18.4 C
Zacatecas
miércoles, 24 abril, 2024
spot_img

La Revocación del Mandato: derecho democrático aun negado

Más Leídas

- Publicidad -

Por: RAYMUNDO CÁRDENAS VARGAS • admin-zenda • Admin •

En el pasado debate resurgió el tema de la participación ciudadana en la conducción

- Publicidad -

del gobierno. No se dijo que en Zacatecas existe una Ley de Participación Ciudadana desde 1998, y que establece el Referéndum, el Plebiscito y la Iniciativa Popular, y que sin embargo, no es vinculante para las autoridades, sino únicamente es una recomendación; con lo cual, se puede hablar de una ley muerta o sin alma. De los mecanismos de democracia directa es justamente el de Revocación de Mandato el que ha tenido más dificultades para siquiera incluirse en la agenda de discusión legislativa. Cuando se promovió la posibilidad de la reelección, se argumentó por parte de algunos legisladores de izquierda, la necesidad de equilibrar esa medida justamente con la revocación, pero no prosperó: sólo pasó la reelección y quedó atorada la revocación.

Cuando la conducta de los gobernantes pierde legitimidad porque va en dirección opuesta a los intereses de las mayorías sociales, es importante que exista un procedimiento para retirarles el mando a dichos políticos por el mismo procedimiento por el cual se les concedió. Así, más que cargos, la revocación aduce a motivos de conducta política del gobernante. Y se establezcan los procesos de electorales también para des-elegir a los gobernantes. Con esa posibilidad en ciernes, los políticos en el gobierno se obligan a responder a los intereses de las mayorías y no sólo responder al beneficio de pequeños grupos con poder económico.

En Zacatecas, para incluir en la constitución estatal este reclamo democrático y la elaboración de la ley correspondiente para describir los procedimientos para llevarla a cabo, pueden tomar como referente la propia del estado de Chihuahua, que tiene la ventaja que es bajo el mismo marco constitucional nuestro. Dificultad que se enfrenta el tomar casos de revocación de otros países, aunque no anula su consulta en un buen ejercicio de derecho comparado. Como Estados Unidos o Venezuela, este último en práctica.

Se debería establecer de forma ordinaria alguna consulta obligatoria sobre ratificación de mandato a la mitad del periodo de los funcionarios electos, y si se observan motivos graves, pasar a fundamentar un proceso de revocación. La dificultad ahora con la sincronización de los procesos de elección, es que no habría elecciones a la mitad de los mandatos. Así que la autoridad electoral (el IEEZ) tendría que hacer la consulta o el proceso universal revocatorio sin que coincida con el proceso electoral que permita abaratar costos. Sin embargo, lo importante ahora es que los legisladores se atrevan a poner este derecho de los ciudadanos en el texto de la constitución del estado, y ya con calma se determinan las mejores formas, procedimientos y tiempos para llevarlo a cabo en una ley ex profeso para esto.

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -