■ La sociedad también exige la inhabilitación y cárcel para los infractores: TJA
La sanción principal que debe buscarse en los casos relacionados con actos de corrupción es la reparación del daño, es decir, que los responsables de causar un daño al erario estén obligados a devolver el dinero.
La magistrada presidenta del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA), Raquel Velasco Macías, aseguró que la inhabilitación pero sobre todo la pena privativa de libertad que implica la cárcel para quienes cometan delitos de corrupción es lo que se exige desde la sociedad.
No obstante, consideró que aparte de estas sanciones se requiere la indemnización de los daños causados, ya que consideró que lo que “les va a doler más es el bolsillo”.
En este sentido, mencionó que con las negociaciones que se dan en los procesos de investigación en materia penal, en las que cabe que el responsable acepte su responsabilidad en los hechos, se logran reducciones de las penas de prisión por lo que “pudiera ser que estén unos años en la cárcel y luego salen a disfrutar su dinero”.
Por ello, la magistrada presidenta insistió en que “a la persona yo creo que le duele más que le afecten el bolsillo, que se le condene a indemnizar, más que la privación de libertad aunque las personas tienen la idea y piden cárcel para los corruptos. Sí es conveniente, pero yo creo que lo que más reivindica la sociedad es la indemnización del daño que causaron”.
Sin embargo, lograr que estas indemnizaciones y la reparación del daño económico se concreten es difícil, admitió Velasco Macías, ya que “es complicado seguir la ruta del dinero”.
En este punto citó a Santiago Nieto, titular de la Unidad de Inteligencia Financiera que depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien ha sostenido que estas rutas “son verdaderas redes de corrupción que trabajan de manera inteligente, bien asesoradas, para encubrir operaciones irregulares, que no se detectan fácilmente porque el dinero transita por muchas manos, por muchas cuentas”.
Y es que precisó que, aunque se obtenga una sentencia condenatoria relacionada con una indemnización, en ocasiones la persona sancionada “no tiene nada a su nombre”, lo que deriva en que sea insolvente para reparar el daño y estar en esa situación “es la mejor defensa que pueda haber”.