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viernes, 29 marzo, 2024
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Entre la desigualdad estructural y la burda burla de la Rectoría al mandato constitucional de equidad

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Por: La Jornada Zacatecas •

La opresión o la marginación no necesariamente se debe a decisiones delibradas de los aventajados. Esto es, los ricos no se reúnen y planean deliberadamente dejar en la miseria a 2 terceras partes de la población, pero desde su ámbito si hacen política y destinan millones de recursos para mantener el sistema neoliberal que mantiene miles millones de seres humanos en situación de pobreza.

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Para el caso de los varones universitarios, estos no realizan un cónclave de género para aislar a las mujeres del mando, pero sí utilizaron una figura despreciable de llevar a una mujer en la planilla para después bajarla como a las famosas “Juanitas” e imponer a quien no cumplía con los requisitos. Una medida despreciable y condenable para el hoy Rector Rubén Ibarra sobre quien también pesan acusaciones de encubrir a profesores acosadores en la Máxima Casa de Estudios.

Sin embargo, la falta de equidad y el engaño en la Universidad no es exclusivo de esta institución, es un tema estructural, que reproducen comportamientos independientemente de la voluntad de los individuos: la fuerza de la circunstancia crea la situación actual.

Algunos universitarios ante el escandaloso acto de desigualdad de la Rectoría justifican la falta de mujeres en la administración central y direcciones de área al trasladar el tema de la (in)equidad de los centros de trabajo a los hogares y que por eso no quieren participar en la contienda política, ni en puestos administrativos. La justificación si bien puede llevarnos a las circunstancias patriarcales que viven muchas universitarias en sus hogares, donde son ellas las responsables del cuidado de los hijos y de las labores domésticas; no es justificación suficiente para permitir que desde la dirigencia de la Máxima Casa de Estudios se burle y omita un mandato constitucional, recordemos que en mayo del 2019 la Cámara de Diputados aprobó la reforma a diversos artículos de la Constitución en materia de igualdad y paridad de género; la Constitución ahora garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos de las mujeres en México. La reforma a los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Carta Magna, fue para establecer la obligatoriedad constitucional de observar el principio de paridad en la integración de los Poderes de la Unión. El mismo esquema fue para los estados, así como en la integración de los ayuntamiento y órganos autónomos. La reforma es fue de tal envergadura que precisa que la Suprema Corte de Justicia de la Nación estará integrada por ministras y ministros. La conformación de los órganos jurisdiccionales se realizará mediante concursos abiertos, observando el principio de paridad de género.

La paridad de género se aplicará para los partidos políticos, órganos autónomos y en cualquier entidad, órgano u organismo que ejerza funciones de autoridad en el ámbito de la Federación, las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México. Sus autoridades deberán ser electas, nombradas o designadas, respetando el principio de paridad de género
El Rector Rubén Ibarra está obligado moral y legalmente a cumplir con el mandato constitucional o atenerse a las consecuencia de iniciar su rectorado, de por sí carente de representatividad, violando un acuerdo social llamado igualdad y que ayer millones de mujeres justamente reclamaron. Señor Rector, rectifique, incluir a mujeres universitarias talentosas (que abundan en la UAZ) le rendirá buenos resultados.

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