Ciudad de México. Los partidos deberán postular al menos cinco mujeres y cuatro hombres para las nueve gubernaturas, incluida la jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, a disputarse el año entrante, confirmó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Por mayoría de tres votos contra dos, la sala superior respaldó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), al destacar la necesidad de atajar la subrepresentación histórica
de las mujeres. En consecuencia, rechazó la apelación de Movimiento Ciudadano (MC).
El clímax del episodio sucedió el mes pasado cuando, primero en una votación fallida y luego en una efectiva de 10 consejeros contra uno, el INE aprobó el procedimiento para garantizar el principio constitucional de paridad de género.
Ordenó a los partidos postular al menos cinco mujeres en las elecciones para renovar a los gobernadores de Chiapas, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Puebla, Tabasco, Veracruz y Yucatán.
De inmediato, MC argumentó que el INE no tiene facultades para emitir lineamientos en las entidades que no han regulado la paridad, pues esa es una atribución de los congresos locales y, en su caso, el instituto debió ejercer la facultad de atracción, lo cual no ocurrió.
Por turno aleatorio, tocó el expediente al magistrado Felipe de la Mata, quien propuso revocar el acuerdo y fijar el esquema cuatro hombres-cuatro mujeres, pues se excluiría a Yucatán de la lista. Lo anterior, por ser la única entidad que reglamentó el asunto (aun cuando la paridad sería efectiva hasta 2030) y sus reglas están vigentes.
El instituto debe supervisar a partidos: Janine Otálora
La exposición fue larga, tanto en privado como en público, donde los cinco magistrados argumentaron de manera exhaustiva. En referencia a Yucatán, el ponente subrayó que frente al principio de paridad constitucional, también debe estar el de certeza y seguridad jurídica, particularmente en el cumplimiento de las leyes de los estados
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Janine Otálora fue la primera en apartarse del proyecto, al subrayar que el INE sí tiene el deber jurídico de supervisar
a los partidos, y éstos no pueden excluirse de su responsabilidad, ni siquiera en Yucatán, sobre todo porque la paridad debe interpretarse en beneficio de las mujeres
.
Asimismo, porque en las nueve entidades en mención sólo ha habido tres gobernadoras electas y dos interinas, mientras Chiapas, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Tabasco y Veracruz nunca han tenido a una.
Mónica Soto apoyó la posición con datos históricos: hace 70 años se le dio a la mujer el derecho de votar y ser votadas; desde entonces, sólo 16 han sido mandatarias, incluida una interina y otra sustituta; actualmente hay nueve contra 23 gobernadores. Si bien coincidió en que el INE no tenía las facultades en cuestión, ante la duda, hay que maximizar los cargos de las mujeres
.
Felipe Fuentes se sumó a la posición de De la Mata, por lo que una vez más, el cierre y la decisión quedó a cargo del magistrado presidente, Reyes Rodríguez, quien optó por el esquema del INE: cinco-cuatro.
Expuso que en este caso se justifica la perspectiva de optimización
de género. La línea jurisprudencial del tribunal ha sido muy clara en el sentido de que la paridad total en ocasiones desplaza estos otros argumentos
.
Al final, el magistrado ponente, al vislumbrar que había una mayoría en contra de su proyecto, celebró las cinco candidaturas para mujeres, pero al mismo tiempo lamentó que en los hechos castigarían al único estado que hizo su trabajo.
Además, reprochó que el INE quede como el sumo derogador de las normas locales. Más allá de eso, me parece que el resultado es de celebrarse
.
Previo al asunto de paridad, y también por mayoría de votos, se decidió posponer para otra sesión la discusión del proyecto de la magistrada Otálora que ordena revocar la designación de José Arturo Salinas García como gobernador interino de Nuevo León.
Luego, casi al término, y en respuesta a una consulta de Morena, la sala superior confirmó el acuerdo del Comité de Radio y Televisión del INE sobre el uso de prerrogativas sobre candidaturas únicas. Es decir, las virtuales aspirantes presidenciales, que desde el 20 de noviembre serán precandidatas, sí podrán usar el tiempo oficial para emitir sus mensajes.