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jueves, 28 marzo, 2024
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Presentan iniciativa para reformar artículo sobre requisitos para ser diputado

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

■ Se pretende que los candidatos a cargos de elección no aprovechen ni utilicen los espacios donde se desempeñan para facilitar sus aspiraciones políticas

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En sesión de la Comisión Permanente de la 63 Legislatura, se leyó una iniciativa suscrita por los diputados Héctor Menchaca Medrano, Jesús Padilla Estrada y Gabriela Pinedo Morales, que busca reformar el artículo 53 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, en materia de requisitos para ser diputado, pretendiendo que se adicione que quienes tengan aspiraciones de llegar no deben ser titulares o integrantes de algunos de los organismos autónomos, sino hasta después de haberse separado del cargo un año antes de la elección.

“Es en el Poder Legislativo donde se desarrollan las reformas y leyes que darán cauce a la vida pública del país y, asimismo, a su vez funge como órgano que tiene la alta responsabilidad de conducir los trabajos legislativos bajo una substanciación sui generis que conlleva analizar todos los temas que examinará de manera técnica dándole sustento legal y forma al planteamiento del legislador”, se expuso, se ahí que se considere como alta la responsabilidad de quienes adquieren el nombramiento de diputados, pues en ellos recaerá proponer soluciones a los problemas sociales de la entidad.

“Sin embargo, no es un secreto que muchas veces los partidos políticos por el simple hecho de ganar una posición política otorgan esa posición a funcionarios o titulares de dependencias u organismos a cambio de favores políticos”, aseveraron en su exposición de motivos los impulsores de la iniciativa, por lo que, en dicho tenor, se presentó como una urgencia cambiar “estas situaciones dudosas y precisar los requisitos para desempeñar el cargo”.

En el artículo en cuestión, ya se establecen algunos candados para aquellos funcionarios o titulares de dependencias que pretenden brincar de un puesto de la Administración Pública Estatal a una Diputación, por ejemplo, como no estar en servicio activo en el Ejército Nacional ni tener en el estado mando de fuerza regular o de policía, cuando menos 90 días antes de la elección; no ser miembro de los órganos electorales, federales o estatales, ni prestar servicios de carácter profesional en alguno de ellos, a menos que su desempeño hubiese concluido ciento ochenta días antes de la jornada electoral.

De igual forma se estipula no ser magistrado ni juez de primera instancia del Poder Judicial del estado ni titular de las dependencias que menciona la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, así como subsecretario, a cargo de unidades administrativas de dichas dependencias que Página 37 de 128 ejerzan presupuesto, y/o programas gubernamentales, cuando menos noventa días antes de la elección; no ser titular de unidad administrativa ni oficina recaudadora de la Secretaría de Finanzas; presidente municipal, secretario de Gobierno municipal, ni tesorero municipal, cuando menos 90 días antes de la elección.

También son requisitos no ser consejero presidente o consejero del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, a menos que haya concluido su encargo o se hubiere separado del mismo, dos años antes de la fecha de inicio del proceso electoral local correspondiente; y no ser magistrado presidente o magistrado del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas, a menos que haya concluido su encargo o se haya separado del mismo, por un plazo equivalente a una cuarta parte del tiempo en que haya ejercido su función.

Sin embargo, argumentaron los promotores en su iniciativa, aún no son considerados entre los requisitos los titulares o integrantes de alguno de los organismos a los que la Constitución del Estado otorga autonomía, requisito que sí se encuentra estipulado por la Constitución Federal, lo cual es otro argumento para homologar la Constitución del estado con la Federal en materia de requisitos para ser diputado local.

“Con esta reforma se pretende que todos los candidatos a cargos de elección popular de todos los partidos, incluyendo los independientes no aprovechen ni utilicen los espacios en donde se desempeñan para facilitar sus aspiraciones políticas. No se trata de violentar el derecho de los ciudadanos de votar y ser votados, lo que se pretende es que quienes tengan aspiraciones políticas, primero, cumplan con sus responsabilidades y, segundo, se separen de sus cargos con antelación, legitimando ante la ciudadanía la credibilidad de las instituciones a la que representaron”.

Con la iniciativa, se precisó, se busca también dignificar la política y el servicio público para ir reduciendo la brecha de desconfianza que perciben los ciudadanos respecto a las instituciones y los representantes populares. Asimismo, con esta modificación se pretende garantizar la equidad e igualdad para aspirar a cargos de elección popular.

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