por artículo 97 de la Norma Suprema y por ende en estricto derecho carece de validez.

Ahora bien, la aprobación de la Cámara de Diputados fue previsible como un mero trámite -sin quitarle ni una coma-, por la amplia mayoría que en ella tienen el partido en el poder y sus aliados, máxime que al día siguiente de la aprobación en el Senado, el Presidente de la República se apresuró a declarar que está de acuerdo porque le tiene confianza al Presidente de la Suprema Corte para encabezar la reforma del Poder Judicial de la Federación, lo que influyó en el ánimo de los diputados, siempre atentos a cumplir sus designios. ■

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