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jueves, 28 marzo, 2024
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Denuncian a Pedro Ferriz de Con ante la FGR

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Por: La Jornada Zacatecas •

  • Señalan posible comisión de los delitos de traición a la patria, sedición, rebelión y conspiración
  • La denuncia la presentaron abogados, intelectuales y activistas

Este miércoles, un grupo de abogados, intelectuales, activistas y gente de la cultura presentó una denuncia penal contra Pedro Ferris de Con y en contra de quien resulte responsable, por la posible comisión de los delitos de traición a la patria, sedición, rebelión y conspiración, previstos en los artículos 123, 130, 132,234, 135, 143,144 y 145, del Código Penal Federal.

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Entre los denunciantes se encuentra el doctor en Derecho Constitucional, Rafael Blas Palacios Cordero; el ex rector de la Universidad de Guerrero y docente de varias universidades, Enrique González Ruiz; el abogado José Dolores González Ortiz; el célebre compositor de la Maldición de la Malinche, Gabino Palomares; el ex presidente de la Sociedad Mexicana de Directores y realizadores de obras Audiovisuales, Víctor Ugalde; la escritora Coro Perales Lavín; el ex senador Raymundo Cárdenas Hernández; el periodista y abogado José Luis Medina Lizalde; el presidente colegiado de la Unión de Juristas de México, Eduardo Miranda Esquivel; la diputada Marite Hernández Correa; el autor de varios textos sobre ciencias sociales y epistemología, Samuel Tovar Ruiz; el ex jefe de Asesores de Pemex, Jesús Moreno Trejo; el ex presidente del Instituto Electoral de Querétaro, Ángel Eduardo Miranda Correa, así como varias asociaciones de abogados, entre otros.

Esto, en relación al audio que se filtró el 19 de abril del año en curso y cuyo contenido ratifica el mismo comunicador el 23 de abril, en relación a las referencias de convocar a derrocar al presidente de la república, y pedir ayuda al extranjero si es preciso, conjuntamente con un grupo de empresarios, asunto que ratificó en un audiovisual el 23 de abril, agregando, además, que un comunicador no hace golpes de Estado pero nada le encantaría más, que así sucediera; subraya que le encantaría. Los denunciantes acompañan como pruebas principales de su denuncia dos memorias USB en las que se encuentran los contenidos de dicho audio y audiovisual.

Los denunciantes argumentan literalmente “Arribar al Estado democrático nos costó guerras entre hermanos. Vidas. Ríos de sangre. Escenas de barbarie que no podemos volver a vivir”.

“Hoy en día la democracia mexicana es uno de nuestros valores más importantes. Es patrimonio de todos los que conformamos esta gran nación, pero también de los mexicanos que ya no están y de los que vendrán”.

En su argumentación, los denunciantes se refieren literalmente a que “la diferencia política en nuestra democracia no es negativa. Por el contrario, es un bien que debemos preservar haciéndolo valer en las urnas cuando la Carta Magna y sus instituciones nos convoquen, y también en el debate cotidiano que tenga como ingrediente principal, el respeto. Alguna vez ganará la filia de unas ideas y otras ganarán los contrarios. Pero pasando el proceso electoral, es obligación de todos los mexicanos reconocer al ganador para garantizar la convivencia y la paz social como elemento fundamental del Estado de derecho. Los que ganaron la contienda deberán gobernar por el tiempo que corresponda, y los que perdieron, deberán esperar la siguiente convocatoria para participar en una nueva contienda civilizada”.

“Intentar deponer al ganador de la contienda electoral porque tiene una cosmogonía diferente a un grupo de personas y tratar de quitarlo de su cargo convocando a la sedición o golpe de Estado para imponer a otro que tenga más afinidad con sus ideas de grupo, es colapsar el modelo democrático, y quizá, volver a la violencia entre hermanos”.

“Desde el punto de vista político es un atentado a la democracia. Desde el punto de vista jurídico, es un delito, como lo consagra plena y claramente el artículo 123 de nuestro código penal federal relativo al delito de traición a la patria”.

“Como podemos escuchar en el audio que se presenta como ANEXO 1, el denunciado se refiere con toda claridad a que tienen dos formas de enfrentar al Jefe del poder ejecutivo federal, y una de ellas es, ‘BUSCAR REFUERZO CON ESTADOS UNIDOS’, situación que perfecciona la conducta típica, contemplada en el artículo 123 del ordenamiento referido, ya que el convocar a personas extranjeras para intervenir políticamente para deponer al presidente de la república, tiene implícito FRACCIÓN I, ACTOS CONTRA LA SOBERANÍA. FRACCIÓN VI, AL QUE TENGA EN TIEMPO DE PAZ RELACIÓN O INTELIGENCIA CON PERSONA, GRUPO O GOBIERNO EXTRANJERO… CON EL OBJETO DE ALTERAR LA PAZ INTERIOR. FRACCIÓN XI, INVITE A INDIVIDUOS DE OTRO ESTADO PARA QUE HAGAN ARMAS CONTRA MÉXICO O INVADAN EL TERRITORIO NACIONAL SEA CUAL FUERE EL MOTIVO”.

Asimismo, el artículo 130 del Código Penal Federal se refiere textualmente: “… a los que en forma tumultuaria, sin uso de armas, resistan o ataquen a la autoridad para impedir el libre ejercicio de sus funciones con alguna de las finalidades a que se refiere el artículo 132, que a la letra dice. II… destituir o impedir la integración de las instituciones constitucionales de la federación o su libre ejercicio”. Resulta clara y flagrante la tipicidad de este supuesto normativo, ya que en grado de tentativa se pretende impedir el libre ejercicio de la institución del jefe del ejecutivo federal.

En otro orden de ideas, es obligación de los mexicanos pero más aún de sus instituciones, preservar la paz. Si el fiscal general de la República permite que se haga apología de la violencia, o en grado de tentativa se convoque y divulgue la idea de un golpe de Estado, amén de hacerlo de manera soberbia y burlona, se estará faltando a la mayor responsabilidad de su alta investidura.

Por otra parte, no puede un comunicador, en su sano juicio, pedir la tutela del derecho a la información para convocar a la violencia. Más aún, el derecho a informar, de acuerdo a la reforma constitucional del 11 de junio de 2013, es un servicio en favor de la sociedad, que en el artículo 6 primer párrafo y 7 segundo párrafo, contemplan cuatro excepciones que son 1.- Ataque a la moral. 2.- Ataque a la vida privada de terceros. 3.- Provoque algún delito. 4.- Perturbe el orden público. Es el caso, que el denunciado perturba el orden público, y provoca diversos delitos, tratando de involucrar a la sociedad en aventuras bélicas oprobiosas, absurdas e irresponsables, con lo cual está incurriendo en dos de las excepciones al derecho a la información, por lo que, de ninguna manera, el imputado puede invocar su protección o ampararse en este derecho.

Para terminar su argumentación, indican lo siguiente: “El que hoy, una persona por demás irresponsable convoque a derrocar al Presidente de la República ganador legítimo en las urnas; e involucrar al país en una espiral de violencia, es un acto que las instituciones de impartir justicia no pueden permitir y deben actuar de manera pronta y expedita. Hablar de golpe de Estado como lo están haciendo no es normal, por ningún motivo podemos tomarlo como normal. Por lo tanto, debe tener consecuencias jurídicas”.

 

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