En el contexto del arranque del nuevo gobierno, se ha anunciado la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, para transformar a la actual Secretaría de la Función Pública en la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, que será encabezada por Raquel Buenrostro. El anuncio es, por sí mismo una buena noticia, más allá de la mera nomenclatura de la dependencia. Lo es así porque implica una evolución no solo gramatical, sino en la concepción misma de la tarea de prevención, detección y sanción de actos de corrupción en la administración pública federal, el cuerpo burocrático más amplio en el país. Ello sin duda, además, redundará en el resto de los cuerpos administrativos en los otros dos órdenes de gobierno, así como en los poderes y órganos constitucionales autónomos. No hay que obviar tampoco, que dicha reforma legal está relacionada con la propuesta que se realizó en la etapa de campaña de la Presidenta Sheinbaum, en relación la constitucionalización del derecho a la buena administración.
De entrada, digamos que el término anticorrupción, como sustituto del de “combate a la corrupción”, puede obedecer, entre otros motivos, y destacadamente, a ampliar la perspectiva y dar un sentido menos beligerante, en situaciones en las que se reconoce que el contexto de violencia no amerita más eco de vocablos que nos remitan a dicha realidad lamentable.
Sin embargo, el concepto que nos interesa tratar aquí es el de buen gobierno, uno que además de incluir conceptos ya presentes como los de transparencia, control eficaz de los procesos y fiscalización, se amplía en otros como el de rendición de cuentas, dándole un énfasis a la participación ciudadana, la relación democrática entre gobierno, representantes, gobernados y representados, así como el enfoque en la ética y los valores, como eje de la prevención.
Remitámonos para evitar interpretaciones equívocas al Código Iberoamericano de Buen Gobierno, documento orientativo reconocido por el Estado mexicano, elaborado por el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, y adoptado en la XVI Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, en noviembre de 2006 en Montevideo Uruguay.
En dicho documento se define como buen gobierno a “aquél que busca y promueve el interés general, la participación ciudadana, la equidad, la inclusión social y la lucha contra la pobreza, respetando todos los derechos humanos, los valores y procedimientos de la democracia y el Estado de Derecho”. Esta definición, se liga a la vocación social que ha sido reiteradamente reconocida como bandera del gobierno que recién comienza. Es decir, se entiende a la administración no solo como un conjunto de procesos que se desarrollan y se retroalimentan en sí mismos, sino que, se reenfoca en un objetivo, que a menudo, en la complejidad de dichos procesos internos, se termina disociando de la esencia del gobierno, y éste es el bienestar colectivo, partiendo de pendientes inherentes a nuestra historia regional: la equidad, la inclusión social y la reducción de la pobreza. No resulta pues sorpresivo, sino coherente que un proyecto político cuyo leitmotiv es primero los pobres adopte tal concepto para guiar su labor en materia anticorrupción.
Volviendo al Código en cita, en éste se enuncian como principios del buen gobierno: el respeto y reconocimiento de la dignidad de la persona humana (éste, núcleo central de la constitucionalización del derecho humano a la buena administración que comentamos antes); la búsqueda permanente del interés general; la aceptación explícita del gobierno del pueblo y la igualdad política de todos los ciudadanos y los pueblos (que sin duda hace sintonía con la narrativa del proyecto autodenominado de la cuarta transformación) y el respeto y promoción de las instituciones del Estado de Derecho y la justicia social (ambos conceptos parte de los objetivos necesarios para el planteamiento en materia de desarrollo económico que se ha anunciado por parte del nuevo gobierno: seguridad jurídica para los inversionistas y la idea de prosperidad compartida).
Así pues, la buena noticia va más allá de un asunto de títulos o nomenclatura. Cabe suponer que se trata de un replanteamiento del rol de la instancia de control interno, anticorrupción y rendición de cuentas del Poder Ejecutivo federal, evolucionando en su concepción, medios, herramientas, mecanismos, objetivos y fines, conforme al proyecto político que fue respaldado por una clara mayoría el pasado mes de junio. El concepto, además, tiene sendas raíces en instancias e instrumentos internacionales de índole técnica, orientadas a la gobernanza y las políticas públicas.
Que sea pues, en este ámbito y todos los demás, lo mejor para México.
@CarlosETorres_