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domingo, 6 julio, 2025
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Rectoría ha incumplido con acuerdos realizados con Spauaz, denuncian integrantes del sindicato

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

■ No se ha enterado 2% del salario docente al SAR ni al ISSSTE, entre otros aspectos, exponen

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■ Exigen se implementen las medidas y acciones necesarias para dar respuesta a peticiones

La administración central de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) ha incumplido con algunos de los acuerdos firmados con el Sindicato de Personal Académico (Spauaz), mediante los cuales fue posible concluir la huelga realizada en los meses de febrero y marzo pasado.

De acuerdo con un oficio que el sindicato, representado por el secretario general, Crescenciano Sánchez Pérez, entregó a la Rectoría, el principal incumplimiento radica en que no se ha enterado el 2 por ciento del salario de los docentes al Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) ni ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

Asimismo, el gremio le recrimina que “no han existido resultados concretos sobre las gestiones para la apertura de nuestra cuenta individual. Exigimos la apertura de ésta y la regularización del pago total de tales aportaciones durante el tiempo que ha durado nuestro vínculo laboral”.

El Spauaz señala en el documento que están conscientes que tales problemas se resolverán conjuntamente con el tema de la seguridad social, mediante la celebración y firma de un convenio de pago del adeudo histórico, por lo que solicitan que la Rectoría informe documentalmente sobre las gestiones que realice con las autoridades federales y los avances correspondientes.

No obstante, el sindicato reitera la petición de implementar las medidas y acciones pertinentes para iniciar con el procedimiento de apertura de las cuentas individuales a la brevedad posible, ya que fue uno de los acuerdos firmados para levantar la huelga en marzo pasado.

En ese sentido, el gremio señala que la capitalización de las cuentas individuales, en el futuro, generará a los profesores la garantía “para el acceso al derecho a una pensión y el respeto efectivo del derecho humano a la seguridad social”, por lo que se trata de un asunto que no puede postergarse.

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