La nulidad de la elección del Ayuntamiento de Zacatecas fue aprobada el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez), tras un empate en los votos y con la definición del voto de calidad de la magistrada presidenta Gloria Esparza Rodarte, en sesión pública virtual de urgente resolución, la mañana de este viernes 5 de julio.
Por acreditarse actos anticipados de campaña, adquisición de tiempo en radio, actuación imparcial de la autoridad administrativa electoral y violación al principio de laicidad, se ha revocado la constancia de mayoría a la planilla de la coalición Fuerza y Corazón por Zacatecas, encabezada por el panista Miguel Ángel Varela Pinedo.
Respecto a la primera de estas irregularidades que habrían sido “graves, plenamente acreditadas y determinantes”, el magistrado José Ángel Yuen Reyes comentó que fue “evidente la adquisición de tiempo en plataformas radiodifusoras de la entidad, a través de 16 entrevistas en el periodo de campañas obteniendo un alto grado de sobreexposición (el candidato Miguel Varela)”.
Entrevistas que habrían sido emitidas por las frecuencias 106.5 y 96.5 de Stereo Zer, entre el 23 de abril y el 22 mayo, las cuales beneficiaron de manera ilegal al panista, y cuyo contenido “escapa a un genuino ejercicio de libertad de expresión”, consideraron Yuen Reyes y Esparza Rodarte.
La violación del principio de separación Iglesia-Estado se sustentó en la vinculación del proyecto político del panista con la Cofradía de San Juan Bautista y la comunidad de las Morismas de Bracho, al anunciar Miguel Varela, el 21 de abril, que el expresidente de esta cofradía sería su suplente en el Ayuntamiento, y prometer la creación de una oficina en la presidencia municipal para organizar y garantizar recursos a esta festividad.
Por la difusión de imágenes para la promoción del voto que hizo el IEEZ, con marcas a favor de la coalición Fuerza y Corazón por Zacatecas, “disponible para un número indeterminado de usuarios”, las magistraturas consideraron que se habría afectado el principio de imparcialidad.
Varela Pineda también habría violado el principio de equidad en la contienda, al haber incurrido en actos anticipados de campaña por la publicación de distintas notas y entrevistas con propuestas de campaña, la realización de la llamada “Festividad de Amor a la Capital” y la presentación de su informe de labores como diputado federal, cuya publicidad “se difundió únicamente en la zona conurbada, no así en los municipios correspondientes a su Distrito Federal, de ahí que se acreditó que realizó promoción personalizada”.
Al haber sido la diferencia de 4.51 por ciento entre el primer y segundo lugar en esta contienda, y con los votos en contra de las magistradas Rocío Posadas Ramírez y Teresa Rodríguez Torres quienes decidieron no argumentar el sentido de su voto; la magistrada presidenta del Trijez, definió por medio de su voto de calidad esta sentencia; fundamentando la nulidad de la elección municipal en Zacatecas en las causales previstas en los artículos 53 y 53 bis, de la Ley del Sistema de Medios de Impugnación Electoral del Estado de Zacatecas (“Ley de Medios”).
Respuesta de Miguel Varela
En respuesta a esta sentencia, Miguel Varela difundió por redes sociales un video en el que calificó de parcial la actuación del magistrado Yuen Reyes y de la magistrada Esparza Rodarte, a quien además acusó de ser “comadre del gobernador”. Varela Pinedo anunció su impugnación ante la Sala Regional Monterrey y una movilización por las calles de la ciudad, asegurando que defenderá su triunfo ante “este robo que está haciendo el Gobierno del Estado”.
Verónica Alamillo, presidenta estatal del PAN, publicó un comunicado en el que expresa que esta resolución enluta a la democracia, pues “De manera arbitraria y con la intervención directa del Gobierno del Estado”, se la habría “arrebatado a la ciudadanía aquello que legítimamente se ganó en las urnas”.
Por medio de un posicionamiento en vídeo, Carlos Peña Badillo, presidente estatal del PRI, calificó como “totalmente irrisorios” los argumentos por los que se revocó el triunfo de Miguel Varela, reiterando que los partidos integrantes de la coalición Fuerza y Corazón por Zacatecas, defenderán por todas las instancias legales los resultados de esta elección, ante “el descaro y el cinismo de los gobiernos de Morena”, y su “necesidad de aberrante, de querer sentir el poder a manos llenas”.
En representación del PRD, Raymundo Moreno aseguró que está resolución será combatida y prevalecerá el triunfo de Varela, quien cuenta con todo el respaldo del nuevo Partido de la Revolución Democrática.
Tope de gastos de campaña
Gerardo Mata, representante del Partido Verde externó que la decisión del Trijez “fue justa y muy bien razonada”, agregando que, a pesar de que causales como la coacción al voto, boletas excedentes en paquetes electorales y actos calumniosos en contra de Jorge Miranda (entre varias otras), no pudieron acreditarse, las causales que se acreditaron “son suficientes, muy fuertes e incontrovertibles”.
“Por lo que respecta a la resolución lo que queda es esperar la convocatoria de la Legislatura para la elección extraordinaria. Vamos a estar al pendiente por si ellos recurren la sentencia en la Sala Regional de Monterrey. En ese caso, nos presentaremos en calidad de tercero interesado y, de hacer falta, vamos a darle fortaleza a los argumentos que ya señaló el Tribunal”, externó el representante del Partido Verde.
El 18 de julio, la Unidad de Fiscalización del INE, resolverá lo relativo al rebase del tope de gastos de campaña del panista, que el Partido Verde estimó en cerca de 2 millones y medio de pesos, “solo en gastos de campaña visible(s) en redes sociales”.
Plazo para la impugnación
De acuerdo al artículo 70 de la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral: “En caso de nulidad de la elección, se convocará a una elección extraordinaria, en la que no podrá participar la persona sancionada”, sin embargo, Varela tiene ante sí más recursos de impugnación.
El recurso de impugnación ante la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), anunciado por Varela Pinedo este viernes, deberá presentarse en un plazo máximo de cuatro días hábiles a la publicación de esta sentencia.