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viernes, 29 marzo, 2024
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Plataformas digitales, máquinas de extracción de valor y control (primera parte)

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Por: MAYRA SELENE LAMAS FLORES •

En el año 2000, el escritor italiano, Franco Berardi, recibía el nuevo milenio con la consigna de que «el móvil es la realización del sueño del capital, que consiste en chupar hasta el último átomo de tiempo productivo en el preciso momento en el que el ciclo productivo lo necesita, de forma que pueda disponer de toda la jornada del trabajador pagando sólo los momentos en que es celularizado», pero el significado pleno de sus palabras se empezó a comprender hasta finales de esa década, cuando surgió una avalancha de nuevos modelos de negocio auspiciados por las nuevas tecnologías de la información y la comunicación: las plataformas digitales.
Hoy, este tipo de empresas se ha popularizado, se habla incluso de la plataformización de la economía debido a la cantidad de negocios que se ha mudado a este modelo y a los que han surgido aprovechando las ventajas que ofrece ser una plataforma digital, sobre todo, de trabajo en los países del sur global donde el empleo es una de las asignaturas pendientes.
La definición de éstas es un tema que aún se discute y, hasta ahora, su concepción depende, en gran medida, del autor o la institución que aborde el tema, por lo que en este texto las entenderemos como aquellas empresas habilitadas por tecnología que conectan a dos grupos y que comercializan servicios y productos tangibles e intangibles. Una de sus características principales es su facilidad para evadir sus responsabilidades en materia laboral, fiscal y de competencia económica de las naciones donde operan.
En este caso nos referiremos exclusivamente a Uber, la plataforma de viajes que alrededor del mundo se ha dado a conocer, en buena parte, por los conflictos que ha mantenido con sectores económicos como los taxistas, con los gobiernos y con los propios grupos de trabajadores a los que decidió llamar socios, para evadir cualquier responsabilidad en materia laboral. De este modo, entre las principales problemáticas que Uber ha sostenido se encuentra la competencia desleal con el gremio de taxistas, ya que, a diferencia de estos, no requieren de una concesión otorgada por el Estado para su operación. Otra es la evasión de impuestos, debido a que no está sujeta a ninguna carga impositiva en la mayoría de los países donde funciona; en México, por ejemplo, el pago de estos solo lo realizan los conductores y repartidores, mientras que la plataforma sola paga derechos por licencias, royalties y marcas en los Países Bajos. En materia laboral, sus problemas tampoco han sido pocos, pues conductores de países como Gran Bretaña, Francia y Estados Unidos la han demandado por mantener un vínculo con los conductores que en realidad encierra una relación laboral disfrazada, de manera que los tribunales la han obligado a cumplir con el pago de salarios y prestaciones mínimas como salud y vacaciones.

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En este contexto, en Zacatecas nos dimos a la tarea de identificar el vínculo que realmente une a los conductores con la empresa, como parte de un trabajo de tesis en el Doctorado en Ciencia Política de la UAZ, y para lo cual, un grupo de 30 choferes nos hicieron el favor de responder una entrevista semiestructurada, cuyos datos, en conjunto con el análisis del contrato que aceptan y a la luz del concepto de trabajo no clásico de Enrique de la Garza Toledo, nos permitió averiguar que los conductores de la empresa Uber mantienen una relación laboral no salarial alienante de la que no tienen control, ya que mientras se encuentran conectados a la aplicación están subordinados tanto a las condiciones de la empresa como a las del usuario, además de que se hallan convencidos de que la compañía tiene derecho a apropiarse no solo del valor de su trabajo, sino que también están dispuestos a ceder el valor de su patrimonio (automóvil, celular) bajo la idea de que tienen socios, no patrones.

En otras palabras, se pudo apreciar que el tipo de vínculo que sostienen los choferes es una relación no salarial, que vista desde el derecho laboral, debería ser salarial, pues la plataforma subordina o los conductores desde el momento en que les obliga a aceptar un contrato en la que ésta pone las reglas sobre la forma en cómo debe realizarse el trabajo, es decir, les da órdenes. Por otro lado, ejerce un importante nivel de control mediante los algoritmos, ya que, aunque la empresa se lanzó al mercado con la propuesta de que se acercaran a ella quienes tuvieran un vehículo “subutilizado” para obtener algunos ingresos extra, la realidad es que está “engancha” a los conductores y trata de mantenerlos conectados el mayor tiempo posible a cambio de incentivos económicos por cada determinado número de viajes realizados. 

Continuaremos en una segunda parte…

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